Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2006 (03/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA 3 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

327277

PODER EJECUTIVO PCM
Aprueban Directiva sobre transparencia y neutralidad de entidades, funcionarios publicos, empleados de confianza y servidores publicos del Poder Ejecutivo y miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional durante Elecciones Regionales y Municipales de noviembre de 2006
DECRETO SUPREMO Nº 056-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM se ha convocado para el dia 19 de noviembre del presente ano, a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la Republica y de la Provincia Constitucional del Callao; asi como tambien, a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la Republica; Que, la neutralidad de los empleados publicos es un MORDAZA que debe guiar la actuacion de la administracion publica y constituye la contrapartida del derecho de participacion politica en condiciones de igualdad, el que se encuentra reconocido por la Constitucion Politica del Peru; Que, en ese contexto, el Gobierno Nacional considera pertinente facilitar un MORDAZA electoral limpio y transparente, colaborando con la neutralidad y transparencia del mismo y cooperando con los organismos del Sistema Electoral para garantizar el cumplimiento de las atribuciones que, segun la Constitucion Politica y la ley, les corresponden; Que, para tal efecto, resulta necesario dictar disposiciones especificas con el objeto de procesar y sancionar administrativamente a los funcionarios publicos que contravengan la legislacion electoral; asi como, denunciar ante el Ministerio Publico a quienes cometan ilicitos tipificados como delitos contra el ejercicio del sufragio y contra la voluntad popular; Que, el Gobierno Nacional tiene la obligacion de garantizar que el derecho de participacion politica se ejerza con absoluta MORDAZA y en igualdad de condiciones, conforme con las normas constitucionales y legales que regulan la materia; asegurando de esta manera una eleccion competitiva, que es aquella en la cual las instituciones publicas no brindan ventajas o privilegios para ningun candidato u organizacion politica; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26859, la Ley Nº 27815, la Ley Nº 28175 y el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese la "Directiva sobre transparencia y neutralidad de las entidades, funcionarios publicos, empleados de confianza y servidores publicos del Poder Ejecutivo y miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional durante el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales convocado para el proximo 19 de noviembre de 2006. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en el Palacio de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de setiembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

Directiva sobre neutralidad y transparencia de las entidades, funcionarios publicos, empleados de confianza y servidores publicos del Poder Ejecutivo y miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional durante el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales convocado para el proximo 19 de noviembre de 2006 I. GENERALIDADES 1.1. Objetivos Son objetivos de esta Directiva: a) Garantizar la absoluta neutralidad de las Entidades del Gobierno Nacional y de sus funcionarios publicos, empleados de confianza y servidores publicos, durante el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales convocado para el proximo 19 de noviembre de 2006. b) Asegurar que no se utilicen recursos del Estado en favor o en contra de los candidatos durante el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales convocado para el proximo 19 de noviembre de 2006; sin perjuicio de la obligacion del Gobierno Nacional de colaborar con los organismos del Sistema Electoral otorgando los recursos publicos necesarios conforme a ley. 1.2. Glosario de terminos Candidato Ciudadano postulante a cualquier cargo de eleccion popular, incluyendose aquellos que han manifestado publicamente su voluntad de postular a un cargo elegido por MORDAZA popular, aunque no hayan inscrito aun su organizacion politica o candidatura. Entidades del Poder Ejecutivo Ministerios, Organismos Publicos Descentralizados, Entidades, Programas o Proyectos adscritos a un determinado Sector y empresas publicas del Poder Ejecutivo. Organizaciones politicas Todas las organizaciones politicas de alcance nacional, regional, local provincial o local distrital. Estas a su vez pueden ser partidos politicos, movimientos politicos, agrupaciones politicas independientes o alianzas politicas, inscritas o no en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones. Proselitismo politico Cualquier actividad realizada por los funcionarios publicos, empleados de confianza y servidores publicos, en el ejercicio de su funcion, o por medio de la utilizacion de los bienes de las entidades publicas, destinada a favorecer o perjudicar los intereses particulares de organizaciones politicas de cualquier indole o de sus representantes, se encuentren inscritas o no. 1.3. Principios rectores Los funcionarios publicos, empleados de confianza y servidores publicos del Poder Ejecutivo, asi como los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional, tienen la obligacion, durante el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales convocado para el proximo 19 de noviembre de 2006, de observar y contribuir a hacer respetar los siguientes principios: a) Legalidad, para asegurar la aplicacion de la legislacion vigente y garantizar que se apliquen las limitaciones que sobre actuacion politica establece la ley. b) Transparencia, para garantizar una actuacion publica diafana que no admite guardar reserva sino en aquellos casos dispuestos por la ley. c) Imparcialidad y neutralidad, para asegurar que ningun funcionario publico, empleado de confianza, servidores publico o miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru actue en favor o en contra de las organizaciones politicas o de los candidatos que participan en el MORDAZA electoral, utilizando para ello el poder derivado de su cargo.

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