Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2007 (27/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de agosto de 2007

diciembre del 2006 y 19 de enero del 2007, respectivamente presentados por la empresa CORPORACION FINANCIERA DE DESARROLLO S.A. ­ COFIDE; CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE del 29 de MORDAZA del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza mediante el cual se establece que este recurso se encuentra en recuperacion y consecuentemente, es necesario reducir el esfuerzo pesquero hasta permitir que los principales puntos de referencia biologicos se encuentren en niveles de seguridad; por lo que la administracion, aplicara un manejo pesquero en funcion a la asignacion de cuotas individuales de pesca no transferibles sobre la base de la cuota total permisible recomendada por el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, entre los armadores o empresas pesqueras que cuenten con embarcaciones arrastreras en estado operativo y con permiso de pesca vigente; Que el numeral 33.8 del articulo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que los armadores que incumplan en dos anos consecutivos con demostrar que han realizado actividades de pesca y que cuenten con las condiciones de operacion establecidas, seran sancionadas con la caducidad del permiso de pesca de sus embarcaciones; Que mediante Resolucion Directoral Nº 0132002-PRO/DNEPP de fecha 13 de agosto del 2002, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 581-97PE, modificada por Resolucion Directoral Nº 078-2000PE/DNE, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "AUDAZ" de matricula CO-11151-CM, con 48.74 m3 de volumen de bodega, "LA MERLIN" de matricula CO-10705-CM, con 102 m3 de volumen de bodega y "CARMEN" de matricula CO12024-PM, con 222.60 m3 de volumen de bodega, a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Es decir, dichas embarcaciones pesqueras podran operar en la extraccion del recurso hidrobiologico merluza, con destino al consumo humano directo; Que a traves de los escritos del visto, la empresa CORPORACION FINANCIERA DE DESARROLLO S.A. ­ COFIDE manifiesta que es la nueva propietaria de las citadas embarcaciones, por lo que solicita se le asigne cuotas de pesca del recurso merluza; inspeccion de operatividad de las embarcaciones MORDAZA, LA MORDAZA, MANTA 4 y MORDAZA, y la suspension del permiso de pesca de esta MORDAZA presentada por la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. con Registro Nº CE02330002 de fecha 17 de octubre del 2002; Que pese a que CORPORACION FINANCIERA DE DESARROLLO S.A. ­ COFIDE, es la propietaria de las precitadas embarcaciones pesqueras, la ley prohibe por ser una entidad del sistema financiero, desarrollar cualquier MORDAZA de actividad pesquera. Por lo que se considera improcedente la solicitud de inspeccion de operatividad solicitada, para las embarcaciones LA MORDAZA, de matricula CO-10705-CM, MORDAZA, de matricula CO-11151-CM y MORDAZA, de matricula Nº CO12024-PM; Que las embarcaciones pesqueras LA MORDAZA y MORDAZA cuentan con permiso de pesca vigente para la extraccion de merluza, al haber desarrollado faenas de pesca en los terminos que establece la legislacion pesquera y por ende se les ha asignado la respectiva cuota para el ano 2007. En el caso de la embarcacion pesquera MANTA 4 por tener permiso de pesca para la extraccion de anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, no se encuentra comprendido en la solicitud de asignacion de cuotas individuales de pesca de merluza; Que de acuerdo a la evaluacion de la informacion obtenida del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE y Ministerio de la Produccion ­ PRODUCE, la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula Nº CO-12024-PM, opero solo hasta el ano 1999, encontrandose paralizada desde el ano 2000 e incluso en el MORDAZA del trabajo de Evaluacion de la Flota Arrastrera Merlucera del ano 2004, dicha embarcacion se encontro en estado inoperativo, por lo

que corresponde declarar la caducidad de pleno derecho del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 581-97-PE, modificado en su titularidad mediante Resoluciones Directorales Nºs. 078-2000PE/DNE y 013-2002-PRO/DNEPP, a favor de Pesquera MORDAZA MORDAZA S.A.C.; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nºs. 202 y 223-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch, los cuales sustentan la procedencia tecnica de lo solicitado y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con los articulos 43º inciso c) numeral 1 del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los articulos 33º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de inspeccion de operatividad de las embarcaciones denominadas MORDAZA de matricula CO-11151-CM, LA MORDAZA de matricula CO-10705-CM y MORDAZA de matricula CO-12024-PM, presentada por la empresa CORPORACION FINANCIERA DE DESARROLLO S.A. ­ COFIDE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de asignacion de la cuota para la extraccion del recurso merluza, por la embarcacion pesquera MANTA 4 de matricula Nº CE-4053-PM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de suspension del permiso de pesca para la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-12024-PM, presentada por la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., reiterado por CORPORACION FINANCIERA DE DESARROLLO S.A. ­ COFIDE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 4º.- Declarar la CADUCIDAD de pleno derecho del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-12024-PM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina WEB del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 100628-6

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban transferencia de autorizacion para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial a favor de Asociacion Chami Radio 1140
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 482-2007-MTC/03 MORDAZA, 15 de agosto del 2007 VISTO, el Escrito con Registro N° 2006-003544, del 4 de febrero de 2006, presentado por la empresa MORDAZA MORDAZA ELEGIT DOMINUS S.A.C., sobre aprobacion de

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