NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (20/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 83
NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 20 de setiembre de 2006 328541REPUBLICADELPERU como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el período para paliar la situación y parasatisfacer necesidades anteriores a la fecha deaprobación de la exoneración del proceso de selección; Que, en el caso presente, analizados los antecedentes y demás documentación adjunta, se evidencia que nos encontramos frente a un apremio concreto e inmediato, en la medida en que los servicios de: a.- Alquiler de Camión Volquete 6x4 330 HP total 154.82 H.M. b.- Alquiler de Cargador sobre llantas 125-155 HP 3 yd3 total 26.38 H.M. c.- Alquiler de Retroexcavadora sobre llantas 58 HP 1yd3 total 76.96 H.M. d.- Alquiler de Zaranda mecánica total 16.63 H.M. e.- Servicio de voladura en Roca Suelta total 6,446.38 M3 f.- Servicio de voladura en Roca Fija total 3,644.09 M3 g.- Servicio de Movimiento de Tierras g.1 Conformación de terraplenes 5,154.80 M3 g.2 Perfilado y compactado en zona de corte 22,524.25 M3 h.- Servicio de Mejoramiento del terreno a nivel de Subrasanteh.1 Extracción de material 1,324.80 M3 h.2 Carguio 1,324.80 M3 h.3 Transporte de material 1,324.80 M3 h.4 Extendido, riego y compactación 3,680.00 M3 i.- Servicio de Afirmadoi.1 Extracción de material 6,577.83 M3 i.2 Carguio 6,577.83 M3 i.3 Zarandeo y apilamiento de material 6,577.83 M3 i.4 Transporte de material seleccionado 6,577.83 M3 i.5 Extendido, riego y compactación 36,543.50 M3 por el valor referencial total, de S/. por el valor referencial total, de S/. 299,878.65 (Doscientos noventa y nueve mil ochocientos setenta y ocho con 65/100), sonindispensables para culminación de la Obra; suinterrupción podría generar contingencias económicasy sociales que afectarían directamente la economía dela Municipalidad, por lo que se concluye que se ha presentado la situación de Desabastecimiento Inminente prevista en el inciso c) del artículo 19º Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, resultando necesario tomar una accióninmediata para contratar lo necesario y por el períodoindispensable; Que, de acuerdo al Informe Nº 197-2006 de la Oficina de Abastecimientos, la contratación de los servicios seriahasta por la cantidad de por el valor referencial total, deS/. 299,878.65 (Doscientos noventa y nueve milochocientos setenta y ocho con 65/100), con cargo a lafuente de financiamiento: Recursos Ordinarios del Gobierno Regional-Encargos, por el período de 90 días calendario; Que, el Informe Legal Nº 001-2006-ALE-JCMB/MDRT, opina por la procedencia de la exoneración del procesode acuerdo a lo señalado en el inciso c) del artículo 19ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, considera que se trata de un servicio esencial y el apremio es concreto e inmediato,resultando indispensable realizar acciones inmediataspara contratar; Que, conforme al artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las adquisiciones y contrataciones exoneradas del proceso de selección, se realizaran mediante accionesinmediatas, debiendo remitirse copia de la Resolución ylos informes sustentatorios a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, asimismo, según lo previsto por el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, la Resolución que aprueba laexoneración deberá publicarse en el Diario Oficial ElPeruano, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión; y adicionalmente, deberá publicarse a través del SEACE;Que, de otro lado, conforme al artículo 148º del citado Reglamento la entidad efectuara las adquisiciones ocontrataciones mediante acciones inmediatas, siendosuficiente, invitar a un solo proveedor, cuya propuestacumpla con las características y condiciones establecidasen las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico; Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto por los artículos 19º, 20º y 21º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones de Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con los artículos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y enuso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de Desabastecimiento Inminente la contratación de: a.- Alquiler de Camión Volquete 6x4 330 HP total 154.82 H.M. b.- Alquiler de Cargador sobre llantas 125-155 HP 3 yd3 total 26.38 H.M. c.- Alquiler de Retroexcavadora sobre llantas 58 HP 1yd3 total 76.96 H.M. d.- Alquiler de Zaranda mecánica total 16.63 H.M. e.- Servicio de voladura en Roca Suelta total 6, 446.38 M3 f.- Servicio de voladura en Roca Fija total 3, 644.09 M3 g.- Servicio de Movimiento de Tierras g.1 Conformación de terraplenes 5,154.80 M3 g.2 Perfilado y compactado en zona de corte 22, 524.25 M3 h.- Servicio de Mejoramiento del terreno a nivel de Subrasanteh.1 Extracción de material 1, 324.80 M3 h.2 Carguio 1, 324.80 M3 h.3 Transporte de material 1, 324.80 M3 h.4 Extendido, riego y compactación 3, 680.00 M3 i.- Servicio de Afirmado i.1 Extracción de material 6, 577.83 M3 i.2 Carguio 6, 577.83 M3 i.3 Zarandeo y apilamiento de material 6, 577.83 M3 i.4 Transporte de material seleccionado 6, 577.83 M3 i.5 Extendido, riego y compactación 36, 543.50 M3 por el valor referencial total, de S/. 299,878.65 (Doscientos noventa y nueve mil ochocientos setenta yocho con 65/100), con cargo a la fuente de financiamiento:Recursos Ordinarios del Gobierno Regional-Encargos,por el período de 90 días calendario. Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Abastecimientos realice la contratación referida en el artículo primero, mediante acciones inmediatas, debiendo observarlo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porel Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Tercero.- El Contrato que se suscriba como consecuencia de la presente exoneración, deberáobservar las disposiciones citadas en el artículo anterior,debiendo además cumplir con los requisitos,condiciones, formalidades y garantías que establece laLey . Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración, haga de conocimiento de la ContraloríaGeneral de la República y del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado, la presenteresolución y los informes que la sustentan, dentro delplazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase.SANTIAGO CAMILO CONTORICÓN ANTUNEZ Alcalde M.D.R.T. 02211-1