Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2006 (20/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano miercoles 20 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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MORDAZA de MORDAZA, acordandose entre otros aspectos que esta MORDAZA debera de adquirir via contrato de Compra Venta los lotes 21 y 21-A de la Urbanizacion ALDEBARAN, el precio pactado es de US$ 61,320.00 dolares americanos, suma que sera cancelada en dos armadas: US$ 35,000.00 en la MORDAZA semana del mes de marzo del presente ano y el saldo de US$ 26,320.00 dolares americanos en el mes de marzo del 2007, sin intereses, precisandose que en caso de mediar disponibilidad financiera y presupuestal se evaluara la posibilidad de abonar el saldo durante el presente ejercicio fiscal; Que, estando a lo expuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 14-2006-ACSS, con fecha 10 de febrero de 2006, mediante Memorando Nº 063-2006-GAF-MSS el Gerente de Administracion y Finanzas solicita al Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica emita opinion legal si procede o no la adquisicion del lote 21 y 21-A al MORDAZA de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones o como consecuencia de una transaccion judicial; Que, mediante Informe Nº 016-2006-OPP-MSS, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que la adquisicion de lotes en la Urbanizacion Aldebaran se encuentra prevista en el Presupuesto Institucional de Apertura 2006, en el Centro de Gestion 2201 Gerencia de Administracion y Finanzas en la especifica del gasto 6.7.11.60 Adquisicion de Terreno con un credito presupuestario de 120,000 (aproximadamente 35,000.00 dolares americanos), Fuente de Financiamiento 08 "Otros impuestos municipales"; Que, con Informe Nº 469-2006-OAJ-MSS, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica senala que es pertinente que la adquisicion se haga ad MORDAZA respecto al Lote 21, que se encuentra debidamente inscrito en la Ficha Nº 191256, en la cual figura un area de 220 m2 como aporte al Estado revertido en dinero. Asimismo, senala que para efecto de la inscripcion, con relacion a la transferencia debera precisarse que el lote 21 adicionalmente comprende los 110 m2 descritos como lote 21-A y corresponde al aporte de recreacion publica, que fuera redimido en dinero conforme se aprecia en la parte considerativa de la Resolucion Nº 013-78-DGST/ CPL. Asimismo, el Informe indica que la adquisicion del lote 21, incluyendo el area anexa de 110 m2 debera de realizarse mediante exoneracion de MORDAZA de seleccion por tratarse de un bien unico que no admite sustituto, por ser este el que se requiere al haberse construido sobre el obras comprendidas en el ovalo de la Av. MORDAZA con la MORDAZA Central, adquisicion que se llevara a cabo conforme a lo dispuesto en los articulos 19º, 139º y siguientes de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con Informe Nº 797-2006-SGL-GAF-MSS de fecha 11 de MORDAZA de 2006, la Subgerente de Logistica senala que la compra del lote 21 ubicado en la interseccion de la Av. MORDAZA con la MORDAZA Central de la Urbanizacion Aldebaran, donde la Corporacion edifico un ovalo, se encuentra incorporada en el Plan Anual de Adquisiciones tal y como se acredita en el Reporte de Modificacion del Plan Anual. Asimismo, indica que la adquisicion del bien debera de exonerarse del MORDAZA de seleccion por tratarse de un bien que no admite sustituto, situacion enmarcada dentro de las causales previstas en el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, con Informe Nº 223-2006-OPP-MSS de fecha 1 de agosto de 2006, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que respecto a la adquisicion de los lotes 21 y 21-A de la Urbanizacion Aldebaran sigue en vigencia la cobertura presupuestal en el presente ano fiscal 2006, de la suma de S/. 120,000 nuevos soles para cubrir parte del pago por la mencionada adquisicion. Asimismo, indica que para la fase de Programacion del Presupuesto Institucional correspondiente al ano fiscal 2007, se considerara la diferencia equivalente a US$ 26,320 (aproximadamente S/. 96,120 nuevos soles);

Que, el Gerente Municipal con Informes Nºs. 270 y 308-2006-GM-MSS, remite los Informes Nºs. 016 y 2232006-OPP-MSS de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 797-2006-SGL-GAF-MSS de la Subgerencia de Logistica y el Informe Nº 4692006-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica, los mismos que indican la procedencia de adquisicion de los inmuebles signados con los lotes 21 y 21-A de la Urbanizacion Aldebaran, via exoneracion del MORDAZA de seleccion, por tratarse de un bien que no admite sustituto, posicion que respalda y solicita se prosiga con el tramite regular para su aprobacion por el pleno del Concejo; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, por lo que debera efectuarse la adquisicion de los mencionados lotes mediante acciones inmediatas, de conformidad a lo previsto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado MORDAZA citado; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor, supuestos que se configuran en el presente caso, segun los informes tecnicos y legales descritos en los considerando precedentes; Contando con opinion favorable segun Dictamen Conjunto Nº 028-2006-CGM-CAJ-MSS de la Comision de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos; de conformidad con lo dispuesto en los articulos 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, adopto por mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO 1.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion, por causal de bien que no admite sustituto y existencia de proveedor unico, la adquisicion del Lote 21 y su Anexo con una extension total de 330 m2 ubicado en la Urbanizacion ALDEBARAN, inscrito en la Ficha Nº 191256 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, a nombre de la Asociacion Pro Vivienda MORDAZA Grau y que es propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urban. 2.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de la Subgerencia de Logistica, en uso de sus funciones, es el organo encargado de efectuar el MORDAZA de adquisicion del inmueble descrito en el numeral 1. por el monto total de US$ 61,320.00, suma que sera cancelada de la siguiente forma: US$ 35,000.00 dolares americanos o su equivalente en moneda nacional seran cancelados en el presente ano y el saldo correspondiente a la MORDAZA armada sera cancelada en el ano 2007, segun lo pactado en el Acta de Conciliacion de fecha 13 de febrero del 2006, adquisicion que segun los Informes Nºs. 016 y 223-2006-OPP-MSS, cuenta con la disponibilidad presupuestal en el Centro de Gestion 2201 Gerencia de Administracion y Finanzas en la Especifica del Gasto 6.7.11.60 Adquisicion de Terreno, con cargo a la Fuente de Financiamiento 08 "Otros impuestos municipales". 3.- Disponer que a traves de la Oficina de Secretaria General se remitan copias del respectivo Acuerdo de

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