NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (03/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327282El Peruano domingo 3 de setiembre de 2006 Procedimientos Administrativos - TUPA de la ex CONAFRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2002-MINCETUR y modificado por Resolución Ministerial Nº 413-2005-MINCETUR; Que, por efecto de la Ley Nº 28569, antes citada, se inició el proceso de desactivación de la ex CONAFRAN, así como la transferencia de los recursos, bienes, acervo documentarioy el personal de la ex CONAFRAN a los CETICOS de Ilo, Matarani y Paita, procesos que aún no han concluido; Que, como parte de dichos procesos, deben aprobarse los instrumentos de gestión y operativos de los CETICOS de Ilo, Matarani y Paita, entre ellos los TUPA correspondiente; Que, en tanto se aprueba el TUPA de cada uno de los CETICOS, es necesario adoptar medidas transitorias que garanticen la continuidad de los procedimientos administrativosiniciados o que se inicien ante las Juntas de Administración de los CETICOS y de los servicios que éstas prestan; Que, en tal sentido se dictó el Decreto Supremo Nº 005- 2006-MINCETUR, de fecha 30 de marzo de 2006, autorizando a los CETICOS de Ilo, Matarani y Paita a continuar aplicando el TUPA de la ex CONAFRAN, durante un plazo que venció el 15de julio de 2006; medida que es necesario renovar; Que, al mismo tiempo, es necesario modificar los Procedimientos 1 y 2 del referido TUPA, a fin de incluirentre los requisitos, la venta de terrenos, facultad otorgada a los CETICOS mediante la Ley Nº 28659; Que, conforme a los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único deProcedimientos Administrativos, el mismo que es aprobado por Decreto Supremo del Sector; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Legislativo Nº 560 y la Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza a los CETICOS la aplicación del TUPA de la ex CONAFRAN. Los CETICOS de Ilo, Matarani y Paita continuarán aplicando el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de la ex CONAFRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2002-MINCETUR y modificado por la Resolución Ministerial Nº 413-2005-MINCETUR/DM, en tantose aprueban los TUPA de cada uno de los CETICOS en un plazo que no excederá el 30 de diciembre de 2006. Artículo 2º.- Modifica el Procedimiento 1 del TUPA de la ex CONAFRAN. Modificar el numeral 1.2 de los "Requisitos" del Procedimiento Nº 1, del TUPA de la CONAFRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002- MINCETUR y su modificatoria, el cual queda redactadoen los siguientes términos: "1.2 Participación en el Acto de Subasta Pública de Cesión en Uso o Venta de Lotes de terrenos en los CETICOS". Artículo 3º.- Modifica el Procedimiento 2 del TUPA de la ex CONAFRAN. Modificar el numeral 2.2 de los "Requisitos" del Procedimiento Nº 2, del TUPA de la ex CONAFRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MINCETUR y su modificatoria, el cual queda redactado en los siguientes términos: "2.2 Participación en el Acto de Subasta Pública de Cesión en Uso o Venta de Lotes de terrenos en losCETICOS". Artículo 4º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año 2006. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 01726-1/G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G79/G20/G72/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G45/G4E/G46/G4F/G54/G55/G52 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2006-MINCETUR Lima, 2 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, el Consejo Directivo del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, organismo públicodescentralizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, está conformado por seis miembros, dos representantes del MINCETUR, uno de los cuales lopreside y cuatro representantes del sector privado vinculados a la actividad turística; Que, de acuerdo al artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2003-MINCETUR, los miembros del Consejo Directivo son designados por unperíodo de dos años renovables, salvo aquellas designaciones que se realicen para completar períodos; Que, por Resolución Suprema Nº 005-2006- MINCETUR, publicada el 31 de marzo de 2006, se designó a los miembros del Consejo Directivo del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, por el períodoque se inició a partir de dicha y que vencerá el 31 de marzo de 2008; Que, es necesario actualizar la conformación de dicho Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, laLey Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, y Decreto Supremo Nº 014-2003-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como miembros del Consejo Directivo del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, a partir de la fecha y hasta el vencimiento del período iniciado a partir del 31 de marzo de 2006, alas siguientes personas: En representación del MINCETUR, señor:- Alfonso Salcedo Rubio, Viceministro de Turismo, quien ejercerá la Presidencia. En representación del sector privado, señores: - José Javier Pérez Rodríguez. - Juan Stoessel Flórez. - Benjamín Pérez Palacio Aizcorbe. Artículo 2º.- Ratificar la designación de los señores Javier Pedraza Newton y Raúl Vargas Vega, comomiembros del Consejo Directivo del CENFOTUR, en representación del MINCETUR y del sector privado, respectivamente, efectuada por Resolución Suprema Nº005-2006-MINCETUR, hasta el vencimiento del período iniciado en marzo de 2006. Artículo 3º.- Agradecer a los señores Luis Fernando Helguero González, Luis Piazzón Gallo, Juan Edwin Gonzáles Muñiz y señora Ana María Silva Velarde Álvarez, por los servicios prestados como miembros delConsejo Directivo del CENFOTUR. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 01726-6