Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2007 (24/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2007

Regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo sostenible de la region; Que, el literal c) del inciso 2) del articulo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es competencia compartida del Gobierno Regional la promocion, gestion y regulacion de actividades economicas y productivas en su ambito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesqueria, industria, comercio, turismo, energia, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente; Que el literal f) del articulo 51º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es funcion especifica del Gobierno Regional en materia agraria, promover y ejecutar proyectos y obras de irrigacion, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservacion de los recursos hidricos y de suelos; Que el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, es uno de los objetivos de la agenda agraria del Gobierno Regional de MORDAZA, el de promover la investigacion, transferencia tecnologica y la extension agropecuaria para su articulacion en los procesos de desarrollo del sector, asi como el uso, manejo y conservacion sostenible de los recursos naturales agua-suelo, recursos geneticos, biodiversidad y medio ambiente; Que, mediante la Ley Nº 28585 el Gobierno Nacional ha declarado de necesidad y utilidad publica la creacion del Programa de Riego Tecnificado que promociona el reemplazo progresivo de los sistemas de riego tradicionales en el sector MORDAZA en general; siendo los Gobiernos Regionales y Locales los organismos responsables de planificar y promover la ejecucion del programa de riego tecnificado en su jurisdiccion; Que, el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2006AG, Reglamento de la Ley Nº 28585, establece que los Gobiernos Regionales y Locales tienen el cargo de planificar y ejecutar programas y proyectos para la promocion del uso de riego tecnificado entre los productores y organizaciones agrarias, asi como ejecutar las estrategias y modalidades mas competitivas para la tecnificacion de riego, presentar proyectos de riego tecnificado en los concursos promovidos por el ente rector Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI; financiar y/o brindar coberturas con sus propios recursos de acuerdo al citado Reglamento; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es atribucion del Presidente promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria - Ley Nº 27902; el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros; aprobo la siguiente:

Nombran Comision Especial encargada de la Defensa de los Limites de Canete con la provincia de Chincha
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 017-2007-CR/GRL
MORDAZA, 7 de marzo del 2007 VISTOS: El pedido del Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, por medio del cual solicita se nombre una Comision Especial para la defensa de los limites entre Canete y Chincha; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, es de acuerdo al articulo 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales tiene por mision y organizar la gestion publica de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas, delegadas, con el fin de lograr el desarrollo integral y sostenible de la region; siendo funcion de los Gobiernos Regionales, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de ordenamiento territorial; Que, como es de conocimiento publico existen problemas limitrofes entre las provincias de Canete y Chincha, comprension de las Regiones MORDAZA e Ica respectivamente, por lo que es necesario formar una comision que se encargue de las gestiones pertinentes al mas alto nivel, a efectos de lograr la demarcacion territorial definitiva entre MORDAZA provincias; Que, en Sesion Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA realizada el dia 7 de marzo del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, se aprobo con el MORDAZA en mayoria de sus miembros: El pedido del Presidente Regional que posteriormente pasara a votacion, por medio del cual solicito se designe una comision encargada de la defensa de los limites de Canete con la provincia de Chincha, la misma que estaria conformada tambien por miembros de la Sociedad Civil; Que, luego de las deliberaciones respectivas entre los senores Consejeros asistentes a la Sesion de Consejo Regional Ordinaria del dia miercoles 7 de marzo del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, y con el MORDAZA en mayoria de sus integrantes, con la abstencion del Consejero MORDAZA MORDAZA Mosto MORDAZA y en uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 - "Ley Organica de Gobiernos Regionales", concordante con el articulo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Articulo Unico.- NOMBRAR una Comision Especial encargada de la Defensa de los Limites de Canete con la provincia de Chincha, la misma que estara presidida por el senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, e integrada por el Vicepresidente Regional doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los Consejeros Regionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mosto MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los miembros de la Sociedad Civil en calidad de invitados y asesores, senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA Manccini MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Cubillas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

ORDENANZA
Articulo Primero.- Aprobar la creacion del Programa de Riego Tecnificado en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA para promocionar el reemplazo progresivo de los sistemas de riego tradicionales en el sector agricola. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA y a la Direccion Regional de Agricultura promover el uso y la elaboracion de proyectos sobre riego tecnificado en la Region. Articulo Tercero.- Remitir la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Agricultura para conocimiento y fines pertinentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y otro de mayor circulacion regional. POR TANTO: Mando se publique, registre, comunique y cumpla. Dado en MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del dos mil siete. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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