Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2006 (20/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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328536

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 20 de setiembre de 2006

del Organo de Control Institucional, sobre autorizacion al Procurador Publico Municipal para iniciar acciones judiciales; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º inciso 23 de la Ley Organica de Municipalidades establece como una atribucion del Concejo Municipal autorizar al Procurador Publico Municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el Organo de Control Interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal; Que, el Organo de Control Institucional de la Municipalidad de Lince ha emitido los Informes Especiales Nº 001 y Nº 002-2006-MDL-OCI como resultado del Examen Especial practicado a la Direccion de Desarrollo MORDAZA correspondiente al periodo 2003-2004; Que, el Informe Especial Nº 001-2006-MDL-OCI practicado a la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de Lince, el Organo de Control Institucional concluye en presunta responsabilidad solidaria de naturaleza civil de conformidad a lo establecido en el articulo 1321º del Codigo Civil, en el Gerente de Desarrollo MORDAZA y del Jefe de Obras Publicas y Planificacion MORDAZA, en relacion al otorgamiento irregular de conformidad de servicio respecto de la confeccion e instalacion de la MORDAZA Principal en el Mini Complejo Deportivo MORDAZA MORDAZA, en consecuencia corresponde al Concejo Municipal aprobar la autorizacion al Procurador Publico Municipal a fin de que inicie las acciones judiciales que correspondan; Que, asimismo el Informe Especial Nº 002-2006-MDLOCI, en el 1er. Caso, encuentra presunta comision de Delito de Peculado y contra la Fe Publica previsto en los Arts. 387º y 427º del Codigo Penal, en el ex Subgerente de Obras y ex Gerente de Desarrollo MORDAZA, en relacion a la rendicion de cuentas de anticipos recibidos a su favor; en el 2do. Caso encuentra presunta comision de delito de peculado previsto en el Art. 387º del Codigo Penal en el Gerente General, ex Gerente de Administracion, ex Tesorero y el ex Gerente de Desarrollo MORDAZA, y por el delito de Negociacion incompatible previsto en el Art. 397º del Codigo Penal en el ex Jefe de Abastecimiento, en relacion a la adquisicion de tachos de basura sin previo MORDAZA de seleccion; en el 3er. caso encuentra presunta comision de delito de negociacion incompatible previsto en el Art. 397º del Codigo Penal, en el ex Jefe de Abastecimiento, en relacion a la adquisicion de pintura sin haberse desarrollado el MORDAZA de seleccion respectivo, en consecuencia corresponde al Concejo Municipal autorizar al Procurador Publico Municipal a fin de que inicie las acciones judiciales que correspondan; Por estas consideraciones y con las facultades establecidas en el numeral 1 del articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta por; ACUERDA: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico Municipal para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, inicie las acciones judiciales conforme lo recomendado en los Informes Especiales Nº 001 y Nº 002-2006-MDL-OCI emitido por el Organo de Control Institucional derivado del Examen Especial efectuado a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, periodo 2003 - 2004. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02212-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno
ACUERDO DE CONCEJO Nº 116-2006-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 15 de setiembre de 2006 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Documento Nº 014191.2003 M-1 de la Asociacion Pro-Vivienda MORDAZA Grau, el Documento Nº 02518200512 del Centro de Conciliacion Acuerdos, el Acuerdo de Concejo Nº 14-2006-ACSS, los Informes Nºs. 016 y 223-2006-OPP-MSS de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 469-2006OAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica, el Informe Nº 797-2006-SGL-GAF-MSS de la Subgerencia de Logistica, los Informes Nºs. 270 y 308-2006-GM-MSS de la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, mediante Documento ingresado el 22 de agosto del 2003, la Asociacion Pro Vivienda MORDAZA Grau APAG pone en nuestro conocimiento que en MORDAZA de 1998, la Direccion de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, efectuo la construccion de un ovalo en el cruce de la Av. MORDAZA y la MORDAZA Central, afectando los terrenos 21 y 21-A de la Urbanizacion Aldebaran, propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urban; Que, se ha constatado que efectivamente la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA ejecuto obras sobre propiedad publica y de terceros, afectando una parte correspondiente a la Urbanizacion Aldebaran al construir un ovalo en las intersecciones en la Av. MORDAZA con la MORDAZA Central; Que, con fecha 15 de noviembre del 2005, mediante Documento Nº 025018200512, se recibio una invitacion del Centro de Conciliacion "Acuerdos" para participar en la reunion de conciliacion solicitada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urban, a fin de tratar la controversia del pago de una indemnizacion por parte de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA por la ocupacion de los inmuebles signados como Lotes 21 y 21-A de la Urbanizacion Aldebaran del distrito de MORDAZA de MORDAZA, la suma de US$ 61,320.00 (Sesenta y un mil trescientos veinte y 00/100 dolares americanos); Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 14-2006-ACSS se autorizo a la Procuradora Publica Municipal a conciliar en nombre de esta Municipalidad con los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urban de MORDAZA la adquisicion de los lotes 21 y 21-A de la Urbanizacion Aldebaran, que segun Ficha Nº 191256 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA figura inscrito a nombre de la Asociacion Pro Vivienda MORDAZA Grau y que los actuales propietarios adquirieron de dicha Asociacion, segun contrato de compraventa de fecha 31 de MORDAZA de 1991. Asimismo, se encargo a la Gerencia Municipal evaluar la modalidad de adquisicion de los lotes 21 y 21-A de la Urbanizacion Aldebaran, a efectos si debe sujetarse a las normas de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con fecha 13 de febrero del 2006, se llevo a cabo la Conciliacion entre los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y esposa, la APAG y la Municipalidad de

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