Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2007 (17/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de enero de 2007

y barro y la otra proporcionalmente mas pesada es de adobe. En la actualidad han sido revestidas con cemento perdiendo su tipico aspecto de construccion de la serrania. Se cree que la construccion del atrio con la forma que actualmente tiene fue en 1780 con la creacion de la MORDAZA MORDAZA para mantener la simetria El Templo colonial data de los siglos XVII y XVIII, considerado como Santuario de Huamantanga, es el unico Templo de la quebrada de Canta, Km. 70 de la via que conduce a Canta, luego de una penosa MORDAZA se llega a Huamantanga situada a 3,100 m.s.n.m y el Templo posee sin lugar a dudas gran valor arquitectonico, artistico y es el centro de la devocion MORDAZA de toda la provincia, recomendando su declaratoria como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, senalando que la Plaza Mayor de Huamantanga y alrededores posee inmuebles republicanos con caracteristicas y tipologias arquitectonicas muy singulares con elementos arquitectonicos que ameritan su declaracion como Ambiente MORDAZA Monumental, pero es necesario realizar un registro de los inmuebles que conforman el pueblo asi como un levantamiento topografico reciente para poder esclarecer su delimitacion, linderos y coordenadas de la poligonal; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo integrada por el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, un representante del: Colegio de Arquitectos del Peru, Colegio de Ingenieros del Peru y Municipalidad Metropolitana de MORDAZA emitio el Acuerdo Nº 03 de fecha 3 de noviembre de 2006, cuyo tenor como sigue: VISTOS: 1. El Oficio Nº 1132000-A-MDH de fecha 26 de setiembre 2000. 2. El Oficio Nº 582-2004-INC-DREPH de fecha 20 de MORDAZA de 2004. 3. El Oficio Nº 01-A-2004-CC de fecha 1 de MORDAZA de 2004. 4. El Oficio Nº 947-2004-INC/DREPHDPHCR de fecha 13 de agosto de 2004. 5. El Oficio Nº 071-A-2004 de fecha 25 de noviembre de 2004. 6. El Oficio Nº 749-2005-INC/DREPH-DPHCR de fecha 10 de agosto de 2005. 7 El Informe Nº 022-2006-INC/ DREPH-DSPH-HPMQ del Arq. MORDAZA MORDAZA Miro MORDAZA, profesional de la Direccion de Sitios del Patrimonio de la Humanidad. 8. El Oficio Nº 1158-2006INC/DREPH-DPHCR de fecha 4 de octubre de 2006. 9. El Informe Nº 098-2006-INC/DREPH-SDR-LGCH de la Arq. MORDAZA Guerzoni MORDAZA, profesional de la Subdireccion de Registro. 10. El Informe Nº 2402006-INC/DPHCR-SDR de la Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirectora de Registro. CONSIDERANDO: 1. Que, se trata del unico Templo de la Quebrada de Canta, ubicado frente a la Plaza Central del Pueblo de Huamantanga, data del siglo XVIII, se encuentra rodeado por un MORDAZA pretil perimetrico. 2. Que, el Templo posee una sola nave principal y un atrio frontal, se accede a traves de una escalinata que se encuentran a lo largo de todo el frontis, de planta rectangular alargada orientada Norte-Sur, posee los ambientes de MORDAZA, baptisterio, deposito de andas al lado MORDAZA, hacia el lado derecho al fondo se encuentra la sacristia decorada con tres ventanas ovales que dan al exterior, de alli se continua hacia el recamarin alto y bajo. 3. Que, en el MORDAZA de pies destaca el tratamiento de la MORDAZA labrada de los componentes arquitectonicos y ornamentales, los muros son de MORDAZA y barro de gran dimension, la estructura del techo es a base de tijerales de MORDAZA, la cupula del campanario fue construida posteriormente, es de albanileria de arcilla. La fachada principal esta formada por una gran portada de estilo barroco, en conjunto guarda una relacion armonica, las columnas son llanas y lo flanquean dos MORDAZA macizas, existe un gran contraste entre la riqueza arquitectonica de la fachada con la sencillez del interior del Templo. 4. Que, el interior presenta pintura mural que data del siglo XVII, en una de la recamaras se guarda la "Cruz de Mayo" enchapada en laminas de planta repujada, el baptisterio con su enorme pila de bronce, tiene dos campanas cuya fecha de fabricacion data de 1818 y 1850. 5. Que, el Templo posee valores arquitectonicos, historico, urbanistico, artistico, es el centro de la devocion MORDAZA de toda la provincia.

SE ACORDO: 1. Proponer se declare Monumento el Conjunto Religioso conformado por el Templo, atrio y MORDAZA pretil del Santuario del Senor de Huamantanga, ubicado en la Plaza Central de Huamantanga, distrito de Huamantanga, provincia de Canta, departamento de Lima. 2. Encargar a la Direccion de Fomento de las Artes, realice el registro e inventario de los bienes muebles que posee el Santuario del Senor de Huamantanga. 3. Hacer de conocimiento la condicion de Monumento del Santuario del Senor de Huamantanga a las autoridades religiosas, locales y regionales correspondientes; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles"; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE: Articulo 1º.DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al Conjunto Religioso conformado por el Templo, atrio y MORDAZA pretil del Santuario del Senor de Huamantanga, ubicado en la Plaza Central de Huamantanga, distrito de Huamantanga, provincia de Canta, departamento de Lima. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Direccion de Fomento de las Artes, realice el registro e inventario de los bienes muebles que posee el Santuario del Senor de Huamantanga. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura la inscripcion en los Registros Publicos acerca de la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del inmueble a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 5º.- Hacer de conocimiento de la autoridades religiosas, politicas, municipales de la condicion de Monumento del Santuario del Senor de Huamantanga. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 15687-3

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a sitios arqueologicos ubicados en los departamentos de La MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 2043/INC MORDAZA, 11 de diciembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1661-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 26 de octubre de 2006 del Ing. MORDAZA M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y,

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