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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (27/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328970El Peruano miércoles 27 de setiembre de 2006 MINISTERIO PÚBLICO /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61 /G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65 /G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1157-2006-MP-FN Lima, 25 de setiembre de 2006 VISTOS: El Memorándum Nº 101-2006-MP-FN-GG-GINFRA, de fecha 25 de agosto de 2006, de la Gerencia de Infraestructura, el Testimonio de la Escritura Pública de Donación, de fecha 14 de setiembre del año 2005 en la que se encuentra inserta el Acuerdo de Concejo Nº 057- 2004-MPL, otorgada por la Municipalidad Provincial de Lambayeque, Informe Técnico Legal Nº 016-2006-MP- FN-CGP-AD, de fecha 8 de setiembre de 2006 del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo, de fecha 16 de agosto de 2004, en su Décima Sexta Sesión Ordinaria, la Municipalidad Provincial de Lambayeque, resolvió otorgaren donación a favor del Ministerio Público, el lote de terreno Nº 03 de la Mza H6 del Pueblo Joven San Martín de Porres, ubicado en la ciudad de Lambayeque, con unárea total de 459.70 m2; Que, con fecha 14 se setiembre del año 2005, se eleva por ante el Notario Público Sergio V. Vera Gonzalesde la ciudad de Lambayeque, la Escritura Pública de donación otorgada por la Municipalidad Provincial de Lambayeque, a favor del Ministerio Público; Que, el Comité de Gestión Patrimonial, en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes dePropiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF , ha emitido el Informe Técnico Legal Nº 016-2006-CGP-AD de fecha 8 de setiembre de 2006,recomendando aceptar la donación de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, a favor del Ministerio Público, del lote de terreno Nº 03 Mza H6 del Pueblo Joven SanMartín de Porres con un área total de 459.70 m2, ubicado en la provincia de Lambayeque, departamento de Lambayeque el mismo que se encuentra debidamenteinscrito en los Registros Públicos de Lambayeque con la Partida Electrónica Nº 10116690, para ser destinado exclusivamente a la construcción del local de la DivisiónMédico Legal y Morgue de Lambayeque; Que en consecuencia, es necesario expedir el acto resolutivo aceptando la donación, del terreno citado enel considerando precedente, a fin de proceder a incorporarlo en el margesí de bienes inmuebles del Ministerio Público, conforme a lo señalado en el artículo56º y siguientes del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Contando con las visaciones de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Logística, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF , Directiva Nº 006-2002/SBN aprobada por Resolución Nº 026-2002/SBN y el artículo 64º delDecreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la donación del lote de terreno Nº 03 de la Mza H6 del Pueblo Joven San Martínde Porres, provincia de Lambayeque, departamento de Lambayeque, cuya extensión es de 459.70 m2, el mismoque se encuentra debidamente inscrito en los Registros Públicos de Lambayeque, en la Partida Electrónica Nº 10116690 cuyas características a continuación se detallan: Descripción del inmueble Área Total : 459.70 M2 Linderos y Medidas Perimétricas Por el Norte : Con 12.25 ML con la calle 17. Por el Sur : Con 10.92 ML. con la calle 18 Por el Este : Con 39.77 ML. con la Av. Las Dunas. Por el Oeste : Con 39.61 ML. con la calle 19. Artículo Segundo.- Agradecer a la Municipalidad Provincial de Lambayeque, la importante donación efectuada a favor del Ministerio Público. Artículo Tercero.- Disponer que el Comité de Gestión Patrimonial, Gerencia Central de Logística y la Gerencia Central de Finanzas, efectúen las acciones administrativas correspondientes. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Municipalidad Provincial de Lambayeque, Superintendencia de Bienes Nacionales, Gerencia General, Gerencia de Infraestructura, Comité de Gestión Patrimonial, Gerencia Central de Logística, Oficina de Asesoría Jurídica y a los interesados para los finespertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 02442-1 S B S /G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G6D/GE1/G78/G69/G6D/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G65/G72/G74/G75/G72/G61 /G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G73/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G74/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G73/G65/G74/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G2D/G6E/G6F/G76/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G32/G30/G30/G36 CIRCULAR Nº B-2159-2006 Lima, 22 de setiembre de 2006 CIRCULAR Nº B - 2159 - 2006 F - 0499 - 2006 CM - 0346 - 2006 CR - 0215 - 2006 Ref.: Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre setiembre 2006 – noviembre 2006 Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,Ley Nº 26702 y sus modificatorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral,correspondiente al período setiembre 2006 – noviembre 2006, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el