Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (03/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327294El Peruano domingo 3 de setiembre de 2006 Nº Agencia Dirección Nombre Dis trito Provincia Departamento Agencia 10 Agencia Ca lle Los Pozuzo Pozuzo Oxapampa Pasco Colonos S/N 11 Agencia Av. Le opoldo Villa Rica Villa Rica Oxapampa Pasco Krasser Nº 591 01714-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61 /G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G73/G20/G2D/G20/G45/G54/G46 /G41/G4D/G45/G52/G49/G43/G41/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN SBS Nº 1099-2006 Lima, 23 de agosto de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Organizador Responsable señor Manuel Ysac Bermúdez Zamudio para que se les conceda Autorización de Organizaciónde una Empresa de Transferencia de Fondos, la misma que se denominaría ETF AMERICA S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el Organizador Responsable ha presentado ante esta Superintendencia, adjunta a su solicitud, la correspondiente minuta de constitución social y estatuto de la empresa, el estudio de factibilidad económico-financiero que sustenta la creación de la ETF AMERICA S .A., el certificado de depósito de garantía, y demás documentación e información de conformidad con lodispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 yen el Reglamento para la constitución y el establecimiento de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por la ResoluciónSBS Nº 600-98; Que, luego de la publicación de la solicitud de organización respectiva efectuada de conformidad conel artículo 7º del Reglamento aprobado por la Resolución SBS Nº 600-98, no se ha presentado objeción alguna respecto a la organización de la ETF AMERICA S.A., nia sus organizadores y accionistas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación de Servicios Complementarios medianteInforme Nº 022-2006-DESC, por el Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, con Informe Nº 463-2006-LEG, y por la Gerencia deEstudios Económicos mediante Informe Nº 017-2006- AIM; y contando con el visto bueno del Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la organización de la Empresa de Transferencia de Fondos - ETF AMERICAS.A., para lo cual se aprueba el proyecto de minuta de constitución social y estatuto presentado para tal efecto por el Organizador Responsable, el que se devuelvedebidamente autenticado con sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse en ésta el Certificado de Autorizaciónal que se refiere el tercer numeral de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento, de la Empresa de Transferencia deFondos - ETF AMERICA S.A. en organización, se deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su constitución, yasimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con los requisitos exigidos para elfuncionamiento de la empresa, conforme a lo establecido en el artículo 11º del Reglamento aprobado por la Resolución SBS Nº 600-98, y en el artículo 9º del Reglamento de las ETF aprobado por Resolución SBSNº 1025-2005, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar la Escritura Pública de constitución social; debidamente inscrita en los Registros Públicos; b) Acreditar el pago de su capital social mínimo mediante aportes en efectivo; c) Implementar su estructura orgánica y remitir un ejemplar del Manual de Organización y Funciones de sus diversas áreas; d) Remitir la relación de directores y funcionarios, adjuntando la información señalada en el Anexo I del Reglamento aprobado por la Resolución SBS Nº 600-98,en lo que resulte aplicable; e) Remitir copia certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a cada uno de ellos, incluyendo ladelegación de facultades; f) Remitir información referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus oficinas, presentandoademás: - Copia de las pólizas de seguros que cubran los riesgos principales propios del volumen de operaciones de transferencia de fondos proyectados, en especial los fondos y bienes ajenos, objeto del servicio, a satisfacciónde esta Superintendencia; - Copia de los contratos con corresponsales y agentes, de ser el caso, adjuntando las autorizacionesque los mismos hayan obtenido de las respectivas autoridades competentes, nacionales e internacionales, según corresponda; - Informe y documentación que demuestre que cuenta con la infraestructura necesaria para el cumplimiento de las disposiciones sobre prevención delavado de activos, entre otras, lo establecido en el artículo 16º de las Normas complementarias para la prevención de lavado de activos aprobadas mediante ResoluciónSBS Nº 1725-2003, que les es aplicable conforme lo señalado en la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú -UIF- Ley Nº 27693 y susmodificatorias; g) Establecer políticas adecuadas y procedimientos generales de control interno y auditoría interna; h) Aprobar las políticas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresaconsidera brindar, las cuales deberán adecuarse a la naturaleza de la empresa; i) Aprobar políticas y procedimientos para el adecuado cumplimiento de lo establecido en el Reglamento para la administración de los riesgos de operación aprobado mediante Resolución SBS Nº 006-2002, y lo referido a Riesgos de tecnología de información, conforme a lo establecido en la Circular SBS Nº G-105-2002; j) Toda otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de laempresa; Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 01676-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G64/G70/G79/G6D/G65/G20/G43/G6F/G6E/G66/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E /G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G64/G65/G20/G4A/G61/G75/G6A/G61/G20/G79/G20/G59/G61/G75/G6C/G69/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN SBS Nº 1108-2006 Lima, 25 de agosto de 2006