Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2007 (15/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

351551

(inventario de aprovechamiento) para la aprobacion del Plan Operativo Anual debe corresponder a la realidad de los hechos; es oportuno enfatizar que, en aplicacion del MORDAZA de conducta procedimental recogido en el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, todos los administrados, tienen la obligacion de obrar de buena fe y por tanto la obligacion de presentar informacion veraz ante la administracion publica; y por el contrario, tienen el deber de abstenerse de declarar hechos contrarios a la verdad, segun dispone el numeral 1 del articulo 56º de la misma Ley; Que, de otro lado, cabe remarcar que la correcta implementacion de cada Plan Operativo AnualPOA constituye una obligacion fundamental de los concesionarios, puesto que este instrumento permite controlar y planificar el aprovechamiento de los recursos forestales que el Estado les ha otorgado en concesion, a efectos de procurar que el aprovechamiento que realiza el concesionario sea sostenible, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 28º de la Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821, que establece que: "Los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible. El aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de renovacion, evitando su sobreexplotacion y reponiendolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso.(...)"; Que, en el presente caso, como resultado de la verificacion de la especie caoba MORDAZA referida, realizada en la Parcela de Corta Anual del Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra aprobado al concesionario Eisen MORDAZA MORDAZA, se emitio el Informe Nº 021-2006-INRENA-IFFS/DCB-JCCMVerificaciones, de fecha 08 de agosto de 2006, que concluye, entre otros lo siguiente: a) de los 31 arboles aprovechables de la especie caoba, declarados en el POA 2004-2005, se programo verificar 14 ejemplares, comprobandose la existencia de un tocon y la inexistencia de los 13 arboles/tocones restantes; y el tocon encontrado por tener una antiguedad de mas de 5 anos no fue considerado para los resultados finales; b) de los 3 arboles semilleros de caoba declarados en el POA se programo la verificacion de 2 arboles, comprobandose su inexistencia; c) adicionalmente encontraron cinco tocones de caoba marcados, que no estaban declarados en el POA, de los cuales 02 se encuentran bajo el diametro minimo de corta; d) existen evidencias de haberse delimitado la parcela 20042005 y habilitado caminos de acceso, caminos principales y secundarios dentro de la concesion; e) lo verificado en MORDAZA no corresponde a lo declarado por el concesionario para la aprobacion de su POA de la MORDAZA zafra; no existen evidencias de haber realizado inventarios; f) no se evidenciaron actividades recientes de aprovechamiento dentro de la Parcela de Corta Anual 2004-2005 pero si en el resto de la concesion; Que, en este sentido, teniendo en cuenta lo senalado en el Informe Nº 021-2006-INRENA-IFFS/DCB-JCCMVerificaciones y lo senalado en el POA 2004-2005, se ha elaborado el siguiente cuadro, en el que se presenta la relacion de arboles verificados en MORDAZA, asi como los volumenes correspondientes:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 Nº Arbol Nº Faja Condicion VOL MORDAZA VOL POA (m3) (m3) 0.000 3.159 0.000 4.882 0.000 4.307 0.000 3.159 0.000 3.446 0.000 3.733 0.000 0.000 0.000 3.446 0.000 5.554 0.000 0.000 0.000 3.733 0.000 4.595 0.000 3.159 0.000 14.526 0.000 3.446 0.000 3.159 0.000 64.304

