Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2006 (30/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano lunes 30 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

331805

mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 03698-2

VIVIENDA
Encargan la Secretaria General del Ministerio al Director General de la Oficina General de Administracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 398-2006-VIVIENDA
MORDAZA, 27 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, viajara en Comision de Servicios a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA - Inapari, del 30 de octubre al 3 de noviembre de 2006; Que, en consecuencia es necesario encargar la referida Secretaria General, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Administracion, a partir del 30 de octubre de 2006 y mientras dure la ausencia del titular. Articulo 2º.- Deleguense en el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en tanto dure el encargo del articulo anterior, las facultades otorgadas al Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento por Resolucion Ministerial Nº 001-2006-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 03696-1

ORGANISMOS AUTONOMOS
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 950-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 24 de octubre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1639-2006/GP/RENIEC y el Informe N° 9322006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 08 de agosto de 2006; y,

Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que siendo la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, el organo de linea encargado de las labores de depuracion y actualizacion de datos, se ha podido detectar que los ciudadanos identificados como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CHONTA MORDAZA y TRICIANO MORDAZA MORDAZA MORDAZA recurrieron al Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, declarando datos falsos, con la finalidad de usurpar una identidad que no les corresponde; siendo necesario tomar las acciones legales con relacion a ellos, en aplicacion de la Ley Nº 14207 y su Reglamento; Que, la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que el ciudadano identificado como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la inscripcion Nº 03330319, ha obtenido indebidamente una MORDAZA inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; esta vez, a nombre de WILMER MORDAZA MORDAZA con Nº 42791577, usurpando la identidad de quien verdaderamente lleva ese nombre y solicito su inscripcion en el registro mediante el Formulario de Identidad Nº 25043840; esto conforme se ha determinado, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 049-2006/ AP/SGDAR/GP/RENIEC de fecha 19 de enero de 2006; Que, se ha detectado tambien que, el ciudadano MORDAZA CHONTA MORDAZA obtuvo indebidamente la inscripcion Nº 08919969 a nombre de S. MORDAZA CHONTA MORDAZA en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, usurpando la identidad de quien verdaderamente lleva ese nombre y es titular de la inscripcion (siete digitos) Nº 4934668; esto conforme se ha determinado, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 069-2006/BG/GP/RENIEC; Que, el ciudadano TRICIANO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la inscripcion Nº 44891930, obtuvo indebidamente otra inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; esta vez, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Nº 20071335, sustentando dicha propuesta registral con la partida de nacimiento de su hermano, que verdaderamente llevaba ese nombre, y que falleciera el 28 de febrero de 1974; esto conforme, lo ha senalado el mismo usurpador mediante declaraciones juradas presentadas ante la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral , en respuesta a la Carta Nº 14343-2005-GP/SGDAC/RENIEC de fecha 02 de noviembre de 2005, a las que adjunta la partida de nacimiento y defuncion de su hermano fallecido; Que, si bien se ha procedido administrativamente, mediante la Resolucion Nº 302-2006/SGDAR/GP/RENIEC de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, al excluir definitivamente a las inscripciones Nº 42791577, 08919969 y 20071335 del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, esto en resguardo de la identidad de la personas afectadas, y en consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos han sido cancelados; de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos identificados como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CHONTA MORDAZA y TRICIANO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber declarado datos falsos en instrumento publico, con el objeto de usurpar identidades que no les corresponde, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral, constituye indicio razonable de la comision del delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y falsedad generica, previsto y sancionado en el articulo 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que en atencion a los considerandos que anteceden y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta pertinente autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CHONTA MORDAZA y TRICIANO MORDAZA MORDAZA PARI;

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