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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2007 344398 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 19-2007-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre la revocatoria de la designación de la sociedad de auditoría Noles Monteblanco & Asociados Sociedad Civil efectuada en el Concurso Público de Méritos Nº 005-2006-CG; CONSIDERANDO:Que, con la Resolución de Contraloría Nº 440- 2006-CG publicada el 11.ENE.2007, precisada con la Resolución de Contraloría Nº 008-2007-CG publicada el 20.ENE.2007, se designa, entre otras, a la sociedad de auditoría Noles Monteblanco & Asociados Sociedad Civil para que realice la auditoría a los estados financieros, examen especial a la información presupuestal, aspectos operativos y auditoría de gestión respecto a la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas, por el período 2006; Que, el Reglamento vigente al momento de realizar el Concurso Público de Méritos, es decir el Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría aprobado por la Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG y la misma Resolución de Contraloría Nº 440-2006-CG que resuelve la designación (en su artículo tercero), establecieron la obligación de remitir la documentación sustentatoria de las Hojas de Vida del personal eventual y las constancias de habilitación; Que, asimismo, es de indicar que en virtud de lo establecido en el artículo 32º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, corresponde a este Organismo Superior de Control efectuar la fiscalización posterior en el marco de la citada disposición; Que, en tal sentido, como resultado de la revisión a la documentación sustentatoria remitida por la citada sociedad de auditoría, se ha determinado que no ha acreditado la experiencia en los últimos tres años de dos profesionales respecto a diversos aspectos declarados en las Hojas de Vida (Formato F-3), presentadas en su propuesta técnica, con carácter de declaración jurada, bajo la presunción de veracidad; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG publicado el 24.Feb.2007, establece su aplicación inmediata a excepción de los procesos de selección que a la fecha se encuentran en trámite, a los cuales les será de aplicación sus disposiciones a partir de la designación; Que, adicionalmente, mediante la Resolución del Comité Sancionador Permanente de Primera Instancia Nº 01-214-2007-CG/SOA de 22.Mar.2007, se resolvió suspender a la sociedad de auditoría Noles Monteblanco & Asociados Sociedad Civil del Registro de Sociedades de Auditoría Cali ficadas para la Designación y/o Contratación de Auditorías en las Entidades sujetas a control de la Contraloría General de la República por el período de un año, situación que está prevista como impedimento para realizar labores de auditoría de conformidad con el literal d) del artículo 30º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control; Que, mediante el documento de Vistos se ha determinado que los hechos expuestos constituyen causales de revocatoria de la designación efectuada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG, que establece que si designada una sociedad se veri fica la ocurrencia de circunstancias sobrevinientes que hagan improcedente o impidan la prestación de los servicios de auditoría externa, se puede revocar mediante Resolución de Contraloría la designación efectuada; Que, asimismo, la norma citada en el párrafo precedente, establece que cuando se revoca la designación efectuada, se procede a designar a quien ocupó el siguiente lugar en el orden de méritos del respectivo Concurso Público, siendo que, de acuerdo con el documento de Visto, en el Informe Nº 05-2006-CG/CE SOA de 29.Dic.2006 de la Comisión Especial de Designación de Sociedades de Auditoría, encargada de la evaluación y cali ficación de las propuestas del Concurso Público de Méritos Nº 005-2006-CG, la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil ocupó el segundo lugar en el orden de méritos, habiéndose veri ficado según el documento de Visto que la propuesta económica corresponde al importe establecido en las Bases; Estando a las conclusiones y recomendaciones del documento de Visto, de conformidad con el artículo 32º y 216º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, los artículos 30º literal d) y 47º del Reglamento de Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por R. C. Nº 063-2007-CG y el artículo 51º del Reglamento de Infracciones y Sanciones, aprobado por R.C. Nº 367-2003-CG y en uso de las atribuciones contempladas en los artículos 20º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Revocar la designación de la sociedad de auditoría Noles Monteblanco & Asociados Sociedad Civil para que realice la auditoría a los estados financieros, examen especial a la información presupuestal, aspectos operativos y auditoría de gestión, de conformidad con los alcances de las Bases, respecto a la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas, por el período 2006, efectuada mediante la Resolución de Contraloría Nº 440- 2006-CG precisada con la Resolución de Contraloría Nº 008-2007-CG. Artículo Segundo.- Designar a la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil para que realice la auditoría a los estados financieros, examen especial a la información presupuestal y aspectos operativos de conformidad con los alcances de las Bases, respecto a la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas, por el período 2006. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MA TUTE MEJÍA Contralor General de la República 54294-3 Aprueban Planes Anuales de Control 2007 de 11 Órganos de Control Institucional de diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 135-2007-CG Lima, 25 de abril de 2007Visto, la Hoja de Recomendación Nº 023-2007-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control, que propone la aprobación del Plan Anual de Control 2007 de once (11) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar el Plan Nacional de Control y los Planes Anuales de Control de las entidades; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 315- 2006-CG del 20 de octubre de 2006, se aprobaron los Lineamientos de Política para la Formulación de los planes de control de los Órganos del Sistema Nacional de Control - año 2007 y la Directiva Nº 07-2006-CG/PL - “Formulación y Evaluación del Plan Anual de Control de los Órganos de Control Institucional para el año 2007”, la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la formulación y evaluación del Plan Anual de Control (PAC) de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control (SNC); Que, la mencionada Directiva establece en el numeral 2.1 del literal G. que las unidades orgánicas de línea evaluarán los proyectos de PAC en términos de su