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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de agosto de 2007 351809 CONSIDERANDO: Que, corresponde al Ministerio de Educación dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política sectorial en materia de educación, ciencia y tecnología, cultura, deporte y recreación, en concordancia con la Política General del Estado y los planes de desarrollo nacional; Que, son funciones de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, órgano de asesoramiento dependiente de la Secretaría General, buscar un óptimo servicio legal en el área educativa nacional, contar con una sistematización de toda la normatividad legal educativa y brindar y mejorar la capacitación de asesores legales en educación a nivel nacional y regional; Que, dentro del Plan Operativo Anual de la Oficina de Asesoría Jurídica, se encuentra previsto el “Encuentro Nacional de Asesores Jurídicos del Sector Educación” , que se realizará los días 16, 17 y 18 de agosto de 2007; Que, la actualización jurídica y permanente capacitación, constituyen una herramienta e fi caz en el mejor desarrollo de las actividades de las dependencias de carácter nacional y regional en el área educativa ; para brindar un óptimo servicio legal a los administrados y usuarios en general, dentro del marco de seguridad y transparencia jurídica que nos anima; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 modi fi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OFICIALIZAR el “Encuentro Nacional de Asesores Jurídicos del Sector Educación”, organizado por la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, que se llevará a cabo los días 16, 17 y 18 de agosto de 2007. Artículo 2º.- Disponer que los Jefes de los Organismos Públicos Descentralizados y los Directores de los Órganos Desconcentrados del Sector, brinden todas la facilidades que requieran los Asesores Jurídicos a su cargo, para que participen del evento a que se re fi ere el artículo precedente. Artículo 3º.- Hacer extensiva la invitación, a los Presidentes de los Gobiernos Regionales, en las personas de sus Asesores Jurídicos de sus respectivas instituciones, para que puedan asistir al indicado Encuentro, siendo los gastos de alojamiento y alimentación cubiertos por el Ministerio de Educación. Artículo 4º.- El Jefe (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Sector Educación deberá presentar al Despacho Ministerial, dentro de los treinta días posteriores a la realización del evento, un Informe documentado sobre los resultados del indicado evento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 98215-1 Dan por concluida designación de Director de la UGEL Nº 04 y autorizan a procurador iniciar acciones contra funcionarios y servidores por presunta comisión de delitos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0387-2007-ED Lima, 14 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0525-2004- ED, de fecha 19 de octubre del 2004, se designa a don Carlos Humberto Alcocer Figueroa, en el cargo de Director de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04, cargo considerado de con fi anza; Que, mediante Informe Nº 006/DUGEL.04-07, se establece que se encuentra acreditada la desviación de dinero para el pago de haberes de personal docente y administrativo, utilizando nombres de personas que no tienen vínculo laboral con la UGEL Nº 04, así como la existencia de terceros que se han bene fi ciado a través de cuentas que mantienen en el Banco de la Nación, hechos que con fi guran ilícitos penales tipi fi cados como Delito contra la Fe Pública – Falsi fi cación de Documentos, Falsedad Ideológica, y Peculado, previstos y sancionados en los artículos 427º, 428º y 387º del Código Penal, además de las responsabilidades administrativas y civiles correspondientes; Que, asimismo, dicho Informe re fi ere que se ha establecido que el responsable de estos hechos sería, entre otros, el señor Roberto Dueñas Leonardo, de la Ofi cina de Planillas de la UGEL Nº 04; Que, además de las responsabilidades antes descritas, se evidencia una de fi ciente gestión administrativa de parte del Director de dicha UGEL, por lo que, resulta conveniente dar por concluida su designación en el cargo de Director de la UGEL Nº 04; Que, asimismo, es necesario disponer que lo actuado se remita a la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios correspondiente a fi n de que ésta emita pronunciamiento respecto de la responsabilidad administrativa del Director y de los servidores de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04 que se encuentren comprendidos; y autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones civiles y penales a fi n de recuperar los recursos desviados y sancionar penalmente a quienes resulten responsables; Que, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modi fi cado mediante el Decreto Ley Nº 17667, dispone que “para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, será necesario la expedición de la Resolución Ministerial autoritativa”; Que, al Titular del Sector Educación en uso de sus atribuciones le corresponde adoptar las decisiones pertinentes ante los hechos antes señalados, al amparo de lo previsto por el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, que señala que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distinto a los comprendidos en el artículo 1º de dicha Ley, se realiza mediante el acto resolutivo correspondiente; Con lo opinado por la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 1194-2007-ME/SG-OAJ, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762 modi fi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº016-2007-ED. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación de don Carlos Humberto ALCOCER FIGUEROA, en el cargo de Director de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04, cargo considerado de confi anza. Artículo 2º.- Disponer que los actuados en el proceso investigatorio de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04, se remitan a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Sede Central del Ministerio de Educación, a fin de que emita pronunciamiento respecto de la responsabilidad administrativa de don Carlos Humberto Alcocer Figueroa, en relación a las irregularidades señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. De igual forma, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la UGEL Nº 04, debe emitir pronunciamiento respecto de los servidores de dicha entidad involucrados en los hechos irregulares