Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2007 (24/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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para la declaratoria de alertas y emergencias fito y/o zoosanitarias en el MORDAZA y la implementacion de los planes de accion que se elaboren con la finalidad de prevenir el riesgo o revertir los efectos del evento; Que, el SENASA, dentro de sus actividades programadas anualmente, viene ejecutando acciones orientadas a la vigilancia fitosanitaria de las plagas en los cultivos de importancia economica a nivel nacional, asi como la capacitacion de agricultores para la implementacion de las medidas de control integrado de plagas; Que, en virtud de esas actividades, se ha detectado, como consecuencia de los desordenes climatologicos producidos en los ultimos anos, la presencia de una plaga de roedores en los departamentos de Ica, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA que viene afectando, segun la informacion recopilada por las Direcciones Ejecutivas del SENASA, 13.447 hectareas de cultivos, zonas de crianza y zonas de vegetacion MORDAZA, ademas de afectar a 148.635 pobladores y calculandose las perdidas en S/.15'302,686.00 nuevos soles; hecho que, por otro lado, esta poniendo en riesgo un volumen exportable de 81.420 toneladas aproximadamente, estimadas en un total de S/. 203.550.000 nuevos soles, sin contar los danos directos a las plantaciones; Que, asimismo, existen graves riesgos respecto a la seguridad alimentaria de dichos departamentos, lo que puede ocasionar problemas de salud inherentes al desarrollo de enfermedades asociadas con estos roedores; Que, es necesario llevar a cabo un programa de manejo integrado de esta plaga con el objetivo de detener y reducir drasticamente su irrupcion y la poblacion de roedores; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Nº 27322 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, Resolucion Jefatural Nº 266-2006-AGSENASA y con la visacion de los Directores Generales de Sanidad Vegetal, Planificacion y Desarrollo Institucional y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar en estado de emergencia fitosanitaria a los departamentos de Ica, Huancavelica,

MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA por presencia de plaga de roedores. Articulo 2°.- El SENASA dispondra las medidas fitosanitarias especificas segun los lineamientos contenidos en el Plan Operativo para el Control de Roedores Plaga que obra en el Anexo y que forma parte de la presente Resolucion, las cuales seran de cumplimiento obligatorio y de responsabilidad de las personas naturales y juridicas publicas y privadas comprendidas en el ambito geografico declarado en estado de emergencia; para lo cual se contara con el apoyo de las Autoridades Nacionales Regionales y Locales, segun corresponda, civiles, politicas, policiales, Fuerzas Armadas, Defensa Civil, demas Entidades del Estado y la poblacion en su conjunto, para revertir el estado de emergencia declarado. Articulo 3°.- El SENASA dispondra las medidas fitosanitarias necesarias para el manejo integrado de la plaga de roedores en los MORDAZA de produccion, las que seran de cumplimiento obligatorio de los productores de dichos departamentos para reducir significativamente los niveles de infeccion en las zonas afectadas y evitar el resurgimiento o brotes de mayor intensidad de la plaga en otras zonas. Articulo 4°.- El estado de emergencia fitosanitaria en los referidos departamentos tendra una duracion de tres (3) meses, pudiendo prorrogarse dicho estado si la evaluacion tecnica final elaborada por la Direccion de Sanidad Vegetal concluyera que la plaga aun no estuviera sometida a un adecuado control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA BABILON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria

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