Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 82

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327964El Peruano martes 12 de setiembre de 2006 Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente;exceptuándose aquellos viajes que realizan los sectoresRelaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo,así como la Dirección General de Aeronáutica Civil delMinisterio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional – INTERPOL de la Policía Nacional del Perú del Ministerio del Interior y los destinados aldesarrollo de funciones en el marco de las negociacionesorientadas a la suscripción de los Tratados de LibreComercio, a efectuar acciones de promoción y/onegociación económica comercial de importancia para el Perú; los que se autorizarán mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, la que deberá serpublicada en el Diario Oficial El Peruano, antes del iniciode la comisión de servicios”; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado enmateria de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudesde servicios descritas en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en concordancia consus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, según Informe Nº 0537-2006-MTC/12, de fecha 21 de agosto de 2006, de la Dirección General deAeronáutica Civil, se señala que la empresa Lan PerúS.A., con Carta GOP/INST/719/09/05, presentada el18 de agosto de 2006, en el marco del Procedimiento Nº 12 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica aBases y Estaciones de Operaciones paraEstablecimiento o Actualización de Especificaciones deOperación), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar las inspeccionestécnicas de las estaciones de las ciudades de La Paz ySanta Cruz, República de Bolivia, durante los días 12 al16 de setiembre de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 25148, 25149, 25150, 25151, 25152,25153 y 25235, la solicitante ha cumplido con el pago delderecho de tramitación correspondiente al Procedimientoa que se refiere el considerando anterior, ante la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1609-2006-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Mario Centeno Chaparro, para realizar lasinspecciones técnicas de las estaciones de la empresaLan Perú S.A., en las ciudades de La Paz y Santa Cruz,República de Bolivia, durante los días 12 al 16 de setiembre de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar las inspecciones técnicas a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1609-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto deUrgencia Nº 006-2006;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Mario Centeno Chaparro, Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de La Paz y Santa Cruz, República de Bolivia, durante los días 12 al 16 desetiembre de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 25148, 25149, 25150, 25151, 25152,25153 y 25235, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos ytarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 01991-2 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20 /G64/G65/G52/G65/G63/G61/G75/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 710-2006 MTC/01 Lima, 11 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 645-2005- MTC/03 se designó al economista Carlos Percy Caro Bautista en el cargo de Director de la Oficina de Recaudación y Soporte Operativo del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al referido cargo; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto de administración correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nºs. 27594 y 27791 y en el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Carlos Percy Caro Bautista al cargo de Director de la Oficina de Recaudación y Soporte Operativo delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 02004-1