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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (06/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de diciembre de 2007 359134 OMC, por lo que ha solicitado que se autorice el viaje de dicho personal de la ciudad de Bruselas a la ciudad de Ginebra, para asistir a la mencionada Reunión en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; Que, el MINCETUR, a través del Viceministerio de Comercio Exterior, se encarga de dirigir y coordinar la posición del país en las negociaciones de la Agenda Comercial en el marco de la OMC, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y con los demás Sectores de la Administración Pública, en el ámbito de su competencia; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, están prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927 antes citada, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Carlos Lorenzo Castro Serón y Aimi Yamamura Kinjo, de la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 12 al 15 de diciembre de 2007, para que asistan a la Reunión a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Carlos Lorenzo Castro Serón Pasajes : US$ 701,31 Viáticos (US$ 260,00 x 3 días) : US$ 780,00 Aimi Yamamura Kinjo Pasajes : US$ 794,06 Viáticos (US$ 260,00 x 3 días) : US$ 780,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas autorizadas mediante el Artículo 1º de la presente Resolución, presentarán a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunión a la que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 140561-10 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 430-2007-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2007 Visto la Carta S/N de fecha 12 noviembre 2007, remitida por la Ministra de Defensa de la República de Argentina.; CONSIDERANDO : Que, mediante carta del visto, la Ministra de Defensa de la República de Argentina, hace extensiva la invitación para que un funcionario el Ministerio de Defensa del Perú, en asuntos relacionados con Operaciones de Paz, participe en la Reunión de Trabajo que tendrá lugar en el Ministerio de Defensa en la sede del Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ) los días 6 y 7 diciembre 2007, respecto al proyecto de creación de una Asociación Latinoamericana de Centros de Entrenamiento para Operaciones de Paz. Que, resulta necesario para los intereses del Sector Defensa, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a un Ofi cial Superior, para que participe en la Reunión de Trabajo que tendrá lugar en el Ministerio de Defensa en la sede del Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ) los días 06 y 07 diciembre de 2007; Que, los gastos de transporte local, alimentación y alojamiento serán solventados por el Gobierno Argentino; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE :Artículo 1º.-Autorización Autorizar el viaje en Comisión de Servicio a la República de Argentina, del 6 al 7 de diciembre de 2007, al señor Capitán de Navío Luis Antonio RAMOS VARGAS, Jefe del Departamento de Operaciones de Paz, para los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Gastos El Ministerio de Defensa - Ofi cina General de Administración, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: LIMA-BUENOS AIRES-LIMAUS $ 687.00 x 01 persona (clase económica) Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US $ 30.25 x 01 persona Artículo 3º.-Facultad El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la comisión a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Presentación de Informe El citado Ofi cial Superior deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002 y en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.-Derecho de Exoneración La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.-Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 140561-6