Que, del cuadro anterior se deduce que la Brigada de Trabajo CITES ha comprobando en MORDAZA, que no existen 64.304 m 3 de MORDAZA caoba correspondientes a 14 arboles aprovechables de caoba verificados, de los 130.944 m 3 aprobados en el Plan Operativo Anual de la zafra 2004-2005; es decir que se ha comprobado que en las coordenadas declaradas en el POA, no existe el 45% de los arboles declarados por el concesionario, que representan el 49.11% del volumen aprobado para el aprovechamiento de esta especie; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, de acuerdo al "Balance de Extraccion" del SIF de la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, de fecha 25 de MORDAZA de 2007, la empresa concesionaria ha movilizado 144.006 m3 de caoba de los 130.944 m3 aprobados, es decir que de acuerdo a este reporte, la empresa habria realizado el aprovechamiento del 109.975% del potencial declarado en el referido POA; sin embargo se ha comprobado in situ que no existe el 49.11% del volumen declarado; Que, de otro lado, con relacion a los 05 tocones de caoba hallados en MORDAZA por la Brigada de Trabajo CITES, los mismos que no fueron declarados por el concesionario para la aprobacion de su POA, se ha elaborado el siguiente cuadro que contiene los volumenes correspondientes a cada uno de ellos:
Nº Codigo DAP MORDAZA (m) 0.60 1.45 1.05 0.90 0.45 Total ALTURA MORDAZA (m) 15 25 20 15 15 Condicion VOL MORDAZA (m3) 2.757 26.834 11.257 6.203 1.551 48.602

1 2 3 4 5

C15CAND C16CAND C17CAND C18CAND C19CAND

tocon Tocon Tocon Tocon tocon

2058 13 aprovechable-inexistente 1942 13 aprovechable-inexistente 1519 10 aprovechable-inexistente 1410 9 aprovechable-inexistente 1191 8 aprovechable-inexistente 1092 7 aprovechable-inexistente 908 6 Semillero-inexistente 840 5 aprovechable-inexistente 622 4 aprovechable-inexistente 546 4 Semillero-inexistente 482 3 aprovechable-inexistente 346 2 aprovechable-inexistente 351 2 aprovechable-inexistente 250 2 aprovechable-inexistente 127 1 aprovechable-inexistente 70 1 aprovechable-inexistente Arboles Verificados como No existentes

Que, como se aprecia del cuadro anterior, la Brigada de Trabajo CITES, ha verificado la existencia de 05 tocones de caoba no declarados en el POA, cuyos volumenes ascienden a 48.602 m3; sin embargo, los arboles identificados por la mencionada Brigada de Trabajo con los codigos C15CAND y C19CAND, equivalentes a 4.308 m3, no cuentan con el diametro minimo de corta para ser considerados arboles aprovechables y en la Ficha de Verificacion de MORDAZA, que obra como Anexo 09 del Informe Nº 021-2006-INRENA-IFFS/DCBJCCM-Verificaciones, la misma que es suscrita por el representante del concesionario, se indica que dichos tocones han sido aprovechados por ilegales, por tanto, dichos tocones no son considerados para justificar el volumen de caoba movilizado por el concesionario; Que, en este sentido, los otros 03 tocones de la especie caoba encontrados en la parcela de corta anual del POA de la MORDAZA zafra solo justificarian 44.294 m3, el cual se encuentra por debajo del volumen movilizado que asciende a 144.006 m3 de caoba de acuerdo al Balance de Extraccion MORDAZA senalado; Que, cabe agregar, que se senala en el Informe Nº 021-2006-INRENA-IFFS/DCB-JCCM- Verificaciones que el representante de la concesion manifesto la existencia de otros 2 tocones de caoba, que la brigada no verifico; sin embargo, considerando la discrepancia entre la realidad del MORDAZA y la ubicacion de los tocones de caoba advertida, asi como el volumen de caoba cuya procedencia no esta justificada, dicha circunstancia no desvirtua el hecho de que existan solidos indicios de infraccion a la legislacion forestal e incumplimiento del Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra; Que, asimismo, considerando que la Brigada de Trabajo no encontro actividades recientes de aprovechamiento dentro de la Parcela de Corta Anual de la MORDAZA zafra, ni evidencias de haberse realizado el censo forestal, los 7412.484 m3 de diversas especies movilizados durante dicho periodo, conforme al Balance de Extraccion de fecha 25 de MORDAZA del 2007, no provendrian de actividades realizadas de conformidad con el Plan Operativo Anual correspondiente;

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