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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (15/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de abril de 2007 343598 Artículo 2º.- Déjese sin efecto el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 157 de fecha 5 de julio del año 2006. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en San isidro a los veintiséis dias del mes de diciembre del año dos mil seis. JORGE SALMON JORDAN Alcalde 48724-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Fijan montos de remuneración mensual de Alcalde y de dieta de Regidores de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO N° 022-2007-CDSL San Luis, 12 de abril de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el O fi cio N° 018- 2007-MDSL-SR- CEPAL, de fecha 11 de abril de 2007, a través del cual los integrantes de la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales , elevan el Dictamen N° 005-2007-MDSL –SR-CEPAL, sobre dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 019-2007-MDSL, y fi jar la remuneración del Sr. Alcalde y de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital de San Luis. y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado y su modi fi catoria dispuesta por la Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con el O fi cio Circular N° 037-2007-MDSL – SG de Secretaría General, el Informe N° 041-2007-MDSL-GM de Gerencia Municipal, el Informe N° 0055-2007-MDSL/GAL/EIJV de la Gerencia de Asesoría Legal, el Informe N° 039-2007-MDSL-GPPI de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto e Informática y el Acuerdo de Concejo N° 019- 2007-MDSL; Que, en atención a lo dispuesto en la ley N° 28212 que se re fi ere a la Jerarquía y Remuneraciones de los Altos funcionarios y autoridades del Estado, Decreto Supremo N° 025-2007-PCM y conforme a lo dispuesto por los Artículos 9°; 12° y 13° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal por Mayoría, se adecua; y ACUERDA:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo N° 019-2007-CDSL Artículo Segundo.- FIJAR la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis, en la suma de S/. 5,850.00 ( CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el período 2007 – 2010. Artículo Tercero.- FIJAR la dieta de los Regidores de la Municipalidad Distrital de San Luis en la suma de S/. 877.50 ( OCHOCIENTOS SETENTISIETE CON 50/100 NUEVOS SOLES), por asistencia efectiva a cada Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, abonándose hasta un máximo de dos (02) sesiones al mes., el mismo que no excederá de S/., 1,755.00 ( UN MIL SETECIENTOS CINCUENTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, en cuanto les corresponda conforme a Ley y de su publicación a Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJIA Alcalde 48749-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Disponen la reposición de Ejecutor Coactivo en cumplimiento de mandato judicial RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 00050-2007-ALC/MDSA Santa Anita, 11 de enero de 2007VISTO:El Expediente N° 00272-07 presentado por don Pedro Calderón Meza, quien solicita se de cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 67963-2003 seguido contra la Municipalidad de Santa Anita que ordena su reposición en el cargo que desempeñaba al momento de su destitución - Ejecutor Coactivo - o en otro de igual nivel o categoría. CONSIDERANDO: Que, con Informe N° 106-2006-2006-PPM/MDSA de fecha 6 de octubre de 2006, emitido por el Procurador Público Municipal Adjunto, Dr. Alfonso José Carrizales Dávila, da cuenta que don Pedro Abraham Calderón Meza con fecha 31 de diciembre del 2003, promovió demanda de Acción de Amparo contra la Municipalidad Distrital de Santa Anita, por ante el 66° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima – Exp. N° 67963-03, con el objeto que se declare inaplicable a su persona la Resolución de Alcaldía N° 1788-2003-ALC/MDSA de fecha 24 de diciembre del 2003, que declaró nula la Resolución de Alcaldía N° 02433-2002 de fecha 26 de diciembre del 2002 y 1808-2003-ALC/MDSA de fecha 30 de diciembre de 2003 que dispuso dar por concluida su designación en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Santa Anita y en consecuencia se declare la vigencia de la Resolución de Alcaldía N° 01949-98-ALC/MDSA a través del cual se le designó como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad y se ordene su reposición; Que, en dicha demanda se emitió sentencia de primera instancia con fecha 1 de abril del 2004, declarando fundada la acción de amparo, debiendo la municipalidad emplazada ordenar su reposición en el cargo de Ejecutor Coactivo que venía desempeñando hasta la fecha de su cese; Apelada la referida sentencia por la Procuraduría Pública Municipal, la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Lima, revocó la sentencia de primera instancia y declaró improcedente la demanda, mediante Resolución de fecha 19 de octubre del 2004, ante ello el demandante Calderón Meza interpuso recurso extraordinario para que se eleve el proceso al Tribunal Constitucional quien con Sentencia de fecha 17 de mayo del 2005, declaró