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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (22/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 22 de setiembre de 2006 328655REPUBLICADELPERU contenidos en el Informe Nº 080-2006-VIVIENDA/VCS/ DNS-P de fecha 19 de setiembre del 2006 elaborado porla Dirección Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que figuran en el Anexo del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Del procedimiento a que se refiere el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA por partede los Gobiernos Regionales De acuerdo a lo establecido en el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 026-2006-VIVIENDA, autoríceseal Gobierno Regional de Ica para la ejecución de la obra denominada "Obras Complementarias para las Obras de Agua Potable y Desagüe de San Clemente." Asimismo, autorícese a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. - EPS SEMAPACH S.A. - para la ejecución de la obra "Proyectode Agua Potable y Desagüe Centro Poblado Hoja Redonda". El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial dispondrá las transferencias financieras que correspondan con el objeto de financiar la ejecución de dichas obras, previasuscripción del convenio correspondiente; Artículo 3º.- Derogatoria Deróguese las Resoluciones Ministeriales Nºs. 195- 2006-VIVIENDA y 196-2006-VIVIENDA y déjese sin efecto el proceso de selección para la contratación de laejecución y supervisión de las siguientes obras en cualquiera de sus etapas: (i) "Obras Complementarias para las Obras de Agua Potable y Desagüe de SanClemente" y (ii) "Proyecto de Agua Potable y Desagüe Centro Poblado Hoja Redonda". Asimismo, deróguese el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2006-VIVIENDA respecto de la exoneración del proceso de licitación, concurso y adjudicación directa. Artículo 4º.- Normas complementarias Mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción se dictarán las normas complementarias al presente Decreto Supremo. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la ciudad de Lima, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 02371-4 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73 /G61/G20 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G73/G20 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6C/G61/G70/G75/G6A/G61/G2C/G20/G43/G75/G72/G69/G62/G61/G79/G61/G2C/G50/G69/G73/G61/G63/G6F/G6D/G61/G2C/G20/G50/G6F/G6D/G61/G63/G61/G6E/G63/G68/G61/G20/G79/G20/G50/G61/G6E/G63/GE1/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2006-VIVIENDA Lima, 20 de setiembre de 2006 Visto; el Oficio Nº 0152-2003-MDC-A de fecha 19 de diciembre de 2003, emitido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Calapuja, el Informe TécnicoNº 047-2006/VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM-ARR de fecha 8 de junio de 2006, emitido por el Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM; y, elMemorándum Nº 085-2006-VIVIENDA/OGA-CGP , de fecha 21 de julio de 2006, emitido por el Comité de Gestión Patrimonial;CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 111-96, modificado por Decretos de Urgencia Nº 023-97 yNº 086-97, se dispone la adquisición de maquinaria para la industria del calzado, confección y tejido, procedentes de la República Popular China, con la finalidad detransferirla a pequeños y microempresarios, a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promociónsocial sin fines de lucro; Que, el Decreto Supremo Nº 026-2005-VIVIENDA, establece que el Programa de Equipamiento BásicoMunicipal - PREBAM, evalúe las solicitudes de donación de equipos que se realice al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la formación demaquicentros en las Municipalidades, Centros Educativos y demás Organizaciones Sociales, abarcando su función desde la supervisión hasta lainstalación de dichos bienes en su destino; Que, a través del Oficio Nº 0152-2003-MDC-A, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Calapuja, solicitaal Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la donación de maquinaria para la instalación de un maquicentro en la Institución Educativa Calapuja; Que, mediante Informe Técnico Nº 047-2006/ VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM-ARR, adjunto al Memorándum Nº 114-2006-VIVIENDA/VMCS-DNC-PREBAM, el Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM expresa su conformidad a la donación de la maquinaria detallada en dicho documento, en atención alas consideraciones técnicas del expediente que contiene la solicitud de donación; Que, con Memorándum Nº 085-2006-VIVIENDA/ OGA-CGP , de fecha 21 de julio de 2006, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento BásicoMunicipal - PREBAM y, actuando de conformidad con lo dispuesto en la “Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposición debienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos”, aprobada por Resolución de SecretaríaGeneral Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de la maquinaria detallada en el Anexo adjunto a la presente Resolución; Que, según se desprende del Informe Nº 335-2004/ VIVIENDA-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, los bienes comprendidos en losDecretos de Urgencia citados en el primer considerando, pueden ser transferidos a las Municipalidades, que ejecuten programas y proyectos de desarrollo, celebrenconvenios con Centros Educativos u Organizaciones Sociales, orientados a la implementación de la tecnología en el sistema educativo, como es el caso del conveniode cooperación interinstitucional suscrito entre la Municipalidad Distrital de Calapuja, provincia de Lampa, departamento de Puno, con la Institución EducativaCalapuja; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la donación de la maquinaria detallada en el Anexo adjuntoa la presente Resolución, a favor de la Municipalidad Distrital de Calapuja, provincia de Lampa, departamento de Puno, con la finalidad de implementar un maquicentroen la Institución Educativa Calapuja; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779; en laLey Nº 27792; y, en el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizada en S/. 5,403.87 (Cinco Mil Cuatrocientos Tres y 87/100 Nuevos Soles),a favor de la Municipalidad Distrital de Calapuja, provincia de Lampa, departamento de Puno, con la finalidad de implementar un maquicentro en la Institución EducativaCalapuja. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM, deberá constatar que laMunicipalidad Distrital de Calapuja, provincia de Lampa, departamento de Puno, instale el maquicentro en la Institución Educativa Calapuja.