Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2007 (14/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

351546

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de agosto de 2007

requerimientos N° 01 y 16 respectivamente, presentados por el Ing. Residente: MORDAZA E .Lucano Angeles; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. C) del Art. 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por desabastecimiento inminente y urgencia, declaradas de conformidad con dicha Ley. Que, el Art. 21° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que el desabastecimiento inminente es "aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda" Que" la causal descrita precedentemente guarda relacion con lo normado en el Art. 141° del Dec. Supremo N° 084-2004-PCM, que en su 2do paragrafo establece: "la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos... `'; cuyo requisito es de aplicacion en el presente caso, toda vez que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, que viene ejecutando la obra: "Pavimentacion Avenida 1- Catucancha'; en su I y II etapa; ha sufrido el desabastecimiento de materiales necesarios e imprescindibles para la continuacion de la ejecucion de la citada obra como es el Hormigon Zarandeado, que esta compuesto de MORDAZA mas MORDAZA de tamano MORDAZA de 01 pulgada; en cantidad de 1,262 m3 para cada etapa, conforme el requerimiento N° 01 (I etapa) y el requerimiento N° 16 (II etapa), presentados por el Ing. Residente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Angeles; cuya provision de los materiales MORDAZA indicados se debe atender de manera urgente, a fin de no causarse mayores perjuicios economicos a la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, como seria la paralizacion y retraso en la ejecucion de la aludida obra.

Que, en tal sentido, la adquisicion y la exoneracion del MORDAZA de seleccion debe darse mediante Acuerdo de Concejo Municipal, cumpliendo con las exigencias del In. "C" del Art. 20° del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; disponiendose el cumplimiento del Art. 148° del Dec. Supremo MORDAZA referido. De conformidad con lo expuesto y de acuerdo con lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 Y en el D.S .N° 083-2004-PCM y D.S N° 0842004-PCM; y sometido a consideracion de los senores regidores previas las deliberaciones del caso y votacion de estilo, por unanimidad del pleno de regidores: SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar el Informe Legal N° 90-2007MDPL/AJ en todo su contenido para los fines de ley; asi como los requerimientos Nº 01 y Nº 16, que motiva el presente acuerdo; y que formara parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente y urgencia para la adquisicion de 2,524 M3 de Hormigon Zarandeado, para la obra "Pavimentacion Avenida 1 Catucancha; esto es 1,262 M3 en su I etapa y 1,262 M3 en su II etapa; conforme los requerimientos N° 01 y N° 16, presentados por el Ing. Residente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Angeles; cuyo valor referencial es la suma de S/ 126,200.00 Nuevos Soles, que sera financiado con recursos del CANON. Articulo Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el art.148º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0842004-PCM; cuya adquisicion tendra el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el titular del Pliego. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo y del informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez(10)dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del distrito de Pueblo Libre 95723-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.