Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2006 (12/09/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

327966

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano martes 12 de setiembre de 2006

Que, asimismo, se tiene que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obtuvo la Inscripcion Nº 23905222, posteriormente otro ciudadano tramito irregularmente la Inscripcion Nº 07863825 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esto, conforme la Declaracion Jurada presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 44716315, quien manifiesta que utilizo partida de nacimiento que no le corresponde a fin de obtener el Documento Nacional de Identidad, hecho corroborado mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 993-2005/GP/BG/RENIEC, que determina que las impresiones dactilares analizadas corresponden a dos personas biologicas distintas, MORDAZA registradas con una misma identidad a nombre de MORDAZA MORDAZA VILLEGAS; Que, si bien la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, mediante Resolucion Nº 011-2006/SGDAR/GP/ RENIEC, procedio a la exclusion de las Inscripciones Nºs. 08859378 y 07863825, en consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos se encuentran cancelados, esto en resguardo de la identidad de las personas afectadas, de los hechos MORDAZA descritos se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA ILARES MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber declarado datos falsos en instrumento publico, con el objeto de suplantar la identidad de ciudadanos inscritos validamente en el Registro, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral, constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA ILARES MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA VILLEGAS; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA ILARES MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01946-4 RESOLUCION JEFATURAL Nº 821-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de setiembre de 2006 VISTOS: Los Oficios Nºs. 002382, 1621, 2682-2005/GP/ SGDAC/RENIEC y 00468-2006/ SGDAR/GP/RENIEC e Informe Nº 701-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 27 de junio de 2006; y,

Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que personas aun no identificadas, se presentaron ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y obtuvieron irregularmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanos MORDAZA ALFONZO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ZUBELETA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA JALIXTO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA BONON C H AVEZ, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUMALEQUE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA HUARCO MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANO, mediante los tramites de inscripcion, rectificacion y/o duplicado, correspondientes; Que, con los informes emitidos por los Jefes de las Oficinas Registrales del Estado Civil, adjuntando partidas de defuncion y de nacimiento, asi como por los examenes realizados por el perito especializado de la Gerencia de Procesos, se ha determinado que en todos los casos analizados, personas no identificadas han suplantado la verdadera identidad de los titulares de las inscripciones mencionadas precedentemente; Que, si bien se ha procedido administrativamente al excluir las Inscripciones Nºs. 30578410, 26955958, 43065164, 08945596, 09291920, 08228849, 03470585, 02554131, 23984271, 31620823, 31650797, 26626706, 10734591, 27145043, 42449233, 23175859, 23862082 y 80083453 respectivamente mediante la expedicion de las Resoluciones Nºs. 306, 192, 212, 472, 476, 2882005-GP/SGDAC-RENIEC de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, afectadas por suplantacion de identidad; de los actuados se advierten indicios razonables de haberse incurrido en delito contra la Fe Publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; hecho que es necesario perseguirse penalmente en resguardo de la seguridad juridica registral, al haberse incurrido en los ilicitos contemplados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos que anteceden y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta pertinente autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01946-5

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.