Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2006 (22/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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328638

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 22 de setiembre de 2006

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de septiembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 02371-2

para la interposicion de procesos competenciales por parte del Poder Ejecutivo contra normas y actos emitidos por otro Poder del Estado o demas organos constitucionales, se debera cumplir el siguiente procedimiento: 1.1 El Sector del Gobierno Nacional que considere afectada una competencia o lo dispuesto por el ordenamiento juridico por una MORDAZA aprobada por un Gobierno Regional o Local, y el Sector del Poder Ejecutivo cuya competencia se vea afectada por una MORDAZA o acto emanado de otro Poder del Estado u organo constitucional, deberan emitir los informes tecnico y legal acerca de la vulneracion que contenga la MORDAZA o acto, segun sea el caso. 1.2 Los informes tecnico y legal deberan ser elevados al Ministro del Sector correspondiente para su evaluacion. 1.3 El Ministro del Sector, previa evaluacion de los informes y si considera viable la interposicion del MORDAZA constitucional, debera sustentarlo ante el Consejo de Ministros y proponer se interponga la demanda correspondiente. Concedida la aprobacion mediante MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, el Presidente de la Republica designa a uno de sus Ministros o al Ministro del Sector afectado por la MORDAZA o acto, para que presente la demanda y lo represente en el proceso. 1.4 El Ministro designado, mediante Resolucion Ministerial, puede delegar su representacion en el Procurador Publico de su Sector o en un Procurador Publico Ad Hoc, para que ejerza la defensa de los intereses del Poder Ejecutivo en el MORDAZA competencial". Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de setiembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 02371-3

Modifican articulo 1º del Decreto Supremo Nº 043-2005-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 060-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el articulo 109º del Codigo Procesal Constitucional, el Tribunal Constitucional conoce de los conflictos que se susciten sobre las competencias o atribuciones asignadas directamente por la Constitucion o las leyes organicas, que delimiten los ambitos propios de los poderes del Estado, los organos constitucionales, los gobiernos regionales o municipales y que opongan, entre otros, a los poderes del Estado entre si o con cualquiera de los demas organos constitucionales, o a estos entre si; Que, el mismo dispositivo establece para el caso de los poderes o entidades estatales en conflicto, que estos actuaran a traves de sus titulares; Que, no existe normatividad que establezca el procedimiento previo a la interposicion de un MORDAZA competencial por parte del Poder Ejecutivo contra otro Poder del Estado o demas organos constitucionales al MORDAZA del articulo 109º del Codigo Procesal Constitucional, MORDAZA citado; Que, mediante el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 043-2005-PCM, se establecio el tramite previo a la interposicion de procesos constitucionales de inconstitucionalidad y competencial, por parte de los sectores del Gobierno Nacional, contra normas, y actos emitidos por Gobiernos Regionales y Locales; tramite que es necesario ampliar a fin de que abarque de modo general el procedimiento que debe seguirse para la interposicion de un MORDAZA competencial por parte del Poder Ejecutivo contra otro Poder del Estado y demas organos constitucionales, al MORDAZA del numeral 3 del articulo 109º del Codigo Procesal Constitucional; De conformidad con lo establecido en el articulo 118º numeral 8) de la Constitucion Politica del Peru, articulo 3º numeral 2) del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022000-JUS; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 043-2005-PCM Modificase el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0432005-PCM, el mismo que queda redactado en los siguientes terminos: "Para la interposicion de procesos constitucionales de inconstitucionalidad y competencial por parte de los sectores del Gobierno Nacional, contra normas y actos emitidos por Gobiernos Regionales y Locales, asi como

Dejan sin efecto la R.S. Nº 274-2006PCM, sobre autorizacion de viaje del Ministro de Economia y Finanzas a Singapur
RESOLUCION SUPREMA Nº 277-2006-PCM MORDAZA, 21 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 274-2006PCM, se autorizo el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ugarte, Ministro de Estado en la Cartera de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de Singapur, Republica de Singapur, del 15 al 21 de setiembre de 2006, con la finalidad que asista a las Reuniones Anuales del Banco Mundial (BM) y el Fondo Monetario Internacional (FMI); Que, asimismo se encarga la Cartera de Economia y Finanzas a la doctora MORDAZA Mazzetti Soler, Ministra del Interior, en tanto dure su ausencia; Que por razones de fuerza mayor, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ugarte, Ministro de Economia y Finanzas no podra concurrir a las Reuniones a que se refiere el primer considerando, por lo que resulta necesario dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 274-2006PCM;

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