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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 86

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327968El Peruano martes 12 de setiembre de 2006 coherentemente con la Opinión Nº 073-2005/GTN de la Gerencia Técnico Normativa del CONSUCODE; Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica, manifiesta que, aún cuando no aparece en los actuados ningún hecho acreditado que pudiera considerarse infracción o falta administrativa que involucre a algún funcionario a cargo del caso, corresponde poner en conocimiento del Órgano de Control Institucional los antecedentes que sustentan la presente Resolución, para los disponer el inicio de las acciones concernientes al deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar, conforme se encuentra previsto en el artículo 21º, segundo acápite, del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Logística, de la Gerencia Central de Finanzas y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19° inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos 141° y 148° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y la Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la contratación del “Servicio de Vigilancia Zona Lima y Callao”, por un período máximo de 90 días, contados a partir del día 10 de setiembre del 2006, pudiendo reducirse dicho período en el momento en que se suscriba el nuevo contrato como consecuencia del proceso de adquisición en trámite, fijándose un valor referencial mensual de S/. 235,737.05 (Doscientos Treinta y Cinco Mil Setecientos Treinta y Siete y 05/100 Nuevos Soles) y un monto total de S/. 707,211.15 (Setecientos Siete Mil Doscientos Once y 15/100 Nuevos Soles), egreso que se afectará a la Específica de Gasto 34. Contratación con Empresas de Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo segundo.- EXONERAR a la Gerencia Central de Logística de la realización del proceso de selección correspondiente y AUTORIZARLA a efectuar la contratación del Servicio de Vigilancia Zona Lima y Callao, mediante una acción inmediata, invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones mínimas requeridas en las Bases, dejando constancia que si antes del plazo de 90 días, se logra suscribir el nuevo contrato de servicio, la situación de Desabastecimiento Inminente concluirá en dicha oportunidad. Artículo tercero.- Disponer el inicio de las acciones correspondientes para el deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 21º, segundo acápite y 47° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo cuarto.- Disponer se efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en el SEACE, y asimismo se remita a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, copia de la misma, así como de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente resolución a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Logística, Finanzas, Órgano de Control Institucional y Oficina de Asesoría Jurídica, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLIVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 01996-1/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65 /G49/G6E/G73/G74/G72/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G72/G74/G6F/G20/G50/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G4D/G65/G74/G61/G6C/G70/G72/G65/G6E /G49/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F /G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 087-2006-EF/94.11 Lima, 6 de septiembre de 2006VISTOS: El Expediente Nº 2006015840, presentado por Metalpren S.A. y el Memorándum Nº 2602-2006-EF/94.45 del 6 de septiembre de 2006, de la Gerencia de Mercadosy Emisores; CONSIDERANDO: Que, el artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, permite a las sociedades emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda en favor de sus titulares; Que, mediante Junta General de Accionistas de Metalpren S.A. del 10 de noviembre de 2005, se aprobó la emisión de instrumentos representativosde deuda hasta por la suma de dos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2 000 000,00) en circulación o su equivalenteen otras monedas; asimismo, en dicha Junta General se acordó delegar en el Directorio de la empresa todas las facultades que resulten necesarias paradeterminar los términos, características y condiciones de las emisiones a realizarse en el marco del programa o programas de emisiones, pudiendo elDirectorio delegar estas facultades en la gerencia de la empresa y/o en las personas que estime conveniente; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas, el Directorio de Metalpren S.A., en sesión del 14 de noviembre de 2005, aprobó el programa de instrumentosde corto plazo denominado "Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I", hasta por un monto máximo en circulación de dos millones y 00/100 Dólares de losEstados Unidos de América (US$ 2 000 000,00), o su equivalente en otras monedas, y determinó las condiciones y características de dicho programa; Que, en la referida sesión del Directorio del 14 de noviembre de 2005, se acordó delegar en el señor Danilo Balarín De La Torre para que individualmente oconjuntamente con el señor Danilo Balarín Benavides o con el señor Mateo Balarín Benavides y conjuntamente este último con el señor Danilo Balarín Benavides,ejerzan las facultades necesarias para determinar los términos, características, monto, plazo y demás condiciones de las emisiones a ser realizadas dentrodel marco del Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I; Que, en ejercicio de las facultades que les fueron concedidas, los representantes de Metalpren S.A. solicitaron a CONASEV la aprobación del trámite anticipado, la inscripción del "Programa deInstrumentos de Corto Plazo Metalpren I" así como el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; asimismo,solicitaron la inscripción de los valores pertenecientes a la primera emisión de dicho programa, para lo cual acompañaron a su solicitud la documentaciónsustentatoria respectiva; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de OfertaPública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; Que, el artículo 2º, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV,