NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (27/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 27 de setiembre de 2006 328967REPUBLICADELPERU Investigación Económica, a la ciudad de Santiago, Chile, los días 27 al 29 de septiembre de 2006, y al pago de losgastos, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 627,17 Viáticos US$ 600,00 Tarifa única de uso de aeropuer to US$ 30,25 ----------------- TOTAL US$ 1 257,42 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. KURT BURNEO FARFÁN Director en ejercicio de la Presidencia 02431-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G61/G76/G69/G73/G6F/G73/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G45/G4E/G49/G45/G43 /G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G37 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 869-2006-JEF/RENIEC Lima, 25 de setiembre de 2006 VISTOS; el Oficio Nº 291-2006/GII/RENIEC, de fecha 12 de junio de 2006, de la Gerencia de ImagenInstitucional; el Informe Nº 1177-2006/SGLG/GAD/ RENIEC, de fecha 19 de julio de 2006, de la Subgerencia de Logística; el Informe Nº 000016-2006/PGA/GII/RENIEC, del 28 de junio de 2006, de la Gerencia de Imagen Institucional; el Oficio Nº 001311-2006/GPP/ RENIEC, de fecha 10 de julio de 2006, de la Gerencia dePlanificación y Presupuesto; el Informe Nº 893-2006- GAJ/RENIEC, de fecha 1 de agosto de 2006, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Acta Nº 06-2006 delComité Técnico Económico del RENIEC, de fecha 8 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 291-2006/GII/RENIEC, de fecha 12 de junio de 2006, la Gerencia de Imagen Institucional informa sobre la necesidad de contar con el servicio de Publicación de Avisos Informativos del RENIEC en las Páginas Amarillas 2007, Páginas Blancas 2007, así como en la Guía de Bolsillo y On- Line 2007; Que, a través del Informe Nº 1177-2006/SGLG/GAD/ RENIEC, de fecha 19 de julio de 2006, la Subgerencia de Logística señala que, ha realizado el estudio de mercado respectivo, determinando un valor referencial para dicha contratación que asciende a S/. 28,924.14 Nuevos Soles, incluido los impuestos de ley; Que, asimismo, con Oficio Nº 000327-2006/GII/ RENIEC, de fecha 28 de junio de 2006, la Gerencia de Imagen Institucional remite a la Gerencia deAdministración el Informe Nº 000016-2006/PGA/GII/ RENIEC, del 28 de junio de 2006 que contiene las características particulares que se constituyen comorazones técnicas que justifican la procedencia de la exoneración por causal de servicios personalísimos de la contratación del servicio de Publicación de AvisosInformativos con la empresa Telefónica Publicidad e Información Perú S.A.C. para el año 2007, señalandoque las Páginas Amarillas es el medio más utilizado en el país, siendo considerada por Apoyo, Opinión y Mercado, como el más consultado en empresas y hogares para la búsqueda de números telefónicos comerciales. Según E-cámara.Net, el uso de las Guíasde Páginas Amarillas de Telefónica es de 95.5% en hogares y 97% en empresas, el tiraje de las Guías de Páginas Amarillas es de 933,000 ejemplares en Lima, superando ampliamente cualquier tiraje de medios de comunicación impresos, teniendo además una vigencia anual, lo cual permite un mayor tiempo de exposición de los avisos publicados; Que, respecto a las Páginas Blancas, señala el Informe que son el medio más eficaz de búsqueda denúmeros telefónicos específicos en hogares y empresas; pues se reparten por cada número telefónico fijo registrado en Telefónica del Perú, su campo geográfico abarca todo Lima y su aviso llega a todo lugar donde haya un teléfono fijo; Que, con relación a las Páginas Amarillas de Bolsillo, se indica que ésta versión de las Páginas Amarillas puede ser trasladada fácilmente y llevada sin inconvenientes para una consulta rápida y sencilla, contando con un tiraje exclusivo de 180,000 ejemplares a consumidores comprobados; Que, respecto a las Páginas Amarillas ON Line, señala el informe que dicho website es el más visitado del Perú en el ámbito de consultas acerca de organizaciones sean comerciales o no. Según datos de Interna y Certifica, empresa que realiza mediciones de websites, Páginas Amarillas On Line recibe más de un millón y medio de consultas mensuales y tiene 600 mil visitantes únicos comprobados al mes. La ventaja de publicar en este website es la ubicación preferente que ofrece, así como una disponibilidad de consulta las 24 horas del día y la posibilidad de actualizar o cambiar el aviso en el momento que se desee, teniendo además vigencia por un año; Que, de acuerdo con el Informe Nº 1083-2006/SGLG/ GAD/RENIEC, luego de efectuada la verificación del requerimiento, se acredita que éste no se encuentra previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2006 del RENIEC; Que, mediante Oficio Nº 001311-2006/GPP/RENIEC, de fecha 10 de julio de 2006, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, señala que la referida contratación cuenta con disponibilidad presupuestaria por S/. 28,924.14 Nuevos Soles, incluidos los impuestos de ley, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados; Que, el artículo 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, siendo aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el artículo 23º del Reglamento de la referida ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que el Plan Anual debe considerar todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del régimen que las regule; Que, de otro lado, el numeral 1) del artículo 27º del mencionado Reglamento indica que el Plan Anual de la Entidad podrá ser modificado cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección, encontrándose su aprobación y difusión sujetos a la forma prevista en losartículos 25º y 26º de la norma acotada; Que, en tal sentido, en aplicación de los artículos 25º y 26º del Reglamento, la modificación del Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el Titular de la Entidad y publicado en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de modificado; Que, adicionalmente, el Plan Anual modificado deberá estar a disposición de los interesados en la dependenciaencargada de las adquisiciones y contrataciones del RENIEC y en la página web institucional;