Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2007 (14/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 14 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Free Wheelchair Mission a favor de la asociacion MISION MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, consistente en 612 bultos conteniendo 550 jgs. Equipos de sillas de ruedas, 200 jgs. arnes ajustable, 60 pzs. Cojin de esponja 3", 50 pzs. Equipo de Herramientas, 50 jgs. Tubo interior FWM, 550 pzs. Juego de Parches, 20 pzs. Infladores de Pedesal 18", 50 pzs. Llave Extra de 19mm, 550 pzs. Inflador manual; con un valor FOB de $ 16,975.00 (Dieciseis mil Novecientos Setenta y Cinco 00/100 Dolares Americanos); con un peso MORDAZA 11,120 kgs.; enviado en Contenedor N° TGHU7066239; amparados con la DUA N° 118-200410-145269-01-7. Los bienes donados seran entregados a personas discapacitadas de escasos recursos economicos; preferentemente en MORDAZA, MORDAZA y Cusco; Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 95470-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0936/RE MORDAZA, 7 de agosto de 2007 Visto, el Expediente Nº 12960-2006, presentado por la ASOCIACION MORDAZA DE LOS NINOS DE LA MORDAZA, mediante el cual solicitan la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de la ONG MANO A MANO con sede en la MORDAZA de MORDAZA, Espana. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2° y el MORDAZA parrafo del articulo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas ­ IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION MORDAZA DE LOS NINOS DE LA MORDAZA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolucion Suprema N° 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donacion de fecha 15 de junio del 2006, legalizado por el Consulado General del Peru en la MORDAZA de MORDAZA ­ Espana se observa que la ONG MANO A MANO, ha efectuado una donacion a favor de la ASOCIACION MORDAZA DE LOS NINOS DE LA INMACULADA; Que, los bienes donados consisten en 02 paletas conteniendo equipos informaticos (ordenadores, monitores, teclados, mouse) Intel Inside usados, con un valor FOB de US$ 2,000.00 (Dos mil y 00/100 dolares americanos), con un peso manifestado de 423 kilos y un peso recibido de 418 kilos, amparados con DUA Nº 235-2006-10-068765-01-1 y volante de despacho Nº 001537299, los bienes donados seran utilizados para apoyar la formacion de 520 menores albergados en la MORDAZA Hogar "Ciudad de los Ninos de la Inmaculada", que tiene como mision la promocion y la proteccion de menores en estado de abandono, peligro moral, alto riesgo o pobreza extrema incluyendo alimentacion, salud, vestido, educacion, recreacion;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por la ONG MANO A MANO a favor de la ASOCIACION MORDAZA DE LOS NINOS DE LA INMACULADA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por la ONG MANO A MANO a favor de la ASOCIACION MORDAZA DE LOS NINOS DE LA MORDAZA, que, consiste en 02 paletas conteniendo equipos informaticos (ordenadores, monitores, teclados, mouse) Intel Inside usados, con un valor FOB de US$ 2,000.00 (Dos mil y 00/100 dolares americanos), con un peso manifestado de 423 kilos y un peso recibido de 418 kilos, amparados con DUA Nº 235-2006-10-06876501-1 y volante de despacho Nº 001537299, los bienes donados seran utilizados para apoyar la formacion de 520 menores albergados en la MORDAZA Hogar "Ciudad de los Ninos de la Inmaculada", que tiene como mision la promocion y la proteccion de menores en estado de abandono, peligro moral, alto riesgo o pobreza extrema incluyendo alimentacion, salud, vestido, educacion, recreacion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 95470-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0937/RE MORDAZA, 7 de agosto de 2007 Visto los expedientes Nº 863-2007, Nº 23412007 y Nº 2636-2007 presentados por la asociacion ORGANISMO NO GUBERNAMENTAL FIREMEN & HEALTH HOPE ­ ONG F&H HOPE, mediante los cuales solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Hope for the City, con sede en Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos de America. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2° y el MORDAZA parrafo del articulo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas ­ IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociacion ORGANISMO NO GUBERNAMENTAL FIREMEN & HEALTH HOPE ­ ONG F&H HOPE, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI,

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