Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2007 (15/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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con destino a Mexico, en tanto duren sus funciones en la Embajada de Peru en dicho pais; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 197-RE del 21 de marzo de 2007, se dispuso que, a partir del 1 de MORDAZA de 2007, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA asuma las funciones de su categoria en la Embajada del Peru en los Estados Unidos Mexicanos; Que, los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, cuya autorizacion de salida temporal se solicita, estan cubiertos contra todo riesgo, en la modalidad MORDAZA a MORDAZA, por la Poliza Nº 1996-500983 emitida por MORDAZA Internacional Cia. de Seguros y Reaseguros; Que, mediante Informe Nº 063-2007-INCSDIRCPCMMC-CR-ACS, la Subdireccion de Investigacion, Registro y Catalogacion del Patrimonio Cultural Mueble Moderno y Contemporaneo del Instituto Nacional de Cultura, opino favorablemente por la salida temporal del MORDAZA de los tres (3) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguilar; Que, el articulo 34º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion - establece, entre otros asuntos, que los bienes muebles del Patrimonio Cultural de la Nacion no pueden salir del territorio nacional sin autorizacion previa otorgada mediante Resolucion Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nacion, tanto en el MORDAZA como en el extranjero, por lo que dicha institucion recomienda autorizar la salida temporal del MORDAZA de los bienes a que se refiere la presente resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; Ley Nº 28296, Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la salida temporal del MORDAZA de tres (3) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion y hasta que culminen sus funciones en la Embajada de Peru en los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo al siguiente detalle: Objeto Pintura Pintura Pintura Titulo/Denominacion Lagar Divino Senor de los Temblores Coronacion de la Virgen Codigo V-2.0/E-418/6 V-2.0/E-418/12 V-2.0/E-418/15

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban inafectacion del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente a donaciones a favor de instituciones de cooperacion y sin fines de lucro
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0941/RE MORDAZA, 7 de agosto de 2007 Visto, los expedientes Nºs. 13647 y 14220-2006, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante el cual y en via de regularizacion solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida por Partners In Health, con sede en Boston, Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2° y el MORDAZA parrafo del articulo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD ­ SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91PCM - Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional; Que, mediante Certificado de Donacion del 23 de MORDAZA de 2002, legalizado por el Consulado General del Peru en Boston, se observa que, Partners In Health, ha efectuado una donacion a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, los bienes donados consisten en nueve (9) bultos conteniendo medicinas (Vacunas Humanas); valorizado en US$ 24,066.96 (Veinticuatro Mil Sesenta y Seis y 96/100 Dolares Americanos) segun Certificado de Donacion; con un valor FOB de US$ 48,838.00; con un peso MORDAZA manifestado 306 kgs. y un peso MORDAZA recibido 260 Kgs; amparados en el volante de despacho N° 00544564 de fecha 31-Jul-2002 y DUA N° 235-2002-10059538-00 de fecha 08-Ago-2002. Los bienes donados se destinaran a pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis, respaldado por el Proyecto "Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS PLUS en el Peru 2001 - 2005" en convenio con el Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,

Articulo 2º.- Al culminar sus funciones en la Embajada de Peru en los Estados Unidos Mexicanos, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA queda obligado a reingresar al MORDAZA los bienes culturales a que se refiere la presente resolucion, comunicando tal hecho al Instituto Nacional de Cultura para su respectiva verificacion. Articulo 3º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera mantener vigente la poliza de seguro de los bienes culturales a que se refiere la presente resolucion, en tanto duren sus funciones en la Embajada de Peru en los Estados Unidos Mexicanos, asi como al momento de retorno de los mismos. Articulo 4º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptara las medidas mas adecuadas para verificar las caracteristicas, estado de conservacion y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente resolucion, a su retorno al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 96676-1

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