Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2006 (20/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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LICA DEL P E

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328534

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 20 de setiembre de 2006

S/. 682,800.00 (SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS 00/100 NUEVOS SOLES), para la Adquisicion de 420 (cuatrocientos veinte) Alpacas Reproductores Machos Seleccionados e implementacion de 24 (veinte cuatro) rebanos multiplicadores, para la ejecucion del Proyecto "Apoyo a Campesinos Pastores de Altura PROALPACA." Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional 02208-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Instauran MORDAZA administrativo a ex Jefa (e) de la Oficina de Rentas y a ex Jefa de la Division de Comercializacion y Mercados
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0509-2006-MDCH Chorrillos, 4 de setiembre del 2006. CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 006-2006-CEPAD-MDCH la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios indica que la empresa Corporacion Sagitario S.A. mediante Expediente Nº 14022-99 del 12 de noviembre del 1999 solicita Renovacion de Licencia de Funcionamiento de Acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 007-99-MDCH, derivando la Oficina de la Secretaria General del Concejo a la Oficina de Rentas encargada de otorgar las licencias de funcionamiento, la cual otorga Licencia Definitiva con el Certificado Nº 00675-B el 18 de noviembre de 1999, sin tener en cuenta que el Plazo para la renovacion de Licencias de Funcionamiento de acuerdo a la Ordenanza Nº 007-99-MDCH habia vencido el 11 de setiembre del mismo ano; Que, con Expediente Nº 3902-05 del 8 de marzo del 2005 la empresa Corporacion Sagitario S.A. solicita Duplicado de Certificado de Licencia de Funcionamiento, derivandose a la Division de Comercializacion y Mercados area encargada de otorgar Licencias de Funcionamiento de acuerdo al ROF actual de la municipalidad de Chorrillos, la cual emite el Informe Nº 145/2005-DCM-GM-MDCH dirigida a la Gerencia Municipal declarando procedente la solicitud de la recurrente el 19 de marzo del 2005. La Gerencia Municipal observa el informe al verificar que el contrato de arrendamiento se encuentra vencido desde el 29 de noviembre de 1999 y por que la Licencia original del 18 de noviembre de 1999 Certificado Nº 00675-B se otorgo irregularmente por la Oficina de Rentas de ese entonces cuando el plazo de seis meses que otorgaba la Ordenanza Nº 007-99-MDCH habia caducado el 11 de setiembre de 1999; para el efecto envia la Nota de Atencion Nº 039-2005-GM-MDCH a la Oficina del Organo de Control Institucional a fin de determinar responsabilidades de quienes otorgaron Licencia Definitiva irregularmente, la Oficina del Organo de Control Institucional emite el Memorandum Nº 062-2005-OCIMDCH del 5 de MORDAZA del 2005 dirigido a la Oficina de Asesoria Juridica para que emita su opinion legal sobre el particular a efectos de determinar las acciones pertinentes a que hubiere lugar; la Oficina de Asesoria Juridica se dirige a la Asesoria Externa para que emita pronunciamiento especializado al caso materia de autos, la cual emite el Informe Nº 022-AE-MDCH-2005

remitiendo a la Comision Especial de Procesos Administrativos para efectos de la correspondiente determinacion de responsabilidades; Que, de acuerdo al Analisis de lo actuado por la Oficina de Rentas en la tramitacion de la Licencia Definitiva solicitada por Corporacion Sagitario S.A. se ha verificado que no tuvieron en cuenta lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 00799-MDCH que a la letra dice: "Las Personas que a la fecha de publicada la presente Ordenanza cuenten con Autorizacion de Funcionamiento tendran un plazo de seis meses para iniciar el tramite de Autorizacion de Funcionamiento, para lo cual deberan acompanar los requisitos dispuestos en los Arts. 8º y 9º del presente Reglamento, asi como su Autorizacion de Funcionamiento sin ser necesario acompanar el Certificado de Compatibilidad de Uso"; Que, de lo mencionado en los requisitos establecidos en los Arts. 8º y 9º no cumplio la recurrente con adjuntar plano de distribucion a escala 1/100 por tener un area superior a 200 M2 y el plazo de seis meses vencidos el 11 de setiembre 1999 por que el Expediente Nº 1402299 solicitando Autorizacion de Funcionamiento lo presentaron el 12 de noviembre de 1999 dos meses despues del vencimiento, sin embrago con Informe Nº 3382-99-OR emitido por la encargada de la Oficina de Rentas haciendo mencion a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitor ia y Finales de la Ordenanza Nº 007/99-MDCH, hecho que no se ajusta a la verdad por que la recurrente al momento de publicada la referida Ordenanza no existe tramite de renovacion de Licencia de Funcionamiento sino ocho meses despues de su publicacion y ya contaban con la Licencia de Funcionamiento otorgada con el Certificado Nº 009519 del 6 de noviembre de 1998 en cuyo caso se debio aplicar la MORDAZA Disposicion Transitoria y Finales descrita anteriormente y por lo tanto deberia haber iniciado tramite de Compatibilidad de Uso y con este la Licencia de Funcionamiento. Concluyendo que se ha comprobado la existencia de responsabilidad administrativa de parte de la encargada de la Oficina de Rentas Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al emitir el Informe Nº 3382/99-OR al no considerar todos los requisitos de la Ordenanza mencionada, no siendo aplicable la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 007-99-MDCH, sino como un tramite MORDAZA, al perder la oportunidad de haberlo hecho de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final hasta el 11 de setiembre de 1999; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios luego de analizar las conclusiones y encontrando responsabilidad administrativa en la encargada de la Oficina de Rentas tipificada como falta de caracter disciplinario contemplada en el inciso d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de remuneraciones del Sector Publico, asi como Responsabilidad Administrativa de la Jefa de la Division de Comercializacion y Mercados Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA al no verificar si la Licencia de Funcionamiento fue otorgada cumpliendo la Ordenanza Nº 007/99-MDCH para declarar procedente otorgar el duplicado de la Licencia solicitada con el Expediente Nº 3902-05 en su Informe Nº 145/2005-DCM-GM-MDCH del 18 de marzo del 2005, cuyas funciones de acuerdo al Articulo 129º Inciso b) del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Chorrillos aprobado por la Ordenanza Nº 049-MDCH publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de setiembre del 2003 que textualmente dice: Revisar y expedir licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de servicios, asi como permisos, autorizaciones temporales y otros que administre la Municipalidad. En consecuencia ha incurrido en la misma falta de caracter disciplinario que la Encargada de la Oficina de Rentas; Que, de conformidad con el Art. 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del sector publico, en concordancia con el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972.

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