Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2006 (09/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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LICA DEL P E

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327736

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 9 de setiembre de 2006

(nombre, edad, sexo, documento de identidad), domicilio, organizacion de la que forman parte, el MORDAZA de ayuda que reciben, Programa y/o Subprograma del que se benefician y el organismo estatal que administra el Programa y/o Subprograma. Ar ticulo 2º.- Los Titulares de los Gobier nos Regionales, en el plazo MORDAZA que senala el articulo precedente, deberan remitir al Viceministerio de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la informacion con que cuenten en cumplimiento de lo senalado por el articulo 2º de la Ley Nº 28540, a efectos de coordinar el apoyo tecnico que el Sector les proveera para la implementacion de los Registros Unificados Regionales. Articulo 3º.- Autorizase al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para que en un plazo de quince (15) dias habiles, conforme y presida una Comision encargada de la reglamentacion de la Ley Nº 28540, pudiendo convocar para estos efectos a representantes de otras Entidades o de otros niveles de Gobierno. La Resolucion Ministerial que la conforma, establecera el plazo de la Comision para presentar el proyecto de Reglamento. Articulo 4º.- La informacion a que se hace referencia en los articulos precedentes, debera ser remitida por medio escrito y por medio magnetico o electronico. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los ocho dias del mes de setiembre de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 01975-4

Articulo Tercero.- El personal diplomatico de las embajadas mencionadas sera reasignado en conformidad con las disposiciones legales vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01975-5

Autorizan viaje de funcionarios diplomaticos a EE.UU. para realizar gestiones relacionadas con la aprobacion del Acuerdo de Promocion Comercial y participar en evento sobre migracion internacional y desarrollo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1087/RE
MORDAZA, 8 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Politica Exterior del Peru promover los intereses del MORDAZA, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su MORDAZA de insercion a nivel global; Que, el Peru y los Estados Unidos de MORDAZA negociaron el Acuerdo de Promocion Comercial desde MORDAZA de 2004 hasta diciembre de 2005; Que, el 12 de MORDAZA de 2006 el Peru y Estados Unidos de MORDAZA suscribieron el Acuerdo de Promocion Comercial, que fue aprobado por el Congreso del Peru el 6 de MORDAZA de 2006 y que se esta a la espera de la aprobacion del mismo por parte del Congreso de los Estados Unidos; Que, el Acuerdo de Promocion Comercial entre el Peru y los Estados Unidos de MORDAZA sera un instrumento altamente positivo para los intereses del Peru, conveniente y necesario para impulsar un adecuado MORDAZA de crecimiento comercial y economico del Peru; Que, es conveniente para el interes nacional la continuacion de una activa participacion del Ministerio de Relaciones Exteriores en las gestiones orientadas a apoyar y promover la aprobacion del Acuerdo de Promocion Comercial entre el Peru y los Estados Unidos de MORDAZA por parte de las autoridades de los Estados Unidos, con miras a su pronta puesta en vigencia; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Instruccion (GAB) Nº 119, del Gabinete del Ministro, de 6 de setiembre de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º inciso g) y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realice en clase economica; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; y su modificatoria, el articulo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor del Ministro de Relaciones

RELACIONES EXTERIORES
Disponen cierre temporal de las Embajadas del Peru en las Republicas de Hungria, Jamaica, Ucrania y Serbia asi como las Representaciones del Peru ante la OACI y la UNESCO
RESOLUCION SUPREMA Nº 335-2006-RE
MORDAZA, 8 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Estando a lo informado por la Hoja de Instruccion (GAB) Nº 114 de fecha 31 de agosto de 2006, del Gabinete del senor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores; Teniendo en consideracion los lineamientos de politica fiscal del Estado, asi como el compromiso del Ministerio de Relaciones Exteriores en la aplicacion de medidas de austeridad orientadas a racionalizar los recursos asignados a su Presupuesto Institucional y contribuir de esa manera a una mejor disciplina en el gasto publico; De conformidad con lo establecido en el inciso 11 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; en el inciso e) del articulo 330º del Reglamento de las Misiones del Servicio Exterior; asi como en la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Diplomaticas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Cerrar temporalmente las Embajadas del Peru en las Republicas de Hungria, Jamaica, Ucrania y Serbia, asi como las Representaciones del Peru ante la Organizacion de la Aviacion Civil Internacional (OACI) y la Organizacion de Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria de Administracion del Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de la presente Resolucion.

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