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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (28/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2007 344405 departamento de Lambayeque, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Huaca Alta Nº 362-INC-PETT-2006, a escala 1/500 de fecha febrero 2006, con un área de 0.3615 Ha. y un perímetro de 250.27 m., ubicado en el distrito de Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidades Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 54063-3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N° 375/INC Lima, 23 de marzo de 2007 VISTO, el Correo Electrónico de fecha 1º de febrero de 2007 del señor Keith Muscutt, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Correo Electrónico de fecha 1º de febrero de 2007 del señor Keith Muscutt, comunica sobre los estudios realizados en el sitio arqueológico La Penitenciaría, ubicado en el distrito de Huicungo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín; Que, según Informe N° 135-2007-INC-DREPH- DA-SDIC-LAMS de fecha 7 de febrero de 2007 el Lic. Luis Moulet Silva, Arqueólogo de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico La Penitenciaría, ubicado en el distrito de Huicungo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín; Que, mediante Acuerdo N° 0069 de fecha 15 de febrero de 2007, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico La Penitenciaría, ubicado en el distrito de Huicungo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología y la O ficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico La Penitenciaría, ubicado en el distrito de Huicungo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección Regional del Instituto Nacional de Cultura San Martín, la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 54063-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N° 377/INC Lima, 23 de marzo de 2007 VISTO, el O ficio Nº 1187-DRC-INC-AP-2006, de fecha 29 de diciembre de 2006, del Prof. Zenobio Carazas Silva, Director Regional del Instituto Nacional de Cultura Apurímac, y; CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante O ficio Nº 1187-DRC-INC-AP-2006, de fecha 29 de diciembre de 2006, el Prof. Zenobio Carazas Silva, Director Regional del Instituto Nacional de Cultura Apurímac, remite el Informe Nº 287-2006/INC/PQÑ/S/HGG/ ALTG, del Lic. Homar Gallegos Gutiérrez, comunicando que se ha realizado una inspección al sitio arqueológico de Chaccochayoq-Pata, ubicado en el distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac; Que, mediante Informe N° 048-2007-INC-DREPH-DA- SDIC-VFH, de fecha 22 de enero de 2007, el Lic. Víctor Falcón Huayta, Arqueólogo de la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Chaccochayoq-Pata, ubicado en el distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac; Que, mediante Acuerdo N° 0068 de fecha 15 de febrero de 2007, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico de Chaccochayoq-Pata, ubicado en el distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología y la O ficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura;