NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (09/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 19
NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 9 de setiembre de 2006 327737REPUBLICADELPERU Exteriores para Asuntos Comerciales Bilaterales, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 9 al 16 de setiembre de 2006, para que realice gestiones ante las autoridades de ese país relacionadas con la aprobación por parte del Congreso de los Estados Unidos de América, del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con el Perú, el 12 de abril de 2006. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje del citado funcionario diplomático, serán cubiertos por elPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, afectando la meta 7: 00386 Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo rendir cuentadocumentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la misma, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número T otal T arifa Apellidos US$ por día de Viáticos Aeropuerto US$ días US$ US$ Jorge LuisValdez Carrillo 1,578.89 220.00 8 + 1 1,980.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada reunión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentarante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, uninforme de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01935-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1088/RE Lima, 8 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO. Que, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en su Sexagésimo Período deSesiones, mediante Resolución Nº 60/227 de 23 de diciembre de 2005 decidió celebrar el “Diálogo de Alto Nivel sobre Migración Internacional y Desarrollo” en laciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, los días 14 y 15 de setiembre de 2006, a fin de examinar los aspectos multidimensionales de la migración y determinarlos medios adecuados para aprovechar al máximo las ventajas de la migración internacional para el desarrollo, así como reducir al mínimo sus aspectos negativos; Que la migración internacional y el desarrollo constituyen temas prioritarios dentro de la política exteriorperuana, por lo que el Estado peruano busca liderar la acción internacional en la temática de migración a fin de fortalecer las estrategias de cooperación internacional entre los Estados, las organizaciones internacionales yla sociedad civil; Que, en esa búsqueda de liderazgo internacional el Perú fue sede de la primera “Conferencia InternacionalEspecial, a Nivel Ministerial, de Países en Desarrollo con Flujos Sustanciales de Migrantes”, que se llevó a cabo en Lima del 15 al 16 de mayo, y contó con la participación de 23 estados del Grupo de los 77 y laRepública Popular China; Que, producto de dicha Conferencia se suscribió la “Declaración de Lima”, documento que ha sido transmitido al Presidente de la Asamblea General para que sea considerada en el Diálogo de Alto Nivel sobreMigración y Desarrollo, en el marco del 61º Período deSesiones de la Asamblea General de las NacionesUnidas, como una contribución de las deliberaciones delos países con mayores flujos de migrantes en el mundo; Que, en su calidad de Secretario de Comunidades Peruanas en el Exterior, el Embajador en el ServicioDiplomático de la República, Jorge Antonio LázaroGeldres, ha sido autorizado a participar en dicha reunión,a fin de abordar la problemática de las migracionesinternacionales, desde la perspectiva de los países en desarrollo;Teniendo en cuenta el Memorándum (SCP) Nº SCP0688/ 2006, y Nº SCP0743/2006, de la Secretaría de ComunidadesPeruanas en el Exterior, de 22 de agosto y 5 de setiembre de2006, respectivamente, y teniendo en consideración lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 4991, del Gabinete de Coordinación del Viceministro y Secretario General deRelaciones Exteriores, de 25 de agosto de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales alexterior de servidores y funcionarios públicos se realiceen clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2006; y el inciso j) del artículo 8º de la LeyNº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificada por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Jorge Antonio Lázaro Geldres, Secretario de Comunidades Peruanasen el Exterior, para que participe en el “Diálogo de Alto Nivel sobre Migración Internacional y Desarrollo”, a llevarse a cabo en la ciudad de Nueva Y ork, Estados Unidos, los días 14 y 15 de setiembre de 2006. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, afectando la Meta: 00572 -Defensa y Protección de los Ciudadanos Peruanos en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número T otal T arifa Apellidos US$ por día de Viáticos Aeropuerto US$ días US$ US$ Jorge AntonioLázaro Geldres 1, 287.77 220.00 2 + 1 660.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del citado evento el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informede las acciones realizadas durante su viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01935-2 SALUD FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 830-2006/MINSA Mediante Oficio Nº 2090-2006-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas dela Resolución Ministerial Nº 830-2006/MINSA, publicadaen la edición del 4 de setiembre de 2006. TERCER CONSIDERANDO: DICE: Que mediante Resolución Ministerial Nº 264-2004/ MINSA, de fecha 15 de octubre de 2004, se adecuó elcargo de Director Ejecutivo al de Director General, en