Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2007 (26/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, por Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM de fecha 22 de marzo del 2007 de conformidad con la Ley Nº 28212 y el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, dicta medidas que permitan a los Concejo Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes provinciales y distritales, en tal sentido el procedimiento establecido determina que los ingresos seran en proporcion a la poblacion electoral de la circunscripcion, precisando que la adecuacion a la MORDAZA en cuestion, debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo dentro de los quince dias habiles de su entrada en vigencia, por lo que este plazo vence el dia 16 de MORDAZA del 2007; Que, estando a lo dispuesto por el Decreto Supremo referido la remuneracion del senor MORDAZA del distrito de Mala es de S/. 3, 250.00 (Tres Mil doscientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) en forma mensual conforme al rango de poblacion electoral; Que, el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 025-2007PCM contempla que las Dietas que le corresponde percibir a los senores Regidores Municipales es de acuerdo al monto fijado por los respectivos Concejos Municipales por sesion efectiva en cada mes, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, en ningun caso puede superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde; Que, la percepcion de la Dieta esta condicionada a la asistencia efectiva de los senores Regidores a las sesiones de concejo quienes, adicionalmente cumplen labores de apoyo en la Municipalidad y a la Comunidad en General, directamente a traves de las Comisiones que integran, los que le demanda tiempo de trabajo; Que, es preciso senalar que el articulo 5º de la Constitucion Politica del Peru establece la jerarquia de las leyes, donde la Constitucion Politica prevalece por sobre toda MORDAZA legal, la Ley sobre la MORDAZA de menor jerarquia y asi sucesivamente, siendo asi que la Ley Organica de Municipalidades se modifica o deroga solamente por otra Ley Organica; Que, con el uso de las facultades conferidas por el articulo 41º y articulo 9º inciso 28) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal por unanimidad; ACUERDA: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 004-2007-MDM de fecha 11 de enero del 2007, por los considerandos expuestos en el presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Adecuar el monto de la Remuneracion Mensual del senor MORDAZA del distrito de Mala, de la provincia de Canete, departamento de MORDAZA, en la suma de S/.3, 250.00 (Tres Mil Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), conforme al articulo 6º del Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM. Asimismo adecuar el monto de las Dietas en la suma de S/. 487.50(Cuatrocientos ochenta y cinco y 50/100 Nuevos Soles) de cada senor Regidor del Concejo Municipal Distrital de Mala de la provincia de Canete, departamento de MORDAZA, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, abonandose hasta un MORDAZA de dos sesiones al mes, por un total equivalente al 30% (Treinta por ciento) de la remuneracion del senor Alcalde. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Financiera, Oficina de Presupuesto el cumplimiento del presente acuerdo, precisandose que el egreso que genere los gastos senalados en el articulo 2º, el cual se afectara la partida presupuestal correspondiente del presente ejercicio presupuestal 2007. Articulo Cuarto.- Encargar a Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 52771-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBOGRANDE
Aprueban MORDAZA Reglamento Municipal para la venta y consumo de Bebidas Alcoholicas y Espectaculos Publicos No Deportivos dentro del distrito de Tambogrande
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2007-MDT Tambogrande, 14 de febrero del ano 2007 VISTO: EL DICTAMEN Nº 001-2007-CENRAB; de la Comision de Elaboracion del MORDAZA Reglamento para la realizacion de Actividades Bailables, de fecha 12 de febrero del ano 2007; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades, son organos de Gobierno Local y tienen Autonomia Politica, Economica, y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo de Concejo de fecha 25 de enero del 2007, se acordo conformar la Comision encargada de la Elaboracion del MORDAZA Reglamento para la realizacion de Actividades Bailables, la misma que esta integrada por la Comision de Educacion, Cultura, Conservacion de Monumentos, Turismo, Recreacion y Deporte, Jefe de Unidad de Asesoria Legal, Jefe de Unidad de Rentas y Jefe de la Division de Asuntos Sociales, concediendoles el plazo de quince dias calendario a fin de elaborar el citado reglamento y someterlo a Sesion de Concejo; Que, mediante el dictamen de la Referencia la Comision de Educacion, Cultura, Conservacion de Monumentos, Turismo, Recreacion y Deporte; alcanza para su aprobacion el proyecto que regula la venta y consumo de bebidas alcoholicas y Espectaculos Publicos No Deportivos dentro del distrito de Tambogrande; Que, el citado Proyecto fue puesto a consideracion de los senores Regidores en la Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 13 de febrero del 2007, habiendo sido aprobado por Unanimidad; Que, en merito a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR el MORDAZA "Reglamento Municipal para la venta y consumo de Bebidas Alcoholicas y Espectaculos Publicos no Deportivos dentro del distrito de Tambogrande", que consta de catorce (14) Articulos y cinco (5) disposiciones a Transitorias y Finales. Articulo Segundo.- DEROGUESE la Ordenanza Municipal Nº 001-99-MDT, de fecha 15 de febrero de 1999, y las demas que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DESE cuenta a la Comision de Educacion, Cultura, Conservacion de Monumentos, Turismo, Recreacion y Deporte, Division de Servicios Sociales, Departamento de Educacion, Jefe de Unidad de Asesoria Legal, Jefe de Unidad de Rentas, Defensa Civil, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 52790-1

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