Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2007 (17/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de enero de 2007

Asimismo, al informe se debe anexar toda la documentacion sustentatoria presentada por la entidad solicitante. El INDECI remite a la DGPM una MORDAZA de la "Ficha Tecnica de Actividad de Emergencia " correspondiente a la actividad de emergencia aprobada. 10.5 El financiamiento de los proyectos de Inversion Publica de Emergencia con cargo a los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, debe ser solicitado a INDECI en un plazo no mayor de quince (15) dias calendarios de declarada su elegibilidad. Asimismo, el financiamiento de actividades debe ser solicitado a INDECI en un plazo no mayor de quince (15) dias calendarios, contados a partir de la ocurrencia del desastre o de la declaracion de peligro inminente por parte del organismo publico tecnico y/o cientifico competente. 10.6 El INDECI informara a la DGPM los montos y fechas de las transferencias de recursos destinados a los PIPs de emergencia, para efectos de registro. DISPOSICIONES ESPECIFICAS Articulo 11º.- Informacion sobre los gastos ejecutados con cargo a los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 11.1 El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la DGPM y DNPP estan facultados para solicitar al INDECI y a las Entidades responsables de ejecutar los recursos, informacion complementaria relacionada con la programacion, ejecucion y evaluacion de los gastos ejecutados. 11.2 Finalizada la ejecucion del PIP de emergencia, la MORDAZA autoridad de la Unidad Ejecutora, debera suscribir y remitir a la DGPM, con MORDAZA al INDECI y a su Organo de Control Interno, el Informe de Ejecucion de PIP de emergencia (Formato SNIP-14). Asimismo, en el caso de actividades de emergencia, una vez que se MORDAZA finalizado la ejecucion la MORDAZA autoridad de la Unidad Ejecutora, debera remitir al INDECI y a su Organo de Control Interno, la "Ficha Tecnica de Informe de Ejecucion de Actividad de Emergencia". 11.3 El INDECI esta facultado para solicitar a las Unidades Ejecutoras responsables de la ejecucion de las actividades con cargo a los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, informacion complementaria relacionada con la programacion, ejecucion y evaluacion de los gastos. Articulo 12º.- Responsabilidades 12.1 El INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, realizando el control y seguimiento de la ejecucion de metas fisicas y financieras de las actividades y proyectos a que se refiere la Ley Nº 28929. 12.2 El INDECI es responsable por las solicitudes de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007. 12.3 Las Unidades Ejecutoras de los tres niveles de gobierno son los responsables del adecuado uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, que les transfiera el INDECI, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias financieras. 12.4 El INDECI y cada Unidad Ejecutora que realice intervenciones con cargo a los recursos a que se refiere la Ley Nº 28929, es responsable de formular, remitir y cautelar toda la documentacion referida a los proyectos a que se refiere la presente Directiva. Asimismo, cada uno de ellos es responsable por los tramites y registros presupuestarios y contables bajo las normas legales vigentes aplicables a las entidades del Sector Publico. 12.5 Toda la informacion suscrita y remitida al MORDAZA de lo dispuesto en la presente Directiva tiene caracter de Declaracion Jurada, bajo responsabilidad de

los funcionarios que la suscriben y remiten; por lo que se sujetan a las responsabilidades que la legislacion determina. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Respecto al tramite para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 La tramitacion al interior de cada una de las instituciones involucradas en la gestion de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, para la atencion de las actividades y proyectos de emergencia, tienen prioridad sobre cualquier otro tramite o accion, siempre que cumpla con lo senalado en la presente Directiva. Segunda.- Del periodo MORDAZA de atencion y disposicion de recursos. Los Proyectos de Inversion Publica y las Actividades de Emergencia que utilicen los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, deben ejecutarse y culminarse en un plazo MORDAZA de cinco (5) meses, contado desde la transferencia financiera de los recursos por parte de INDECI. 16372-1

EDUCACION
Establecen requisitos para postular a una plaza docente por contrato en Educacion Basica Regular
DECRETO SUPREMO Nº 005-2007-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el articulo 15º de la Constitucion Politica del Peru, se establece que el Estado y la sociedad procuran la evaluacion, capacitacion, profesionalizacion y promocion permanente del profesorado; Que, dentro del referido MORDAZA mediante el Decreto Supremo Nº 025-2006-ED, se autorizo la evaluacion censal a los docentes de Educacion Basica Regular, de los niveles de educacion inicial, primaria y secundaria, para construir la linea de base a partir de la cual se disenen las proximas acciones de capacitacion del magisterio nacional; Que, posteriormente mediante la Resolucion Ministerial Nº 003-2007-ED, se ha dispuesto que los docentes de Educacion Basica Regular, de los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria que fueron impedidos de presentarse a rendir la prueba de evaluacion el 8 de enero de 2007, la realicen el dia lunes 22 de enero de 2007; Que, el profesor es agente fundamental del MORDAZA educativo y tiene como mision contribuir eficazmente en la formacion de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. La naturaleza de su funcion exige al profesor idoneidad profesional, probada solvencia moral y salud fisica y mental que no ponga en riesgo la integridad de los estudiantes; Que, desde dicha optica resulta necesario establecer que para postular a una plaza por contrato en Educacion Basica Regular, los docentes deben acreditar su participacion en los precitados procesos de evaluacion; De conformidad con el inciso 2) del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Articulo 1º.- Requisito para contrato Establezcase que los docentes que laboraron en calidad de contratados en el ano 2006, deberan acreditar

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