Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2007 (24/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2007

EDUCACION
Exoneran a la Unidad Ejecutora "Complejo Arqueologico de Chan Chan" de procesos de seleccion para la contratacion de sistemas de cubiertas para proteccion de lluvias, servicio de eliminacion de desmonte y adquisicion de uniformes, materiales y equipos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0157-2007-ED
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007 VISTO; los Oficios Nºs. 044 y 048-07-UE-CHCH/D, el Informe Nº 010-2007 UE110 CHAN CHAN/ADM, el Informe Tecnico Nº 001-2007/OA/ULOG y los Informes Nºs. 014 y 015-AL-UE110-2007; emitidos por la Unidad Ejecutora "Complejo Arqueologico de Chan Chan"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 026-2006-ED, se creo en el Ministerio de Educacion el "Proyecto Especial Complejo Arqueologico de Chan Chan", dependiente del Despacho Ministerial, siendo su objetivo el implementar el "Plan Maestro de Conservacion y Manejo del Complejo Arqueologico de Chan Chan", contando con autonomia administrativa y financiera para el logro de sus fines; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 032-2006, se declaro en Estado de Emergencia por un plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias al "Complejo Arqueologico de Chan Chan", facultandose al Ministerio de Economia y Finanzas para que, en coordinacion con el Ministerio de Educacion, autorice a la Unidad Ejecutora "Complejo Arqueologico de Chan Chan" de este ultimo Pliego a ejecutar el "Plan Maestro de Conservacion y Manejo del Complejo Arqueologico de Chan Chan"; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 001-2007, se modifica el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 032-2006, considerando que es necesario dictar medidas extraordinarias de interes nacional economicas y financieras, destinadas a la preservacion y sostenibilidad de dicho patrimonio cultural, y se autoriza a la Unidad Ejecutora "Complejo Arqueologico de Chan Chan" a ejecutar las acciones y medidas necesarias de urgencia para la defensa, conservacion y puesta en valor del complejo arqueologico, facultandose al Ministerio de Educacion a dictar las disposiciones complementarias para tal finalidad; Que, mediante Oficio N° 039-2007-UE110 CHAN CHAN/ D, el Director Proyecto Especial "Complejo Arqueologico de Chan Chan" y responsable de la Unidad Ejecutora 110, da cuenta de las acciones de urgencia realizadas dentro del referido periodo de emergencia destinada a evitar el riesgo del Complejo Arqueologico, precisando que dichas acciones se han adoptado para prevenir la situacion de emergencia ante los fenomenos climaticos que puedan generar desastres naturales, con el consecuente riesgo de la perdida o desmedro de este patrimonio cultural de la nacion y de la humanidad y evitar mayores gastos financieros y presupuestarios futuros para su restauracion; Que, dando cumplimiento a los dispositivos de su creacion y ante los inminentes fenomenos climaticos, la referida Unidad Ejecutora tuvo que actuar de manera inmediata a causa de situaciones que suponian grave peligro el Complejo Arqueologico que tiene a su cargo, adquiriendo y contratando en forma directa para prevenir y atender los posibles desastres, asi como satisfacer las necesidades sobrevivientes, sustentando dichas medidas en los informes previos que contienen la justificacion tecnica y legal de la procedencia y la necesidad de la exoneracion de los procesos de seleccion para la adquisicion y contratacion de distintos bienes y servicios; Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en su inciso c) dispone que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones y adquisiciones que se realicen en situaciones de emergencia o situacion de desabastecimiento inminente y, por su parte, el articulo 22º de la misma MORDAZA establece que se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual

la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos de situaciones que dispongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional, quedando en este caso exonerada de la tramitacion de expediente administrativo y facultada a ordenar la ejecucion de la necesario para remediar el evento producido al margen de los requisitos formales contenidos en dicha Ley; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, precisa que la situacion de emergencia obliga a la Entidad a adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes; Que, el articulo 20º de la Ley, prescribe que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso b) del articulo 19° de la Ley; Que, a traves de los documentos del visto, el responsable de la Unidad Ejecutora "Complejo Arqueologico de Chan Chan", ha sustentado la configuracion de la causal de situacion de emergencia generada por la aproximacion de los fenomenos climaticos vinculados al Fenomeno de "El Nino" en la MORDAZA norte del MORDAZA, los mimos que pudieron derivar en desastres naturales, habiendose acreditado el riesgo de perdida o desmedro del citado patrimonio de la humanidad y, adicionalmente, que las acciones implementadas han evitado mayores gastos financieros y presupuestarios futuros para su restauracion; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º de la Ley, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Articulo 19, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, asimismo, el citado articulo 142º del Reglamento indica que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se regularicen las contrataciones y adquisiciones realizadas por la Unidad Ejecutora "Complejo Arqueologico de Chan Chan" para enfrentar la situacion de emergencia MORDAZA descrita; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510, los Decretos Supremos N°s. 006-2006-ED, 083-2004-PCM y 084-2004PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion Unidad Ejecutora 110 "Complejo Arqueologico de Chan Chan" de la realizacion de los procesos de seleccion de Concurso Publico, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, segun corresponda, para la contratacion del "Sistema de cubiertas para proteccion de lluvias Palacio Tshudi", el "Sistema de cubiertas para proteccion de lluvias MORDAZA MORDAZA y Arco Iris" y el "Servicio de eliminacion de desmonte", asi como la adquisicion de "Uniformes para personal de campo", "Materiales de seguridad y similares" y "Equipos de procesamiento automatico de datos"; por los montos de: S/. 630,551.37 (Seiscientos Treinta Mil Quinientos Cincuenta y Uno y 37/100 Nuevos Soles), S/. 342,226.96 (Trescientos Cuarenta y Dos Mil Doscientos Veintiseis y 96/100 Nuevos Soles), S/. 561,091.50 (Quinientos Sesenta y Un Mil Noventa y Uno y 50/100 Nuevos Soles), S/. 18,480.00 (Dieciocho Mil Cuatrocientos Ochenta y 00/100 Nuevos Soles), S/. 19,309.00 (Diecinueve Mil Trescientos Nueve y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 61,252.00 (Sesenta y Un Mil Doscientos

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