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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de diciembre de 2007 361136 314-2002-JUS, por parte del CENTRO DE CONCILIACIÓN ARENALES. Artículo 2º.- Imponer la sanción de suspensión de funcionamiento al CENTRO DE CONCILIACIÓN ARENALES, por el plazo de tres meses. Artículo 3º.- Poner la presente Resolución en conocimiento del CENTRO DE CONCILIACIÓN ARENALES. Regístrese y comuníquese.RICARDO JAVIER GUTIÉRREZ ALVARADO Director de Conciliación Extrajudicial yMedios Alternativos de Solución de Confl ictos 146376-1 PRODUCE Prorrogan plazo para conclusión del Proceso de Fusión por Absorción del CEP PAITA con el FONDEPES como entidad incorporante RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 390-2007-PRODUCE Lima, 21 de diciembre de 2007 VISTO: El Informe Técnico Nº 005-2007-COM.TRANSF/ PC de la Comisión de Transferencia a que se refi ere el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007- PRODUCE se aprobó la Fusión del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiéndole al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES la calidad de entidad incorporante; Que, el artículo 2º del mencionado Decreto Supremo estableció un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la norma citada, para que concluya el proceso de fusión aprobado; Que, asimismo, el artículo 4º del Decreto Supremo de fusión, dispuso que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, adecue sus instrumentos de gestión conforme a lo establecido en el mismo, teniendo en cuenta la fi nalidad, acciones y criterios de la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, debiendo en un plazo no mayor de de sesenta (60) días, elevar al Ministerio de la Producción un proyecto de Reglamento de Organización y Funciones; Que, los plazos antes referidos, fueron prorrogados mediante Resolución Ministerial Nº 147-2007-PRODUCE hasta el 15 de julio de 2007, mediante Resolución Ministerial Nº 192-2007-PRODUCE hasta el 30 de setiembre de 2007, mediante Resolución Ministerial Nº 299-2007-PRODUCE hasta el 30 de noviembre de 2007 y mediante Resolución Ministerial Nº 361-2007-PRODUCE hasta el 31 de diciembre de 2007; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE, el mismo que faculta al Ministerio de la Producción a dictar, de ser necesario y mediante Resolución Ministerial, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicación del referido Decreto Supremo; así como, para prorrogar los plazos dispuestos en sus artículos 2º y 4º; Que, de acuerdo a lo informado por el Presidente de la Comisión de Transferencia mediante el documento de vistos, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros no ha concluido la evaluación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Decreto Supremo que aprobó los Lineamientos para la Elaboración del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública; situación que impide la culminación del proceso de fusión; por lo que, resulta necesario ampliar nuevamente los plazos previstos en los artículos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE; Que, de conformidad con la Ley Nº 27789 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Prorrogar el plazo para que concluya el Proceso de Fusión por Absorción del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; así como, el plazo para la adecuación de los instrumentos de gestión de la entidad incorporante, a los que se refi eren los artículos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007- PRODUCE y el artículo único de la Resolución Ministerial Nº 361-2007-PRODUCE; hasta el 31 de enero del año 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 146552-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de cuotas a organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 356-2007-RE Lima, 26 de diciembre de 2007 VISTO: El Oficio Nº 0497-2007-AG-SEGMA, de fecha 8 de febrero de 2007, del Ministerio de Agricultura por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las contribuciones al Grupo Consultivo de Investigación Agrícola Internacional (CGIAR) y al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA); CONSIDERANDO:Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura, a efectuar el pago de cuotas, a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMOUS$ DÓLARES AMERICANOS Grupo Consultivo de Investigación Agrícola Internacional (CGIAR)Cuota del año 2006500,000.00 Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA)Cuota del año 2007112,786.00