TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de diciembre de 2007 361146 ejercicio 2007 en la jurisdicción del distrito de El Agustino, excepto los artículos 7°, 8°, 9°, 11°, 12° y 13°. Artículo Segundo.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN El costo que demanda la prestación de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, por el ejercicio 2008, se distribuirá entre el número de contribuyentes y en función al número de predios de su propiedad, y de acuerdo a los siguientes criterios: a. Para Limpieza Pública: 1. Barrido de Calles: Tamaño del frente del predio, entendido como longitud del predio frente a la calle. Frecuencia del barrido.2. Gestión de Residuos Sólidos:* Para uso Casa - Habitación: Número de habitantes del distrito según zonas, y Tamaño del predio en función al metro cuadrado construido como indicador de mayor o menor generación de residuos sólidos. * Para otros usos: El Uso del predio como indicador por su actividad de mayor o menor generación de residuos, y Como segundo criterio se aplica el Tamaño del predio en función al metro cuadrado construido. b. Para Parques y Jardines Públicos: La Ubicación del predio, entendida como cercanía el mejor disfrute de áreas verdes. Un predio se encuentra cerca de un parque si se encuentra dentro de las manzanas urbanas que lo rodean. c. Para Serenazgo: 1. La Ubicación del predio por sector como criterio preponderante entendido como áreas de mayor o menor incidencia en la peligrosidad, 2. El Uso del predio como criterio para determinar el nivel de riesgo y por consiguiente una mayor prestación del servicio, e 3. Intensidad del servicio Artículo Tercero.- INAFECTACIONES Se encuentran inafectos a los arbitrios de limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, los predios de propiedad de: a. La Municipalidad de El Agustino. b. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, cuyos predios se encuentren destinados a sus fi nes. c. Entidades Religiosas reconocidas por el Estado y el Gobierno Local, debidamente constituidas y acreditadas cuyos predios se encuentren destinados a templos, conventos, monasterios y museos. Respecto de las Dependencias destinadas exclusivamente a la Defensa Nacional (cuarteles) y Policía Nacional (comisarías), se encuentran inafectas a los Arbitrios Municipales de Serenazgo. Asimismo, se encuentran inafectos a los Arbitrios de Limpieza Pública respecto del Recojo de Residuos Sólidos, y Parques y Jardines, los predios de uso terreno sin construir. Artículo Cuarto.- DEL INFORME TÉCNICO Apruébese el informe técnico que como anexo Nº 1 se adjunta a la presente Ordenanza, y que explican los costos efectivos que demandan los servicios prestados de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del año 2008 y su distribución. Artículo Quinto.- DE LAS TASAS Y LOS COSTOS Apruébese las tasas de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, la estructura de costos proyectados, así como la estimación de ingresos de dichos servicios para el año 2008, que como Anexos Nºs. 2, 3 y 4, respectivamente, se adjuntan a la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia una vez ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima y al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, quedando sin efecto cualquier otra norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 146602-1Rectifican la Ordenanza Nº 354-MDEA que regula los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el Año 2008 ORDENANZA N° 356-MDEA El Agustino, 7 de diciembre del 2007 EL ALCALDE DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:El Concejo Municipal, en sesión extraordinaria de la fecha, visto el Informe N° 314-2007-GERENT-MDEA, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza N° 354-MDEA se aprobaron los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2008 en la jurisdicción de El Agustino. Que, estando en procedimiento de ratifi cación provincial la Ordenanza N° 354-MDEA, mediante requerimiento N° 004-078-00000344 el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se subsane las observaciones técnicas y legales efectuadas a la Ordenanza y documentación técnica presentada. Que, resulta necesario modifi car la Ordenanza y sustento técnico a fi n de precisar su vigencia y levantar las observaciones al informe técnico y tasas determinadas por los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fi scal 2008. De conformidad con lo dispuesto de los incisos 08 y 09 del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, el Concejo Municipal con la dispensa del trámite de Comisión, lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA LA ORDENANZA N° 354–MDEA QUE REGULA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2008 Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo sexto de la Ordenanza N° 354-MDEA, quedando redactado en los siguientes términos: “La presente Ordenanza entrará en vigencia el 1° de Enero del año 2008, siempre que antes de esa fecha se haya efectuado su publicación conjuntamente con el Acuerdo de Concejo, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, donde se apruebe su ratifi cación”. Artículo Segundo.- APRUÉBESE el nuevo Informe Técnico, que como anexo 1 se adjunta a la presente ordenanza, y que explica los costos efectivos que demandan los servicios prestados de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgo del año 2008. Artículo Tercero.- APRUEBESE las Tasas de Servicio de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, la Estructura de Costos Proyectados, así como la estimación de ingresos de dichos servicios para el año 2008, que como anexos 2, 3, y 4 se adjuntan a la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN FINAL Única: DERÓGUENSE todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. DELIA ELIZABETH RAMOS BAILÓN Teniente Alcalde Alcalde (e) 146602-2