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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (18/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de agosto de 2007 351805 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2007-PCM Lima, 15 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; Que el numeral 26.1 del artículo 26º de la Ley Nº 28664, dispone que el Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI es designado por el Presidente Constitucional de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28664, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor JAIME RAÚL CASTRO CONTRERAS como Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 98217-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile, Colombia y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 641-2007-DE/SG Lima, 14 de agosto de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 982 de fecha 7 de agosto de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la XIV Reunión Bilateral de Comandantes de Zonas Navales Fronterizas de Perú y Chile, se acordó que la siguiente Reunión Bilateral se realizará en la ciudad de Arequipa; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 26 al 29 de agosto de 2007, para participar en la XV Reunión Bilateral de Comandantes de Zonas Navales Fronterizas de Perú y Chile, en la ciudad de Arequipa. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 97372-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 642-2007-DE/SG Lima, 14 de agosto de 2007CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 965 de fecha 7 de agosto de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia; Que, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú cursó invitación al Comandante de la Armada Nacional de Colombia, para que efectúe una visita o fi cial al Perú, con la fi nalidad de intercambiar experiencias profesionales de interés mutuo, lo que a su vez contribuirá al fortalecimiento de las tradicionales relaciones de cooperación y amistad entre ambas Instituciones; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso