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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (22/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 22 de setiembre de 2006 328651REPUBLICADELPERU Que, es necesario aceptar la mencionada renuncia; así como designar al funcionario que debe desempeñar el cargo de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para elBienestar Familiar - INABIF , del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793 y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el economista LORENZO LORENZO TERRONESVILLEGAS, al cargo de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF , del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor SERGIO EUGENIO MIRANDA FLORES, en el cargo de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF , del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, cargo considerado de confianza. Artículo 3º.- El citado profesional, a la conclusión de su designación retornará a la plaza CAP-866, de Especialista Administrativo Nivel SP-ES de la Unidad de Planeamiento y Resultados, que ocupa en el Cuadro deAsignación de Personal de la Unidad Ejecutora 006 - INABIF . Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 02359-3 PRODUCE /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G72/G72/G6F/G72/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G69/G67/G6E/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G33/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G50/G52/G4F/G44/G55/G43/G45/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F /G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 232-2006-PRODUCE Lima, 19 de setiembre del 2006Visto, el Informe Técnico Nº 015-2006-PRODUCE/ OGPP/Octai del 21 de agosto de 2006, emitido por laOficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 133-2006- PRODUCE, se aceptó la donación efectuada por el Gobierno del Japón, para la ejecución del Proyecto"Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara - Provincia de Talara - Región Piura, hasta por la suma de ¥ 298 000 000(Doscientos noventa y ocho millones y 00/100 yenes); Que, mediante informe del visto, la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionalescomunica que se habría consignado un error material en la Resolución Ministerial Nº 133-2006-PRODUCE, en el extremo referido a la denominación del Proyecto:"Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara - Provincia Talara - Región Piura", correspondiendo la denominación "Proyecto deAmpliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara", por lo que dicho órgano técnico emite opinión favorable a efectos de larectificación que corresponde; Que, el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que loserrores materiales o aritméticos en los actosadministrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión,por lo que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, en el presente caso, la rectificación del error material consignado en la Resolución Ministerial Nº 133- 2006-PRODUCE no altera lo sustancial de su contenidoni el sentido de la decisión; De conformidad con el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Generaly, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 11º literal j) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por DecretoSupremo Nº 010-2006-PRODUCE; Con el visado del Viceministro de Pesquería, las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto y deAsesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectificar el error material consignado en la Resolución Ministerial Nº 133-2006-PRODUCE, enlo que corresponde a la denominación del proyecto a ejecutarse, de acuerdo al siguiente detalle: DICE: Proyecto: "Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara - Provincia Talara - Región Piura". DEBE DECIR: "Proyecto de Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara". Artículo 2º.- Transcribir, la presente Resolución Ministerial a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República,dentro de los plazos legales establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 02302-1 SALUD /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G49/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G49/G49/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G53/G75/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 891-2006/MINSA Lima, 19 de setiembre del 2006Vista la renuncia presentada por el ingeniero Víctor Hugo Avalos Jacobo y el Oficio Nº 342-2006-DG-DISA-II-LS; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 847-2004/ MINSA, de fecha 31 de agosto de 2004, se designó alingeniero Víctor Hugo Avalos Jacobo, en el cargo de Asesor I de la Dirección de Salud II Lima Sur; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de laCarrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el artículo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el ingeniero Víctor Hugo AVALOS JACOBO, al cargo de