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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (08/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 8 de setiembre de 2006 327621REPUBLICADELPERU CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 030-2006-MTC, se aprobó el acuerdo de fusión del Instituto Nacional deInvestigación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL con la Universidad Nacional de Ingeniería, por el cual las funciones de INICTEL en materia decapacitación, formación profesional, especialización de estudios, proyectos e investigación serán transferidas y absorbidas por la Universidad Nacional de Ingeniería;asimismo, se aprobó la fusión de INICTEL con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el que - como entidad absorbente- asumirá las funciones distintasa las anteriormente citadas; Que, según lo establecido en el artículo 3º del mencionado Decreto Supremo, INICTEL transferirá susbienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, obligaciones, pasivos, activos, previa evaluación por la comisión detransferencia que se constituirá para tales efectos; Que, mediante el artículo 4º del citado Decreto Supremo, se constituyó la Comisión encargada de latransferencia de recursos, personal y materiales antes mencionada, la que estará integrada por tres (3) miembros, dos (2) designados por el Ministerio deTransportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial, uno de los cuales la presidirá y uno (1) por la Universidad Nacional de Ingeniería, designado porResolución Rectoral; Que, en ese sentido, es necesario designar a los representantes del Ministerio de Transportes yComunicaciones ante la referida Comisión; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791 y en los Decretos Supremos Nº 041-2002-MTC y Nº 030-2006-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante laComisión encargada de la transferencia de recursos, personal y materiales del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones -INICTEL a que se refiere el Decreto Supremo Nº 030- 2006-MTC, de acuerdo a lo siguiente: Representantes Titulares: - Dra. Cayetana Aljovín Gazzani, Viceministra de Comunicaciones, quien la presidirá. - Ing. Pedro Valdivia Maldonado. Representantes Alternos: - Eco. Carmen Salardi Bramont, Directora General de la Oficina General de Administración. - Ing. Luis Torres Valerín. Regístrese y comuníquese. VERONICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 01853-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 685-2006-MTC/02 Lima, 1 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo del artículo 1º de la Ley antes citada, señalando que "laautorización de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de los ministerios, de los Organismos Públicos Descentralizados, de los AgregadosMilitares, Aéreos, Navales y Policiales, así como de las empresas sujetas al ámbito de FONAFE, que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de losobjetivos y metas fijados para el Ejercicio del año 2006 se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro delSector correspondiente; exceptuándose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policía Nacional del Perú del Ministeriodel Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar accionesde promoción y/o negociación económica comercial de importancia para el Perú; los que se autorizarán mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, la quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, antes del inicio de la comisión de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado enmateria de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudesde servicios descritas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia consus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, según Informe Nº 0483-2006-MTC/12, de fecha 1 de agosto de 2006, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, se señala que la empresa Wayra Perú S.A., con Carta GOPS JINST 199.06.Ops, presentada el25 de julio de 2006, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecidoen el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a laDirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Fokker 100, en el Centro de Entrenamiento de AmericanAirlines de la ciudad de Fort Worth, Texas, Estados Unidos de América, a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 9 de setiembre de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 22802 y 22803, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1444-2006-MTC/12.04-SDO designando al inspector Francisco Javier Díaz Cafferata, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipoFokker 100, en el Centro de Entrenamiento de American Airlines, en la ciudad de Fort Worth, Texas, Estados Unidos de América, al personal aeronáutico propuesto