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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2007 344391 MORALES, trabajador del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, el puesto de Jefe de la O ficina de Informática y Desarrollo de Sistemas de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Artículo 2º.- Al término de la encargatura, el citado trabajador retornará a la plaza de origen de la cual es titular, en tanto mantenga vínculo laboral con el Programa Nacional FONCODES. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la O ficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, al Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional FONCODES para su archivo en el Legajo Personal del citado servidor, y al interesado para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 55016-2 PRODUCE Conforman Comisión de Transferencia de Entrega a que se refieren normas específicas aprobadas por la R.M. N° 110-2007-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 113-2007-PRODUCE Lima, 26 de abril del 2007 VISTOS: el Informe N° 018-2007-PRODUCE/OGPP de la O ficina General de Plani ficación y Presupuesto y el Informe Nº 088-2007-PRODUCE/OGAJ-MUYLP de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, se incorporó en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, la transferencia de 26 desembarcaderos pesqueros artesanales y 21 centros de acuicultura a los Gobiernos Regionales y, 7 módulos de comercialización de especies hidrobiológicas a los Gobiernos Locales, pertenecientes al Ministerio de la Producción; Que, asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 110-2007-PCM, se aprobaron las Normas Especí ficas para la transferencia mencionada en el considerando que antecede, las mismas que en Anexo forman parte integrante de la citada Resolución Ministerial y que a su vez, fueron incorporadas como Anexo 6 de la Directiva N° 004-CND-P-2006, “Normas para la ejecución de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada por Resolución Presidencial N° 058-CND-P-2006; Que, el numeral 5.1 de las referidas Normas Especí ficas, establece que el Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial, conformará una Comisión de Transferencia de Entrega, la cual estará presidida por el Viceministro o su representante, e integrada además, por un máximo de cinco (5) funcionarios, servidores públicos y/o personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia; Que, en atención a lo expuesto corresponde dictar el acto de administración que designe a los integrantes de la Comisión de Transferencia de Entrega, de acuerdo a la normatividad citada; De conformidad con lo indicado en el numeral 5.1 de las Normas Especí ficas aprobadas por Resolución Ministerial N° 110-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Conformar la Comisión de Transferencia de Entrega, a que se re fieren las Normas Especí ficas aprobadas por Resolución Ministerial N° 110-2007-PCM, la misma que estará integrada de acuerdo al siguiente detalle: - Un representante del Viceministro de Pesquería, quien la presidirá. - El Director General de la Dirección General de Pesca Artesanal. - El Director General de la O ficina General de Administración. - El Director General de la O ficina General de Asesoría Jurídica. - El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero. - El Director General de la O ficina General de Plani ficación y Presupuesto, quien actuará como Secretario Técnico. Artículo 2°.- Conforme lo establecido en el numeral 5.1 de las Normas Especí ficas aprobadas por Resolución Ministerial N° 110-2007-PCM, el Presidente de la Comisión de Transferencia podrá conformar Subcomisiones de trabajo. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 54900-1 Establecen el inicio de las operaciones de descarga del recurso anchoveta en establecimientos industriales pes-queros en área del dominio marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2007-PRODUCE Lima, 27 de abril del 2007Visto el Informe Nº 266-2007-PRODUCE/DGEPP- Dchi del 26 de abril de 2007 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9º de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias cientí ficas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 095-2007- PRODUCE del 4 de abril de 2007, se autorizó el reinicio de las actividades pesqueras del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta blanca Anchoa nasus , en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta el paralelo 16º 00’ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del día 10 de abril de 2007, fijándose tres periodos de pesca, correspondiéndole al periodo del 10 al 14 de abril una cuota de 500 000 toneladas; Que, a través del Informe del visto, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, ha informado sobre el desarrollo de las actividades extractivas del recurso anchoveta Engraulis ringens registradas al 24 de abril del 2007, con especial énfasis en la actividad extractiva de periodo de pesca citado en el considerando anterior, recomendando la aplicación de medidas complementarias de ordenación con el propósito de garantizar las acciones de seguimiento, control y vigilancia de las operaciones de pesca de la anchoveta; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Resolución Ministerial Nº 095-2007-PRODUCE, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27789; Con el visado del Viceministro de Pesquería, de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y de la O ficina General de Asesoría Jurídica;