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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (05/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de abril de 2007 342968 ORDENANZA EXONERACIÓN DE PAGO DE DERECHO DE TRÁMITE DE MATRIMONIO CIVIL PARA LA REALIZACIÓN DEL SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007 Artículo 1º.- ESTABLECER la EXONERACIÓN del Pago de Derecho de Trámite de Matrimonio Civil para el Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el 12 de mayo del presente año en el distrito de Independencia, disponiéndose un pago único reducido de S/.80.00 (OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) por Derecho de Trámite de Matrimonio Civil. Artículo 2º.- ESTABLECER la EXONERACIÓN de la “Capacitación en Temas de Relaciones de Pareja y Crianza de los Hijos para Parejas que van a contraer Matrimonio” aprobada mediante Ordenanza Nº 072-2004-MDI de fecha 13 de abril de 2004, a las parejas contrayentes que participen en el Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2007. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General a través del Área de Registro Civil, Gerencia de Administración de Recursos y Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ESTABLECER que mediante Decreto de Alcaldía se dictarán las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde 46045-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Prorrogan vencimiento de plazo para acogerse al Régimen de Beneficios Tributarios y Administrativos Extraordi-narios “Ponte al día con Jesús María” DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2007-MDJM Jesús María, 28 de marzo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA Visto, el Memorándum N° 372-2007-MDJM/GR, de fecha 28 de marzo del 2007 por el cual se solicita prórroga de diversos bene fi cios tributarios; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza N° 209-MDJM se estableció un Régimen de Bene fi cios Tributarios y Administrativos Extraordinarios Ponte al día con Jesús María para que los vecinos de Jesús María regularicen el cumplimiento de sus obligaciones generadas por el Impuesto Predial y los Arbitrios de Limpieza Pública, de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana, además de las multas tributarias y administrativas; Que, el artículo 6 de la citada Ordenanza faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia del mismo; Que, atendiendo a una moderna y e fi ciente gestión administrativa, resulta ser una función de la Municipalidad otorgar las mayores facilidades a los contribuyentes para que se cumpla con la regularización del pago de sus obligaciones tributarias y administrativas; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY N° 27972 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el vencimiento del plazo para acogerse al Régimen de Bene fi cios Tributarios y Administrativos Extraordinarios “Ponte al día con Jesús María” establecido en la Ordenanza N° 209-MJM hasta el 30 de abril del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Gerencias de Rentas y de Administración y a las Unidades de Informática, Tesorería, Logística y Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones, la difusión de la misma. Regístrese, publiquese y cúmplase.ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 45687-1 Prorrogan fecha para pago de arbitrios y vigencia de beneficios otorgados mediante Ordenanza N° 214-MJM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2007-MDJM Jesús María, 28 de marzo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; Visto, el Memorándum Nº 372-2007-MDJM/GR, de fecha 28 de marzo del 2007 por el cual se solicita prórroga de diversos bene fi cios tributarios; y, CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 007-2007- MDJM, se prorrogó hasta el 30 de marzo, el vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales, así como los bene fi cios tributarios de pago adelantado y acogimiento a la tasa social, conforme a las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 214-MJM, y la Ordenanza Nº 205-MJM; Que, mediante Ordenanza Nº 219-MJM, se ha modi fi cado el bene fi cio de la Tasa Social, ampliando el plazo para acogimiento de la misma hasta el 30 de abril; Que, resulta necesario ampliar el bene fi cio de descuento por pronto pago, así como el vencimiento de los meses de enero a marzo de los Arbitrios Municipales, a efectos de que los contribuyentes que presenten su solicitud de aplicación de la tasa social puedan optar por realizar el pago de la totalidad de sus obligaciones; Que, asimismo resulta necesario prorrogar la vigencia de los bene fi cios a fi n de que los contribuyentes que por diversos motivos no han podido realizar el pago de sus obligaciones tributarias, puedan acogerse a los mismos; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 30 de abril del 2007, la fecha para el pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero, febrero y marzo del año 2007. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el día 30 de abril del 2007, la vigencia de los bene fi cios tributarios otorgados por el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 214-MJM, por el pago adelantado del año 2007 y del primer semestre del año 2007 de los Arbitrios Municipales, consistente en el descuento del 12% y 6% sobre el monto insoluto de los Arbitrios Municipales del 2007, respectivamente. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones, la difusión y publicación de la misma. Regístrese, publiquese y cúmplase.ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 45687-2