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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2007 344234 Aprueban Reglamento de la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del distrito de Tambogrande ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2007-MDT Tambogrande, 24 de febrero del año 2007VISTO: El DICTAMEN Nº 001-2007-CPFYCI-P; de la Comisión de Presupuesto, Financiación y Control de Inversiones, de fecha 20 de febrero del año 2007; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, existiendo la voluntad de la sociedad civil de actualizar y renovar sus cuadros dirigenciales, prueba de ello es que de manera voluntaria muchas de estas instituciones de base vienen voluntariamente llevando procesos de elección. En este sentido se debe establecer los objetivos y mecanismos de la sociedad civil a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil deben participar en el Consejo de Desarrollo Local; Que, mediante el dictamen de la referencia la Comisión de Presupuesto, Financiación y Control de Inversiones, alcanza para su aprobación el proyecto de Reglamento de la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del distrito de Tambogrande; Que, el citado Proyecto fue puesto a consideración de los señores Regidores en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fechas 21 y 24 de febrero del 2007, habiendo sido aprobado por Unanimidad; Que, en mérito a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento de la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de Tambogrande”, que consta de veintiocho (28) artículos y nueve (9) Disposiciones Complementarias y Transitorias. Artículo Segundo.- DERÓGUENSE las Ordenanzas Municipales Nºs. 001-2005-MDT-C, de fecha 22 de febrero de 2005 y 006-2004-MDT-C, de fecha 19 de abril de 2004. Así como las demás normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DÉSE cuenta a la Comisión de Presupuesto, Financiación y Control de Inversiones, División de Servicios Sociales, Jefe de Unidad de Asesoría Jurídica, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. SEGUNDO RAMÓN MORENO PACHERRES Alcalde 52790-2 Autorizan viaje de Alcalde para asistir a la reunión de trabajo del Consejo Directivo Binacional que se realizará en Ecuador ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2007-MDT/CM Tambogrande, 16 de enero del año 2007VISTO: El Informe Nº 004-2007-MDT-GM, de fecha 12 de enero del año 2007, procedente de Gerencia Municipal;CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley Nº 26780 “Ley de Reforma Constitucional” concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales constituyen instancias de gobierno que requieren contar con apoyo externo para el cumplimiento de sus objetivos, siendo necesarios para ello establecer políticas de gestión de cooperación internacional y de hermanamiento con municipalidades del exterior; Que, la Asociación Binacional de Municipalidades del Sur del Ecuador y Norte del Perú, invita al señor Alcalde, como miembro del Directorio a una reunión de trabajo del Consejo Directivo Binacional, a llevarse a cabo el día 19 de enero del 2007, en la Benemérita ciudad de Santa Rosa El Oro - Ecuador; según lo acordado en la reunión de la XXIII Asamblea Binacional realizada en la ciudad de Vilcabamba - Cantón de Loja - Ecuador, con la fi nalidad de establecer las estrategias de trabajo que se implementará en los próximos meses; Que, según Informe Nº 01-2007-MDT-JOAB, de fecha 12 de enero del año 2007, el señor Regidor Prof. Juan Orlando Alzamora Briceño, comunica al señor Alcalde que en la XXIII Asamblea Binacional del Proyecto Catamayo Chira, donde asistió en su representación, se eligió el nuevo Consejo Directivo para el período 2007 - 2008, recayendo la responsabilidad Secretario de Asuntos Internacionales del Perú en el Alcalde de la Municipalidad de Tambogrande Prof. Segundo Ramón Moreno Pacherres, así mismo informa que la Primera reunión se realizará el día 19 de enero del 2007 a horas 10.00 de la mañana en la Benemérita ciudad de Santa Rosa El Oro - Ecuador; Que, de conformidad al inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, Regidores, Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, la autorización del viaje conlleva a aprobar la asignación de una partida económica que fi nancie los gastos del viaje, la misma que deberá ser debidamente sustentada con la documentación correspondiente y con la aprobación de la rendición de cuentas de acuerdo a los directivos de la materia; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de enero del año 2007, acordó por unanimidad autorizar el viaje del señor Alcalde a la República de Ecuador, durante los días 18 y 19 de enero del 2007; Que, en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo opinado por la Unidad de Asesoría Jurídica mediante Opinión Legal Nº 007-2007-MDT/UAJ, de fecha 12 de enero del año 2007 y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde Prof. SEGUNDO RAMÓN MORENO PACHERRES, a la República de Ecuador los días 18 al 19 de enero - 2007. Asimismo se autoriza los gastos que irrogue el viaje al indicado país, debiendo rendir cuentas posteriormente con los documentos sustentatorios. Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento del presente Acuerdo a Gerencia Municipal, Unidad de Administración, Unidad de Planeamiento y Presupuesto y a Secretaría General, y Gerencia Municipal realizará la publicación del mismo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívase. SEGUNDO RAMÓN MORENO PACHERRES Alcalde 52781-1