NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (09/09/2006)
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TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327724El Peruano sábado 9 de setiembre de 2006 público por las normas establecidas en la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, su modificatoria Ley Nº 28715 y el Decreto Supremo Nº 183-2005-EF . DÉCIMO CUARTA.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas para que reestructure, mediante decreto supremo, las fuentes de financiamiento con las que se atenderá el gasto por el servicio de la deuda a su cargo, previa evaluaciónde la ejecución y proyección de los ingresos y gastos públicosy dentro del total del crédito presupuestario de que dispone dicho Ministerio en el Ejercicio Fiscal 2006. DÉCIMO QUINTA.- El Ministerio de Economía y Finanzas dicta, de ser necesario, las disposiciones reglamentarias para la mejor aplicación de la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los seis días del mes de setiembre de dos mil seis. MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República JOSÉ VEGA ANTONIO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 01975-1 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F DECRETOS DE URGENCIA /G44/G45/G43/G52/G45/G54/G4F/G20/G44/G45/G20/G55/G52/G47/G45/G4E/G43/G49/G41 /G4E/GBA/G20/G30/G32/G33/G2D/G32/G30/G30/G36 /G45/G53/G54/G41/G42/G4C/G45/G43/G45/G4E/G20/G44/G49/G53/G50/G4F/G53/G49/G43/G49/G4F/G4E/G45/G53/G20/G53/G4F/G42/G52/G45/G20/G4C/G41 /G41/G50/G4C/G49/G43/G41/G43/G49/GD3/G4E/G20/G44/G45/G4C/G20/G44/G45/G43/G52/G45/G54/G4F/G20/G44/G45/G20/G55/G52/G47/G45/G4E/G43/G49/G41 /G4E/GBA/G20/G30/G31/G36/G2D/G32/G30/G30/G36 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 016-2006, se aprobó la transferencia presupuestaria del Pliego 080 AgenciaPeruana de Cooperación Internacional (APCI) al Pliego 006Ministerio de Justicia, la misma que comprendía los saldos que como aporte de la Unión Europea y como contrapartida nacional han sido otorgados al Proyecto de Apoyo a la Reformadel Sistema de Justicia del Perú (JUSPER) Nº ALA /2004/16897, con el propósito de facilitar el cumplimiento de los objetivos del indicado proyecto, mediante la adopción de decisiones administrativas oportunas, en atención a los plazos previstos en el Convenio de Financiación Específico entre la Unión Europea y la República del Perú; Que, es necesario modificar el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2006, para el cabal y oportunocumplimiento de los propósitos señalados; asegurandola continuidad y operatividad del Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú; Que, por tratarse de medidas de orden económico y financiero necesarias para la ejecución de gastos en elmarco del Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistemade Justicia del Perú (JUSPER) Nº ALA/2004/16897, esnecesario dictar normas de interés nacional con carácter extraordinario y de urgencia, a fin de evitar el riesgo de que la ejecución del citado proyecto se vea paralizado; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 19 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú;Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Modificación del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2006. Modifícase el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2006, el mismo que tendrá el siguiente texto: "Autorízase al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas,apruebe las modificaciones presupuestarias del Pliego 080 Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) al Pliego 006 Ministerio de Justicia, con cargo a los saldos que resulten,al 30 de setiembre de 2006, del Proyecto de Apoyo a laReforma del Sistema de Justicia del Perú (JUSPER) Nº ALA/ 2004/16897, con la finalidad de habilitar los recursos presupuestales correspondientes a la unidad Ejecutora encargada de llevar a cabo el indicado proyecto". Artículo 2º.- Gastos a cargo de la APCI. Precísase que hasta el 30 de setiembre de 2006, el Pliego 080 Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), mantiene la ejecución de gasto en el marco del Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú (JUSPER) Nº ALA/2004/16897. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 01975-2 P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49/G20/G61/G20/G43/G61/G6E/G61/G64/GE1/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G61/G73/G61/G6D/G62/G6C/G65/G61/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G2D/G20/G49/G53/G4F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 270-2006-PCM Lima, 8 de setiembre de 2006 Vista la Carta Nº 638-2006/GEG-INDECOPI del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; CONSIDERANDO: Que del 10 al 16 de setiembre de 2006, se llevará a cabo en la ciudad de Ottawa, Canadá, la 29na Asamblea Generalde la Organización Internacional de Normalización - ISO; Que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual - INDECOPI, en su calidad de ÓrganoNacional de Normalización, representa al Perú ante laOrganización Internacional de Normalización - ISO; Que resulta de interés institucional la participación del Secretario Técnico de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales del Instituto Nacional de Defensa de la