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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (09/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 9 de setiembre de 2006 327729REPUBLICADELPERU RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 375-2006-DE/SG Lima, 8 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 804, de fecha 9 de agosto de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 28771 se autorizó el ingreso al Territorio Nacional de personal militar de los Estados Unidos de América para realizar elEjercicio Combinado de Entrenamiento Conjunto y deAcción Cívica Humanitaria denominado "Nuevos Horizontes 2006" en la Región de Lambayeque; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para elingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en laque se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 12 al 16 de setiembre de 2006, para participar en la ceremonia de clausura y en otros eventos relacionados al Ejercicio CombinadoConjunto de Acción Cívica Humanitaria denominado "Nuevos Horizontes 2006", en la ciudad de Lambayeque. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01978-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 376-2006-DE/SG Lima, 8 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nºs. 815 y 816 de fecha 15 de agosto de 2006; 825 y 826 de fecha 17 de agosto de 2006; y 828 de fecha 18 de agosto de 2006, el DirectorGeneral para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministeriode Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizaciónpara el ingreso de personal militar de la República Federativade Brasil, de Argentina, de Chile, de Canadá y de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el marco de las actividades operacionales programadas para el presente año, la Marina de Guerra delPerú será anfitrión del IV Juego de Guerra HEXALATERAL -2006 que cuenta con la participación de las marinas de otrospaíses;Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de TropasExtranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamientoo similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempode permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa del Brasil, Argentina, Chile, Canadá y Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que formaparte de la presente Resolución, del 14 al 22 de setiembre de 2006, para participar en el IV Juego de Guerra HEXALATERAL - 2006, que se realizará en las instalacionesdel Centro de Entrenamiento Táctico Naval (CENTAC). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que serefiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01978-10 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 377-2006-DE/SG Lima, 8 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 837, de fecha 21 de agosto de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, como una medida de confianza mutua entre las Fuerzas Armadas de Perú y Chile se estableció larealización de Conferencias Bilaterales de Inteligencia; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y eltiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 25 al 29 de setiembre de2006, para participar en la XVI Conferencia Bilateral deInteligencia de las Fuerzas Armadas del Perú y Chile. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo