NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (27/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 23
NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 27 de setiembre de 2006 328977REPUBLICADELPERU Que, de lo actuado en sede administrativa, se advierte que estaría acreditado el estado de necesidad por lo quese podría proceder a la exoneración del proceso de selección subexamine, el cual deberá ser aprobado mediante Acuerdo de Concejo, sustentado con el documento a) de la referencia y el presente informe y publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, una copia del Acuerdo y el informe, deberán ser remitidos a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del titular del pliego y dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, conforme lo señala el artículo 20º de la Ley. Que, se da cuenta de ello en la medida que mediante comunicado Nº 002-2003-CONSUCODE ratificó el carácter excepcional de las exoneraciones. En tal sentido, resultan contrarios a las disposiciones legales antes citadas, los reiterados casos de exoneraciónmediante los cuales, entre otros, se dispone la adquisición de insumos requeridos para el Programa de Vaso de Leche por situación de urgencia, por períodos consecutivos que exceden el lapso requerido para paliar la situación generada y la omisión de una oportuna convocatoria a los procesos de selección respectivosque obligue, en los casos de actividades esenciales de la entidad, a la declaración de una situación de desabastecimiento inminente y posterior exoneración delproceso de selección respectivo supone necesariamente la determinación de las responsabilidades que correspondan. Que, por otro lado, de conformidad con la parte in fine del segundo párrafo del artículo 21º de la Ley, en cualquier caso la autoridad competente para autorizar la exoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio antes descrito, el inicio de las acciones que correspondan de conformidad con el artículo 47º de la Ley. Estando a las facultades conferidas por el artículo 20º literal c) y 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con el Voto por Mayoría de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo. SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Recojo y Traslado de Residuos Sólidos del distrito de Puente Piedra por el plazo que dure el proceso de selección de acuerdo a los condicionamientos técnicos detallados en el Informe Nº 260-2006-GMASL-MDPP (esto es; por 60 días para el recojo mensual de 2,022 TM de residuos sólidos), lo que representa un costo mensual aproximado en dinero de S/. 90,000.00 (NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- REMITIR COPIAS CERTIFICADAS de lo actuado al Órgano de Control Interno; a fin de que se establezca si existieran las responsabilidades de los servidores o funcionarios. Artículo Tercero.- Que respecto al procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, deberán realizarse de acuerdo a lo establecido al artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado D.S. Nº 084-2004-PCM. Artículo Cuarto.- EXONERAR del Proceso de Selección correspondiente, publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo de Concejo, así como remitir copias de los informes y del Acuerdo de Concejo a la Contraloría General de la República y al Concejo Superior de Contracciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Subgerencia de Logística yServicios Generales y al Comité Especial Permanente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 02458-1/G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G22/G50/G6F/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G64/GED/G61/G20/G65/G6E/G20/G46/G69/G65/G73/G74/G61/G73/G50/G61/G74/G72/G69/G61/G73/G22/G2C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G4E/GBA/G20/G30/G38/G36/G2D/G4D/G44/G50/G50 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2006-MDPP Puente Piedra, 28 de agosto de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA VISTOS: La Ordenanza Municipal Nº 086-MDPP; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 55º Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades), señalaque los Bienes, Rentas y Derechos de cada Municipalidad constituyen su Patrimonio; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario - D.S. Nº 135-99-EF , establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 086-2006-MDPP de fecha 5 de julio del 2006, se aprobó la CAMPAÑA "PONTE AL DÍA POR FIESTAS PATRIAS", otorgando este beneficio hasta el 27 de julio del 2006; Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 086-MDPP , el Alcalde mediante Decretode Alcaldía puede dictar las medidas necesarias y/o reglamentarias, incluyendo la ampliación de la vigencia del beneficio de la presente Ordenanza, de ser necesaria la misma; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2006- MDPP de fecha 27/7/2006 se amplió el plazo de vigencia de la Campaña "Ponte al día en Fiestas Patrias" hasta el31 de agosto del presente; Que, es necesario dar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, dada la difícil situación económica actual, con el fin de permitir el cumplimientode sus obligaciones tributarias; Estando a lo dispuesto por el Artículo Séptimo de la Ordenanza Nº 086-MDPP , y a lo que establece la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia de la CAMPAÑA "PONTE AL DÍA EN FIESTAS PATRIAS", otorgadas mediante la Ordenanza Nº 086-MDPP , hastael 29 de septiembre del 2006. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia deAdministración Tributaria, Gerencia de Informática y Estadística, y Gerencia de Administración. Regístrese, publíquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 02426-1