Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2006 (20/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano miercoles 20 de setiembre de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES
MORDAZA MONEDA

328533
MORDAZA DE CAMBIO (US$) 0.030386 0.683667 0.199104 0.042017 0.000466 0.000062

CONSIDERANDO: Que el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112005-EF, senala que para la declaracion de la base imponible de los derechos arancelarios y demas tributos aduaneros, los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America; Que asimismo el tercer parrafo del citado articulo senala que en el caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, estos se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA debiendose establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion los factores de conversion monetaria; Que teniendo en cuenta lo senalado anteriormente resulta necesario actualizar los factores de conversion establecidos en la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 402-2006-SUNAT/A, considerando los factores fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, por el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y por Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º: Fijese los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible a que se refiere el tercer parrafo del articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Nº 011-2005-EF, de acuerdo al detalle siguiente:
MORDAZA MONEDA MORDAZA DE CAMBIO (US$) 1.281600 0.012474 0.561798 0.323102 0.763184 0.125945 0.467705 0.655394 0.905305 0.001852 0.125734 0.000418 0.001041 0.171877 0.000040 0.131752 0.128589 0.021538 0.000110 0.229226 0.008520 0.271739 0.091659 0.007819 0.158305 1.000000 0.000186 1.904500 0.037387 0.635768 0.138081 0.812942 0.026624

Taiwan (China Nacionalista) Turquia Ucrania Uruguay Venezuela Viet Nam

MORDAZA Dolar de Taiwan MORDAZA Hryvnia Peso Uruguayo MORDAZA Venezolano Dong

Articulo 2º.- Los factores a que se refiere el articulo anterior deberan ser utilizados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 02244-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Modifican el Acuerdo Regional Nº 0222006-GOB.REG.HVCA/CR, que exonero de MORDAZA de licitacion publica la adquisicion de alpacas para el Proyecto "Apoyo a Campesinos Pastores de Altura PROALPACA"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 034-2006-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 6 de septiembre de 2006 VISTO: El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesion Extraordinaria celebrada el 6 de septiembre del ano 2006, y el Oficio Nº 310-2006/GOB.REG.HVCA/ GRRNyGMA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme dispone el articulo 191º de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, los Gobiernos Regionales tienen autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales dispone que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; y el articulo 103º de la Constitucion Politica del Estado dispone que la ley se deroga solo por otra ley; En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Articulo Primero.- Modificase el articulo 1º del Acuerdo Regional Nº 022-2006-GOB.REG.HVCA/CR, conforme al siguiente texto: "Articulo 1º.- Apruebese la Exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica por el monto referencial de

Union Europea Angola Antillas Holandesas MORDAZA Australia Bolivia Brasil Bulgaria Canada MORDAZA China Republica Popular de Colombia Corea Republica de Dinamarca Ecuador Guatemala Hong MORDAZA MORDAZA Indonesia MORDAZA Japon Malasia, Federacion de Mexico Nigeria Noruega Panama MORDAZA Reino Unido (Inglaterra) Rusia Federacion de Singapur Suecia Suiza Tailandia

MORDAZA Kwanza Dolar de Las Antillas Holandesas Peso MORDAZA Dolar Australiano Boliviano Real Lev Dolar Canadiense Peso MORDAZA Yuan Peso Colombiano Won MORDAZA MORDAZA Sucre MORDAZA Dolar de Hong MORDAZA Rupia de la MORDAZA Rupia de Indonesia MORDAZA Yen Japones Dolar Malasio o Ringgit MORDAZA Peso Mexicano MORDAZA MORDAZA Noruega Balboa Guarani Libra Esterlina Rublo Dolar de Singapur MORDAZA MORDAZA MORDAZA Suizo Baht

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