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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (26/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2007 344227 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban Régimen de Aplicación de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en Defensa Civil de la Municipalidad ORDENANZA Nº 111 San Juan de Lurigancho, 21 de abril del 2007EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en la Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorándum Nº 864-2007-GM/MDSJL, el Informe Nº 0179-2007-GAJ/MSJL, Memorando Nº 858-2007-GM/MDSJL, el Memorándum Nº 0013-2007-GP/MDSJL, el Informe Nº 001-2007-SGDC-MDSJL, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, el mismo que es recogido por el Artículo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, es obligación de la Municipalidad Distrital a través de su Órgano de Defensa Civil cautelar la vida e integridad física de las personas, para lo cual debe hacer cumplir las disposiciones correctivas emanadas en las inspecciones técnicas realizadas por el personal de Defensa Civil conforme con el Artículo 17º del D.S. Nº 013-2000-PCM modi fi cado por D.S. N° 100-2003-PCM, D.S. Nº 074- 2005-PCM y los Artículos 49° y 78° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, debiendo aplicar las sanciones del caso a todos aquellos que incumplan las disposiciones contenidas en las Normas Técnicas del marco legal precitado; Que, mediante Ordenanza Nº 107, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de marzo del 2007, se aprobó la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, creándose la Subgerencia de Defensa Civil, como ente encargado de hacer cumplir las disposiciones técnicas emanadas de los dispositivos del Sistema Nacional de Defensa Civil; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, preveé en su artículo 4º que la Corporación Municipal tiene como fi nalidad promover el desarrollo integral y sostenible, así como fomentar el bienestar y desarrollo de los vecinos en el ámbito de su jurisdicción; Que, mediante Ordenanza Nº 032, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 17 de junio de 2004, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracción y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad, las mismas que no se enmarcan en el marco normativo del Sistema Nacional de Defensa Civil, haciendo que su contenido no permita cumplir con los objetivos trazados de prevención y seguridad de establecimientos y viviendas en el distrito; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, inciso 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 y con el VOTO MAYORITARIO de su miembros ha dado la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS), en Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, los mismos que forman parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza, serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía.Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Defensa Civil, Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Administrativa y demás áreas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS), en el extremo correspondiente al área de Defensa Civil aprobados mediante Ordenanza Nº 032, así como cualquier otra norma o disposición que se oponga a la presente. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES EN DEFENSA CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Y NATURALEZA DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 1.- Finalidad y Ámbito de Aplicación La presente Ordenanza tiene como fi nalidad establecer el procedimiento administrativo de detección de infracciones, imposición, ejecución e impugnación de aplicación de sanciones a las infracciones de las normas técnicas de seguridad en Defensa Civil, señaladas en el Articulo 17º del D.S. Nº 013-2000-PCM modi fi cada por D.S. N° 100- 2003-PCM, D.S Nº 074-2005-PCM, las establecidas en los Artículos 49° y 78° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como en las demás normas en lo que corresponda a Defensa Civil, y las tipi fi cadas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, en adelante “CIS” que forma parte de la presente Ordenanza. La presente Ordenanza es de aplicación en la circunscripción del distrito de San Juan de Lurigancho, aún cuando los infractores no presenten domicilio real y/o legal dentro del distrito. Artículo 2.- Titularidad de la Competencia Sancio- nadora Los procedimientos de fi scalización regulados en la presente Ordenanza, así como, la atención de los procedimientos administrativos originados de tales actos, son competencia de la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. La imposición de sanciones en materia de Defensa Civil es responsabilidad de la Subgerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Económico, de conformidad con la funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Para la imposición de la sanción o sanciones, se tendrá en consideración la noti fi cación de infracción que efectúen los inspectores técnicos de la Subgerencia de Defensa Civil. Artículo 3.- Concepto de Infracción Para efectos de la presente Ordenanza, entiéndase como infracción toda conducta, acción u omisión que implique el incumplimiento total o parcial de las normas técnicas de seguridad emanadas del INDECI, las contempladas en el CIS, las estipuladas en el Artículo 17º del D.S. Nº 013-2000-PCM modi fi cada por D.S. N°100-2003-PCM, D.S. Nº 074- 2005-PCM. los Artículos 49° y 78° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas y dispositivos en lo que corresponda a Defensa Civil. Artículo 4.- Concepto de Sanción La sanción es la consecuencia jurídica punitiva de carácter administrativo, que se deriva de la veri fi cación de una infracción cometida por las personas naturales o jurídicas, y/o cualquier forma de patrimonio autónomo o similar . La sanción comprende la multa o sanción pecuniaria y en su caso la medida complementaria o sanción no pecuniaria.