Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2006 (22/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 22 de setiembre de 2006

Que, del analisis de los expedientes presentados el Instituto de Transporte Terrestre del Peru - INTRAP PERU se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos en el articulo 135º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes y en la Resolucion Directoral Nº 1861-2006-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos que acreditan su cumplimiento para acceder a dicha autorizacion: - Solicitud firmada por el presidente del Consejo Directivo, Sr. MORDAZA Suenaga Hironaka; - MORDAZA de la Escritura Publica de Constitucion de la asociacion sin fines de lucro de fecha 26 de setiembre del 2001 y de la modificacion de Estatutos de fecha 9 de febrero de 2006, ambos otorgados ante Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Somocurcio MORDAZA e inscritos en la Partida Nº 11011718 del Libro de Asociaciones del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA , donde tambien se acredita la representacion legal del solicitante; - MORDAZA de los documentos que acreditan la experiencia de la Asociacion en la organizacion y/o dictado de cursos de capacitacion o eventos en materia de transporte y/o MORDAZA terrestre. - Relacion de la plana docente que brindara la capacitacion y fotocopia de los curriculum vitae de dichos profesionales y/o tecnicos; - Plan de Estudios para la capacitacion de conductores del servicio de transporte interprovincial de personas y transporte de mercancias que contiene el horario academico, el numero de horas asignadas a cada curso y los docentes responsables del dictado de los mismos; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; y el Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias, Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto de Transporte Terrestre del Peru - INTRAP PERU como Entidad de Capacitacion de Conductores del Servicio de Transporte Interprovincial de Personas de ambitos nacional y regional, asi como de Transpor te de Mercancias, pudiendo operar como tal en el local ubicado en MORDAZA Bellavista L-4, Urbanizacion Huancaro - Cusco. Articulo 2º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 01948-1

VIVIENDA
Disponen la incorporacion de proyectos de agua y desague en la relacion a que se refiere la Ley Nº 28870 y la aplicacion del procedimiento simplificado establecido en el D.S. Nº 024-2006VIVIENDA
DECRETO SUPREMO Nº 027-2006-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2006VIVIENDA, se declaro en emergencia el sistema de almacenamiento y tratamiento del agua potable de la

MORDAZA de Tambopata, Puerto MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, disponiendose que la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata EMAPAT S.R.Ltda. se encargue de la ejecucion de las obras necesarias para asegurar la adecuada prestacion de los servicios de saneamiento, a traves de la ejecucion del reservorio, la planta de tratamiento de agua potable y de todo aquello que sea necesario para su funcionamiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 195-2006VIVIENDA, se declaro en situacion de desabastecimiento inminente los servicios de saneamiento del distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, aprobandose la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de la ejecucion y supervision de la Obra de Saneamiento denominado "Obras Complementarias para las Obras de Agua Potable y Desague de San Clemente"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 196-2006VIVIENDA, se declaro en situacion de desabastecimiento inminente los Servicios Publicos de Saneamiento del C.P. Hoja Redonda, distrito de El MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, aprobandose la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de la ejecucion y supervision de la obra denominada "Proyecto de Agua Potable y Desague Centro Poblado Hoja Redonda"; Que, las Resoluciones Ministeriales se expidieron al MORDAZA de lo establecido en el articulo 4º y la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28452, la cual dispone la ejecucion, culminacion y liquidacion de los proyectos y obras de UTE - FONAVI y se declara en situacion de urgencia las contrataciones y adquisiciones necesarias que permitan una adecuada recepcion de los referidos proyectos y obras, exonerandose al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento de la aplicacion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28870, "Ley para Optimizar la Gestion de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento"; se declaro en situacion de emergencia los proyectos de agua y desague para la prestacion de los servicios de saneamiento que elabore y apruebe la Direccion Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el Informe Nº 080-2006-VIVIENDA/VCS/DNS-P de fecha 19 de setiembre del 2006 de la Direccion Nacional de Saneamiento ha establecido que los proyectos a que se refieren los considerando precedentes califican para incorporarse en la relacion de proyectos prioritarios de agua y desague a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 28870; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2006VIVIENDA, se establecio un procedimiento especial para los procesos de contrataciones y adquisiciones para la ejecucion de los proyectos de saneamiento; Que, el Decreto Supremo Nº 026-2006-VIVIENDA por el cual se dictaron medidas complementarias al Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA, establece en su articulo 2º que para los procesos de seleccion que se realicen respecto de los proyectos prioritarios de agua y desague a que se refiere la Ley Nº 28870, se aprueba lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 3º de la Ley Nº 28870, en cuyo caso sera de aplicacion el procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA; Que, en aras de los principios de libre competencia, imparcialidad, celeridad y transparencia es necesario que los procesos de seleccion para la contratacion de la ejecucion y supervision de las obras a que se refieren los considerandos precedentes se ejecuten al MORDAZA del procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA y sus modificatorias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 28870; DECRETA: Articulo 1º.- De la incorporacion de Proyectos Prioritarios de saneamiento Incorporese en la relacion de proyectos prioritarios de agua y desague a que se refiere la Ley Nº 28870 y apliquese el procedimiento simplificado a que se refiere el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA, a aquellos

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