Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2006 (20/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano miercoles 20 de setiembre de 2006

Que, en concordancia con la informado y recomendado por el Asesor Legal y el Jefe de Programas Sociales, con la finalidad de asegurar el abastecimiento de productos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, resulta necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion del producto Hojuelas de Cereales con leche fortificada con vitaminas y minerales, azucarado, por el lapso de cuarenta y cinco dias calendario, permitiendose de esta manera dar continuidad a este servicio de asistencia social en forma oportuna a los beneficiarios del Programa; Estando a lo dispuesto por el Articulo 19º inciso c), Articulo 20º, Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y a las facultades conferidas por los Articulos 17º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, por un periodo de cuarenta y cinco dias. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Unidad de Logistica llevar a cabo la adquisicion del producto Hojuelas de Cereales con leche fortificada con vitaminas y minerales, azucarado, para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, de conformidad con el articulo precedente y de acuerdo al procedimiento establecido en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo Tercero.- El valor referencial de los bienes a adquirir asciende a S/. 39,300.00 (Treinta y Nueve Mil Trescientos y 00/100 Nuevos Soles) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar, afectandose el gasto a la fuente de financiamiento 00. Recursos Ordinarios. Articulo Cuarto.- REMITIR copias de la presente Resolucion y los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de sus aprobacion; adicionalmente debera publicarse a traves del SEACE y comunicar al CONSUCODE. Articulo Quinto.- DERIVAR el presente Acuerdo de Concejo a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, para que determine la responsabilidad si las hubiere, de cada uno de los funcionarios y/o trabajadores que hayan causado la presente Declaracion en Situacion de Desabastecimiento Inminente. Articulo Sexto.- AUTORIZAR al Comite Especial designado mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 6102006-MPSCH, para llevar a cabo el respectivo MORDAZA de seleccion a efectos de adquirir los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche correspondiente a los ultimos meses del presente ano. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02206-1

El Acuerdo de Consejo Nº 014-2006-MDRT, Informe Nº 203-2006 de la Gerencia de Administracion; el Informe Nº 197-2006-A/MDRT de la Oficina de Abastecimiento; el Informe Legal Nº 001-2006-ALE-JCMB/MDRT; y, CONSIDERANDO: Que, la obra MEJORAMIENTO DE CARRETERA CC. PP. PUERTO ENE - CC. NN. QUIMAROPITARI tiene caracteristicas particulares debido a que se encuentra en una MORDAZA, en la cual impera el narcotrafico y queda aun rezagos del grupo armado Sendero Luminoso, caracteristica propia del MORDAZA del Ene. Por esta situacion, social en que se vive y el temor, que genera, a cualquier persona natural o empresa juridica, especialmente propietarios de maquinarias pesada, los cuales no conocen el lugar, no se presentan a una convocatoria, para no arriesgar, su integridad fisica y sus bienes; Que, ademas de la ausencia de proveedores (contratistas de obra) en la zona; con fecha 25 de MORDAZA del 2006, por el cual se prorroga el Estado Emergencia por 60 dias mas; Que, el Consorcio Quimaropitari compuesta por empresas contratistas de MORDAZA ganador de la Buena Pro de la 1ra. Convocatoria incumplieron su contrato, no inicio el trabajo por carecer de maquinaria, equipos y personal necesarios para la ejecucion de la obra y actualmente se ha resuelto el contrato e iniciado las acciones legales de ejecucion de garantias por resarcimiento de los danos y perjuicios ocasionados a la Municipalidad, situacion extraordinaria imprevisible que se presento en la ejecucion contractual; Que, debido al desabastecimiento total de maquinaria pesada en la MORDAZA de trabajo, y estando proximo el inicio de la temporada de lluvias se hace urgente atender los requerimientos solicitados y evitar conflictos con la poblacion beneficiaria. Ademas de evitar la posibilidad de la intervencion economica de la obra de parte del Gobierno Regional y con consecuencias como la rescision del convenio; Que, en este contexto, la Gerencia de Administracion mediante Informe Nº 203-2006, nos remite el planteamiento formulado por la oficina de Abastecimientos a efectos de evaluar la declaracion del desabastecimiento inminente de los servicios requeridos, a la luz de los hechos expuestos por la oficina de Abastecimientos y con la opinion favorable del asesor legal externo; Que, al respecto, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, contempla las causales que permiten exoneramos de la realizacion de procesos se seleccion, encontrandose entre ellas, aquellas contrataciones que se realizan en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de acuerdo a ley; Que, por su parte, el articulo 21º del acotado cuerpo legal, establece que la situacion de Desabastecimiento inminente es aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios y actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, en concordancia, el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que no se encuentran comprendidas dentro de la situacion de Desabastecimiento Inminente las Adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad; que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO TAMBO
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion de diversos servicios para la obra Mejoramiento de Carretera CC.PP Puerto Ene - CC.NN. . Quimaropitari
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 100-2006-MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO TAMBO Rio Tambo, 28 de agosto de 2006

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