Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2007 (15/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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FORMATO Nº 2

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2007

RESUMEN CUANTITATIVO DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL
ENTIDAD : SECTOR : ORGANOS O UNIDADES ORGANICAS (1) 1 DIRECTORIO 2 GERENCIA GENERAL 3 TRIBUNAL ADMINISTRATIVO 4 ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 5 OFICINA DE ASESORIA JURIDICA 6 OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO 7 OFICINA DE ADMINISTRACION 8 OFICINA DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION 9 DIRECCION DE MERCADOS SECUNDARIOS 10 DIRECCION DE PATRIMONIOS AUTONOMOS 11 DIRECCION DE EMISORES 12 DIRECCION DE INVESTIGACION Y DESARROLLO TOTAL (4) (5) (6) (7) TOTAL OCUPADOS TOTAL PREVISTOS TOTAL GENERAL COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES ECONOMIA Y FINANZAS CLASIFICACION (2) FP EC SP-DS SP-EJ SP-ES SP-AP 1 3 0 0 1 3 0 1 0 1 3 3 0 0 0 0 2 1 0 0 1 0 3 1 0 1 0 0 6 0 0 0 1 0 4 0 0 1 0 5 10 0 0 1 0 2 7 1 0 0 1 3 37 2 0 0 1 3 23 2 0 0 1 3 28 2 0 0 1 2 13 3 1 7 6 19 137 18 134 54 188

TOTAL (3) RE 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 8 8 3 5 7 5 16 11 43 29 34 19

96676-2

Modifican R.M. Nº 337-2004-EF/10 en lo referente al numero de liquidadores de los Bancos Agrario, Industrial, Minero y de la Vivienda del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 482-2007-EF/10 MORDAZA, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25478 se declaro a los Bancos Estatales de Fomento Agrario, Industrial, Minero y de la Vivienda del Peru en estado de disolucion para la liquidacion definitiva de sus bienes y negocios; Que, como consecuencia de la disolucion de la Comision Administradora de Carteras dispuesta por el Decreto de Urgencia Nº 062-2002, la liquidacion de los Bancos Agrario, Industrial, Minero y de la Vivienda del Peru es supervisada y controlada por FONAFE; Que, los Bancos Agrario, Industrial, Minero, y de la Vivienda del Peru en Liquidacion, son empresas del Estado bajo el ambito de FONAFE, en aplicacion de la Ley Nº 27170 y sus normas reglamentarias y modificatorias, razon por la cual les son aplicables las normas que rigen la actividad empresarial del Estado; Que, el articulo 414º de la Ley General de Sociedades establece que el numero de liquidadores debe ser impar; Que conforme al articulo 9º de la Resolucion Ministerial Nº 337-2004-EF/10, los procesos de liquidacion de los Bancos Agrario, Industrial, Minero y de la Vivienda del Peru son realizados por una Junta Liquidadora conformada por tres (3) miembros, designada por FONAFE en su calidad de titular de las acciones e intereses del Estado en las empresas en que este participa; Que mediante Acuerdo de Directorio Nº 003-2007/010FONAFE, se acordo reducir el numero de liquidadores de los Bancos Agrario, Industrial, Minero y de la Vivienda del Peru a uno; De conformidad con la Ley Nº 27170 - Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, el Decreto Supremo Nº 0722000-EF - Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE y normas modificatorias; y,

En uso de las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el articulo 9º de la Resolucion Ministerial Nº 337-2004-EF/10, que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 9º.- Los procesos de liquidacion del Banco Agrario, Banco Industrial, Banco Minero y Banco de la Vivienda del Peru son realizados por un unico liquidador, designado por FONAFE en su calidad de titular de las acciones e intereses del Estado en las empresas en que este participa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 96503-1

EDUCACION
Autorizan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a Mexico
RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2007-ED MORDAZA, 14 de agosto de 2007 Visto, el Oficio Nº 786-2007-INC/DN, cursado por la Directora Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 09260-2007-INC, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, solicito autorizacion para la salida temporal del MORDAZA de tres (3) bienes de su propiedad integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion,

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