NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 72
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327954El Peruano martes 12 de setiembre de 2006 Compañía Eléctrica El Platanal S.A., modificado mediante Primer Addendum de fecha 4 de mayo de 2006, cuyo original obra en el Expediente, mediante el cual Cementos Lima S.A. cede a favor de Compañía Eléctrica El PlatanalS.A., en los términos de dicho contrato, su posición contractual en el Contrato de Concesión Nº 192-2001 suscrito con el Estado, por lo que Compañía Eléctrica ElPlatanal S.A. resulta siendo el nuevo titular de la concesión definitiva de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica G-1 El Platanal; Que, Cementos Lima S.A. ha cumplido con presentar la copia de la Resolución Administrativa Nº 294-2006- GRL-DRA.L/ATDR MOC del 11 de agosto de 2006,emitida por la Administración Técnica Distrito de Riego Mala-Omas-Cañete del Ministerio de Agricultura, mediante la cual se autorizó a Cementos Lima S.A. latransferencia a favor de la Compañía Eléctrica El Platanal S.A., de la titularidad de las aprobaciones, autorizaciones, derechos y obligaciones contenidas en las ResolucionesAdministrativas Nº 097-98-AG-UAD.LC/ATDR.MOC, Nº 118-98-AG-UAD.LC/ATDR.MOC y Nº 024-2003- AG.UAD.LC/ATDR.MOC, exclusivamente en lo referentea la Central Hidroeléctrica G-1 El Platanal, y asimismo, se declaró a Compañía Eléctrica El Platanal S.A. como la persona jurídica titular de las aprobaciones,autorizaciones, derechos y obligaciones contenidos en las mencionadas Resoluciones Administrativas; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2002-EM y estando a lodispuesto en el artículo 1436º del Código Civil, según el cual la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y lasrelaciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes, procede aprobar latransferencia solicitada y tener como titular de la nueva concesión a Compañía Eléctrica El Platanal S.A., la que deberá elevar el Contrato de Cesión de PosiciónContractual a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotación de los ServiciosPúblicos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria hacumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 239-2006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1435º del Código Civil, en el segundo párrafo del artículo 53º yen el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación deenergía eléctrica en la Central Hidroeléctrica G-1 El Platanal, que efectúa Cementos Lima S.A. a favor de Compañía Eléctrica El Platanal S.A. Artículo 2º.- Tener como titular de la concesión mencionada en el artículo precedente a Compañía Eléctrica El Platanal S.A., quien asume todos losderechos y obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesión Nº 192-2001. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá ser incorporado en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Cesión de Posición Contractual mencionado en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º delReglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicadapara su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 02013-5 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 432-2006-MEM/DM Mediante Oficio Nº 692-2006-EM/SG, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 432-2006-MEM/DM, publicadaen la edición del día 9 de setiembre de 2006. DICE: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 432-2006-MEM/DM DEBE DECIR: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 433-2006-MEM/DM 02003-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 433-2006-MEM/DM Mediante Oficio Nº 692-2006-EM/SG, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 433-2006-MEM/DM, publicada en la edición del día 9 de setiembre de 2006. DICE: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 433-2006-MEM/DM DEBE DECIR: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 432-2006-MEM/DM 02003-2 INTERIOR /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G4E/GBA/G20/G34/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F /G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20 /G63/G6F/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G50/G4E/G55/G44/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G6C/G61/G20/G4D/G6F/G64/G65/G72/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 429-2006-IN Lima, 11 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0011-2002- IN de fecha 14 de enero de 2002, se aprobó el Convenio suscrito el 6 de diciembre de 2001, entre el Ministerio delInterior y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, para la implementación del Proyecto PER/01/031 "Apoyo a la Modernización TécnicoAdministrativa del Ministerio del Interior";